De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.4º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, se le notifica a la persona que figura en el anexo, dicha resolución.
Contra la resolución que se publica procederá el recurso contencioso-administrativo a interponer ante el Tribunal Superior de Justicia de Galicia, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de la publicación.
Santiago de Compostela, 22 de septiembre de 2000.
Carlos del Álamo Jiménez
Conselleiro de Medio Ambiente
ANEXO
Procedimiento sancionador de pesca fluvial: Ley 7/1992, de 24 de junio, de pesca fluvial de Galicia.
Expediente núm.: LU-98/020.
Denunciado: Ramón Pérez Camacho.
Último domicilio conocido: c/ Greco núm. 15-2º B. Ourense.
Contenido de la resolución del recurso:
Fecha: 21 de agosto de 2000.
Hechos por los que fue denunciado: pescar en zona vedada.
Resolución del recurso: desestimado, confirmando la resolución recurrida en todos sus términos.