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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 204 Viernes, 20 de octubre de 2000 Pág. 14.289

III. OTRAS DISPOSICIONES

CONSELLERÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y POLÍTICA AGROALIMENTARIA

RESOLUCIÓN de 9 de octubre de 2000, de la Dirección General de Producción Agropecuaria, por la que se convocan cinco cursos de aplicador/manipulador de plaguicidas de usos fitosanitario y ganadero.

La Orden de 30 de julio de 1997, conjunta de las consellerías de Agricultura, Ganadería y Montes y de

Sanidad y Servicios Sociales, por la que se establece en la Comunidad Autónoma de Galicia la normativa reguladora para la homologación de cursos de capacitación para realizar tratamientos con plaguicidas, así como para la obtención del carné de manipuladores de estos productos, establece en su artículo 9 la obligatoriedad de que el organismo oficial responsable publique en el Diario Oficial de Galicia la información correspondiente a cada curso que vaya a celebrar.

En consecuencia, se anuncia la convocatoria de cinco cursos de aplicador/manipulador de plaguicidas, que se celebrarán de acuerdo con las siguientes bases:

1. Clase de curso a impartir:

Curso de aplicador/manipulador de productos fitosanitarios y de uso ganadero.-Nivel básico.

2. Datos del organismo organizador:

El organismo organizador será el Servicio de Sanidad Vegetal de la Subdirección General de Sanidad y Producción Vegetal.

3. Objetivos del curso:

Conseguir una formación adecuada de los aplicadores que presten servicios de tratamientos con plaguicidas fitosanitarios o de uso ganadero al objeto de que puedan obtener el carné de manipulador de estos productos que les capacite para ejercer dicha actividad en todo el territorio estatal.

4. Destinatarios:

a) Destinatarios: personal de empresas contempladas en el artículo 4, apartado 2º.4 de la Orden de 8 de abril de 1996, conjunta de las consellerías de Agricultura, Ganadería y Montes y de Sanidad y Servicios Sociales, por la que se crea el Registro Oficial de Establecimientos y Servicios Plaguicidas y se dictan normas para la inscripción en él en la Comunidad Autónoma de Galicia.

b) Nº de plazas: el número de alumnos que podrá participar por curso será de 30 como máximo.

c) Criterios de selección: el solicitante deberá tener, al menos, 18 años. En la selección tendrán prioridad, siempre que lo justifiquen documentalmente, los aplicadores y empresas de tratamientos a que hace referencia el apartado 4º.a) anterior de esta resolución.

5. Celebración:

Las clases correspondientes a estos cursos se llevarán a cabo en Santiago de Compostela (2 cursos), A Coruña (1 curso) y Vigo (2 cursos).

Duración y horario:

Los cursos se celebrarán en las siguientes fechas:

-Santiago de Compostela: 6-10 de noviembre de 2000 y 13-17 de noviembre de 2000, respectivamente.

-A Coruña: 11-15 de diciembre de 2000.

-Vigo: 20-24 de noviembre de 2000 y de 27 de noviembre al 1 de diciembre de 2000, respectivamente.

La duración de cada curso será, como mínimo, de 21 horas lectivas distribuidas en 13 horas de clases teóricas y 8 de clases prácticas.

El horario del curso será de 16 a 20 horas de lunes a viernes.

6. Programa:

Los temarios que se impartirán son los que figuran en el anexo II.

7. Coordinador técnico del curso:

De acuerdo con la facultad conferida en el artículo 10 de la Orden de 30 de julio de 1997, la coordinación técnica del curso la realizará el personal técnico del Servicio de Sanidad Vegetal de la Subdirección General de Sanidad y Producción Vegetal.

8. Solicitudes e inscripción:

a) Documentación: el personal que desee participar en este curso deberá presentar cubierta la solicitud que figura como anexo I junto con una fotocopia compulsada del DNI, y certificación del servicio de plaguicidas especificando la labor que desarrolla el solicitante en el mismo.

La documentación señalada anteriormente se presentará en los registros generales de la Consellería de Agricultura, Ganadería y Política Agroalimentaria en horario de 9 a 14 horas, o en cualquiera de las oficinas previstas en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.

El plazo de presentación será de 10 días naturales, contados desde el siguiente al de la publicación de la presente resolución.

b) Admisión: la relación de solicitantes admitidos se expondrá en el tablón de anuncios del organismo convocante, en el plazo de cinco días naturales, contados a partir del siguiente al del plazo de finalización de la inscripción.

9. Certificado de superación del curso:

Es obligatoria la asistencia a todas las sesiones del curso. Finalizado éste, la entidad organizadora realizará las pruebas pertinentes que avalen los conocimientos adquiridos por el alumno, y en caso de superar las mismas, se expedirá el certificado con el que podrá solicitar a la Dirección General de Producción Agropecuaria el carné de manipulador de productos fitosanitarios y de uso ganadero, nivel básico, que es el único documento válido para poder ejercer la actividad y a los efectos de inspección por parte de los organismos oficiales correspondientes.

Santiago de Compostela, 9 de octubre de 2000.

Antonio Crespo Iglesias

Director general de Producción Agropecuaria

ANEXO II

Programa del curso de nivel básico para productos fitosanitarios y de uso ganadero

1. Plaguicidas: descripción y generalidades.

2. Riesgos derivados de la utilización de los plaguicidas.

3. Peligrosidad de los plaguicidas para la salud. Intoxicaciones.

4. Práctica de la protección fitosanitaria. Relación trabajo-salud, primeros auxilios en caso de intoxicación.

5. Medidas preventivas y protectoras para evitar el riesgo de uso de plaguicidas.

6. Buena práctica fitosanitaria. Protección del medio ambiente y normas legales.

7. Ejercicios prácticos.

8. Prueba de evaluación.