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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 191 Lunes, 02 de octubre de 2000 Pág. 13.662

IV. OPOSICIONES Y CONCURSOS

CENTRO INFORMÁTICO PARA LA GESTIÓN TRIBUTARIA, ECONÓMICO-FINANCIERA Y CONTABLE

RESOLUCIÓN de 4 de septiembre de 2000 por la que se convocan pruebas selectivas para el ingreso en la plantilla de personal laboral fijo del Centro Informático para la Gestión Tributaria, Económico-Financiera y Contable (Cixtec) de operadores de ordenador.

Al amparo de la disposición adicional 5ª de la Ley 2/1998, por la que se crea el Centro Informático para la Gestión Tributaria, Económico-Financiera y Contable, y del artículo 7.h) del Decreto 361/1998, de 4 de diciembre, por el que se aprueba el estatuto del Cixtec, y en cumplimiento de la Ley 10/1996, de 5 de noviembre, de actuación de entes y empresas en las que tiene participación mayoritaria la Xunta de Galicia, en materia de personal y contratación, el Cixtec acuerda convocar pruebas selectivas para el ingreso en la plantilla de personal laboral fijo del Cixtec, de operadores de ordenador, con sujeción a las siguientes bases de la convocatoria:

1. Normas generales:

1.1. Se convocan pruebas selectivas para cubrir 3 plazas de operador de ordenador, por el sistema de acceso libre.

Por no alcanzarse los porcentajes mínimos, no se reserva ninguna plaza para ser cubierta por persona con minusvalía con grado de discapacidad igual o superior al 33%.

1.2. Al presente proceso selectivo le será aplicable la Ley 10/1996, de 5 de noviembre, y lo dispuesto en las bases de la convocatoria.

2. Requisitos de los candidatos:

2.1. Para ser admitidos a la realización de las pruebas selectivas, los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:

2.1.1. Ser español o tener la condición de nacional de un Estado miembro de la U.E.

2.1.2. Haber cumplido los 18 años.

2.1.3. Estar en posesión del título académico de FP 2º grado de informática o bachillerato superior o equivalente.

2.1.4. No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación física o psíquica que sea incompatible con el desempeño de las correspondientes funciones.

2.1.5. No estar separado del servicio de ninguna Administración pública en virtud de expediente disciplinario ni encontrarse inhabilitado por sentencia firme para el ejercicio de funciones públicas.

2.2. Todos los requisitos exigidos en los puntos anteriores deberán poseerse en el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes.

3. Solicitudes.

3.1. Los que deseen tomar parte en estas pruebas selectivas deberán hacerlo constar en instancia ajustada al modelo que figura en el anexo III.

Se adjuntará copia del DNI.

Asimismo, en el apartado correspondiente de la instancia, deberá hacerse constar la titulación poseída o estar en condiciones de obtenerla.

3.2. La presentación de solicitudes se hará en las dependencias del Cixtec, Santiago de Compostela, calle Ramón Piñeiro, nº 27, C.P. 15702, o bien en la forma prevista en el artículo 38 de la Ley de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, en el plazo de 20 días naturales, a partir del siguiente al de publicación de esta convocatoria en el Diario Oficial de Galicia y dirigidas al director general del Cixtec.

3.3. Los aspirantes con minusvalía deberán indicarlo en la solicitud. Asimismo, deberán solicitar las correspondientes adaptaciones de tiempo y medios para la realización de los ejercicios en que esta adaptación sea necesaria.

3.4. Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán corregirse en cualquier momento, de oficio o por instancia del interesado.

4. Admisión de aspirantes.

4.1. Expirado el plazo de presentación de instancias, el director general del Cixtec dictará resolución en la que se declare aprobada la lista de admitidos y excluidos. En la citada resolución, que se hará pública por medio del correspondiente anuncio en el Diario Oficial de Galicia, se indicarán los lugares en que se encuentren expuestas al público las listas certificadas completas de aspirantes admitidos y excluidos. Las citadas listas deberán ser expuestas, en todo caso, en el tablón de anuncios del Cixtec. En las listas deberán constar, en todo caso, los apellidos, nombre y número de DNI, así como la causa de exclusión.

4.2. Los aspirantes excluidos dispondrán de un plazo de 10 días naturales, contados a partir del siguiente al de la publicación de la resolución, para poder corregir el defecto que motivó su exclusión; transcurrido el mismo, se publicará la lista definitiva en los lugares indicados.

Contra dicha resolución podrá interponerse, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el órgano que la dicte en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de la publicación de la resolución, o directamente el recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente a su publicación, ante el órgano competente de la orden jurisdiccional contencioso-administrativa.

El hecho de figurar en la relación de admitidos no prejuzga que se les reconozca a los interesados la posesión de los requisitos exigidos en el procedimiento que se convoca mediante la presente resolución. Cuando, de la documentación que deba presentarse en el caso de superar el proceso selectivo, se desprenda que no poseen alguno de los requisitos, los interesados decaerán en todos los derechos que pudieran derivarse de su participación en este procedimiento.

5. Tribunal.

5.1. El tribunal encargado de efectuar la selección, que estará constituido por un número impar de miembros, no inferior a cinco, debiendo designarse el mismo número de miembros suplentes, será nombrado por el director general del Cixtec. Su composición se hará pública por medio del correspondiente anuncio en el Diario Oficial de Galicia.

5.2. Los miembros del tribunal se abstendrán de intervenir, notificándoselo al presidente del tribunal, cuando concurran en ellos circunstancias de las previstas en el artículo 28 de la Ley 30/1992, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, o se estuviesen realizando tareas de preparación de aspirantes a pruebas selectivas en los cinco años anteriores a la publicación de esta convocatoria.

El presidente podrá solicitar a los miembros del tribunal declaración expresa de no encontrarse incursos en las circunstancias previstas en el artículo 28 de la Ley 30/1992.

Los aspirantes podrán recusar a los miembros del tribunal cuando concurran las circunstancias previstas en la presente base.

5.3. Para la válida constitución del tribunal se requerirá la presencia del presidente y secretario, y la mitad, por lo menos, de sus vocales, sean titulares o suplentes. Celebrará su sesión de constitución en el plazo máximo de sesenta días a partir de la publicación de su designación.

En la citada sesión el tribunal acordará todas las decisiones que le correspondan para el correcto desarrollo de las pruebas selectivas.

5.4. A partir de su constitución, el tribunal, para actuar válidamente, requerirá la presencia del presidente y secretario o, en su caso, de sus suplentes, y la mitad por lo menos de sus vocales, titulares o suplentes.

5.5. En la oposición, el tribunal resolverá todas las dudas que pudieran surgir en la aplicación de estas normas, así como lo que se deba hacer en los casos no previstos.

El procedimiento de actuación del tribunal se ajustará en todo momento a lo dispuesto en la Ley 30/1992.

5.6. El tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos de asesores especialistas para las pruebas correspondientes de los ejercicios que considere pertinentes, limitándose los citados asesores a presentar la colaboración en sus especialidades técnicas. La designación de tales asesores deberá comunicársele al director general del Cixtec.

5.7. El tribunal adoptará las medidas precisas, en los casos en que sea necesario, de forma que los aspirantes con minusvalía gocen de similares condiciones para la realización de los ejercicios a las del resto de los participantes. En este sentido, se establecerán para las personas con minusvalía que lo soliciten en la forma prevista en la base 3.3 las adaptaciones de tiempo y medios para su realización.

5.8. A los efectos de lo dispuesto en el artículo 26.2º del Decreto 299/1990, de 24 de mayo, el tribunal tendrá la categoría tercera.

5.9. A los efectos de comunicaciones y demás incidencias, el tribunal tendrá su sede en la calle Ramón Piñeiro, nº 27, 15702 Santiago de Compostela.

5.10. El tribunal no podrá aprobar ni declarar que superó las pruebas un número superior de aspirantes al de plazas convocadas.

6. Lista de aprobados.

Finalizada la oposición, el tribunal hará públicas, en el lugar de su sede, señalado en la base 5.9, y en aquellos otros que considere oportunos, la lista de aspirantes aprobados, con indicación de la puntuación obtenida.

El presidente del tribunal enviará al director general del Cixtec la copia certificada de la citada lista de aprobados, así como la relación de opositores que superaron el cuarto ejercicio, con indicación de la puntuación final obtenida en el conjunto de pruebas. Los nombres de los que superasen el proceso selectivo se harán públicos por medio del correspondiente anuncio en el DOG.

7. Presentación de documentos y nombramientos.

7.1. En el plazo de 15 días naturales, contados desde el día siguiente a aquél en que la lista de aprobados sea anunciada en el DOG, los aspirantes que superasen el proceso selectivo deberán presentar en el Cixtec, calle Ramón Piñeiro, 27, los siguientes documentos:

a) Fotocopia compulsada del título exigido en la base 2 o certificación académica que certifique haber hecho todos los estudios para la obtención del título.

b) Declaración jurada o promesa de que no fue separado, mediante expediente disciplinario, de ninguna Administración pública ni encontrarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.

7.2. Los que dentro del plazo fijado y salvo casos de fuerza mayor no presentasen la documentación o de su examen se dedujese que carecen de alguno de los requisitos señalados en la base 2, no podrán ser nombrados personal laboral y quedarán anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en la que incurriesen por falsedad en la solicitud inicial.

7.3. Finalizado el proceso selectivo y una vez cumplidos los requisitos exigidos con anterioridad, los que los superasen serán nombrados personal laboral fijo del Cixtec en la categoría que corresponda, mediante resolución del director general del Centro Informático para la Gestión Tributaria, Económico-Financeira y Contable, que se publicará en el DOG, de acuerdo con la puntuación obtenida en el proceso selectivo.

7.4. En la resolución por la que se publique la propuesta definitiva de aprobados podrán incluirse los puestos que se les oferten, con indicación de los requisitos para su desempeño.

8. Norma final.

La presente convocatoria y cuantos actos administrativos se deriven de ella y de la actuación del tribunal podrán ser impugnados en los casos y en la forma establecidos en la Ley 30/1992, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento

administrativo común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Santiago de Compostela, 4 de septiembre de 2000.

Gonzalo Gómez Montaña

Director general del Centro Informático para la Gestión Tributaria, Económico-Financeira y Contable

ANEXO I

Los temarios por los que se regirán las pruebas selectivas son los que figuran en el anexo II de la presente convocatoria.

1. Primer ejercicio: prueba escrita de carácter eliminatorio, constituida por 50 preguntas tipo test, relativas a todo el temario, con tres respuestas alternativas de las que sólo una es verdadera. El tiempo de realización de este ejercicio será de 1 hora y 15 minutos. Este ejercicio se calificará de 0 a 10 puntos y será necesario para superarlo obtener una puntuación mínima de 5 puntos. Corresponde al tribunal determinar el número de respuestas exigidas para alcanzar la puntuación mínima, teniendo en cuenta que por cada respuesta contestada incorrectamente se descontará una de las correctas.

2. Segundo ejercicio: de carácter eliminatorio, constituido por un supuesto práctico para elegir entre dos propuestos por el tribunal, que se ejecutará sobre un servidor en Windows/NT.

Este ejercicio tendrá una duración máxima de 45 minutos y se calificará de 0 a 10 puntos; será necesario para superarlo obtener una puntuación mínima de 5 puntos, correspondiendo al tribunal determinar el nivel de conocimientos exigidos para alcanzar la puntuación mínima.

3. Tercer ejercicio: de carácter eliminatorio, consistirá en la traducción de un texto técnico sobre informática del idioma inglés al gallego o castellano. Este ejercicio se calificará de 0 a 5 puntos; será necesario para superarlo obtener una puntuación de 2,5 puntos, correspondiendo al tribunal determinar el nivel de conocimientos exigidos para alcanzar la puntuación mínima. Este ejercicio tendrá una duración aproximada de 30 minutos.

4. Cuarto ejercicio: de carácter eliminatorio, constará de una traducción de un texto de gallego a castellano elegido por sorteo de entre dos propuestos por el tribunal. La duración máxima de este ejercicio será de 30 minutos.

Este ejercicio se valorará como apto o no apto; será necesario para superarlo obtener el resultado de apto, correspondiendo al tribunal determinar el nivel de conocimientos exigidos para alcanzar el resultado de apto.

Las puntuaciones de todos los ejercicios se publicarán en el tablón de anuncios del Cixtec, además de por cualquier otro medio que se estime conveniente.

Estarán exentos de la realización del cuarto ejercicio los aspirantes que acrediten la posesión del curso de iniciación y perfeccionamiento de gallego o estudios equivalentes. Tal acreditación se podrá presentar hasta los 5 días siguientes al de la publicación de la nota del tercer ejercicio.

Los aspirantes deberán presentarse para la realización de cada ejercicio provistos del DNI o documento fidedigno acreditativo de su identidad, a juicio del tribunal.

El orden de puntuación de los aspirantes que superen el proceso selectivo se efectuará de acuerdo con la suma de la puntuación obtenida en la oposición, no pudiendo superar el proceso selectivo un número superior de aspirantes al de plazas convocadas.

5. Desarrollo de los ejercicios:

El orden de actuación de los opositores se iniciará alfabéticamente por el primero de la letra Z, de acuerdo con la resolución de la Dirección General de la Función Pública de 16 de marzo de 2000.

En cualquier momento los aspirantes podrán ser requeridos por el tribunal para acreditar su identidad.

Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en único llamamiento, siendo excluido de la oposición quien no comparezca, excepto en los casos de fuerza mayor justificados y libremente apreciados por el tribunal.

El día, hora y lugar de celebración del primer ejercicio se hará público en la resolución que apruebe la lista definitiva de aspirantes admitidos y excluidos.

La publicación de los sucesivos anuncios de celebración del segundo y restantes ejercicios será efectuado por el tribunal en el tablón de anuncios del Cixtec, además de por cualquier otro medio que considere conveniente, siempre con veinticuatro horas de antelación, cuando menos, a su iniciación.

ANEXO II

Temario operadores de ordenador

Fundamento de los computadores:

1. Funcionamiento y elementos de un sistema informático. Los subsistemas físico y lógico.

2. Representación de la información.

3. La unidad central de proceso.

4. Microprocesadores.

5. El subsistema de entrada y salida.

6. La periferia de un sistema informático.

7. Dispositivos de almacenamiento de la información.

8. Tipos de sistemas informáticos: equipos grandes, medios y pequeños.

9. Concepto, evolución y tendencias de los sistemas operativos.

10. Los sistemas operativos de equipos medios y pequeños (MS-DOS, WIN 3.11, NT, UNIX).

11. Los sistemas operativos de grandes equipos.

12. Organización y funcionamiento de un C.P.D.

13. Equipos terminales y de comunicaciones.

Redes de área local, topologías, métodos de acceso, normalización, rendimiento.

15. Redes de área extensa.

16. Equipos de interconexión de redes: repetidores, bridges, routers y gateways.

Ofimática e informática documental:

17. Los ordenadores personales. Arquitectura y sistemas operativos.

18. La seguridad del ordenador.

19. Seguridad en comunicaciones y redes de ordenadores.