El Decreto 89/1993, de 19 de abril, regula la autorización de libros de texto y de otros materiales curriculares para las enseñanzas de régimen general, así como su uso en los centros docentes.
El mencionado decreto establece como elemento fundamental del proceso de autorización la presentación del proyecto editorial define las condiciones que éste tiene que reunir para su aprobación.
La Orden de 15 de noviembre de 1994 desarrolla el citado decreto, concretando la documentación que debe acompañar la solicitud de autorización y precisando los términos en los que los libros de texto y los materiales curriculares, siempre que se ajusten
al proyecto editorial aprobado, harán constar la autorización.
En virtud de las mencionadas normas,
DISPONGO:
Artículo 1º
Quedan autorizados los proyectos editoriales supervisados que se mencionan en el anexo de la presente orde, así como el uso en los centros docentes públicos y privados de la Comunidad Autónoma de los libros de texto y de los correspondientes materiales curriculares en los que se concretan los citados proyectos.
Artículo 2º
Los libros de texto y materiales curriculares resultantes del proyecto editorial mencionado harán constar la autorización en los términos establecidos en la citada Orden de 15 de noviembre de 1994.
La presente orden entrará en vigor a partir del día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.
Santiago de Compostela, 26 de septiembre de 2000.
Celso Currás Fernández
Conselleiro de Educación y Ordenación Universitaria
ANEXO
Relación de los proyectos editoriales supervisados
Editorial Proyecto
Grupo Anaya, S.A.: -Proyecto editorial «Siete Colores» para el 2º ciclo de educación infantil.
Editorial Luis Vives: -Proyecto editorial «Infantil Tambre» para el 2º ciclo de educación infantil.
SM: -Proyecto editorial «Piruetas-Viravoltas» para el 2º ciclo de educación infantil.-Proyecto editorial «Tris-Tras» para el 2º ciclo de educación infantil.