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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 189 Jueves, 28 de septiembre de 2000 Pág. 13.571

VI. ANUNCIOS

DE LA ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA

CONSELLERÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y POLÍTICA AGROALIMENTARIA

RESOLUCIÓN de 6 de septiembre de 2000, de la Delegación Provincial de Ourense, de notificación de iniciación del expediente sancionador de epizootias ICA-OU-19/2000-V.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.4º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, modificado por la Ley 4/1999, de 13 de enero, se le notifica a la persona que en el anexo se menciona que, con esta fecha, resolví publicar el acuerdo de iniciación del procedimiento sancionador por infracción de la Ley 25/1970, de 2 de diciembre, del vino, viñas y alcoholes y de su reglamento aprobado por el Decreto 835/1972, de 23 de marzo y demás normativa complementaria, puesto que, intentada la notificación, esta no se ha podido practicar por el servicio de correos.

Se nombra instructora del procedimiento a Mª Isabel Biempica González, funcionaria de esta delegación provincial, pudiendo promover su recusación en cualquier momento de la tramitación del procedimiento, si concurre alguna de las circunstancias previstas en el artículo 29 de la Ley 30/1992 citada.

La resolución será acordada por el delegado provincial de esta consellería. El interesado dispondrá de un plazo de quince días contados a partir del siguiente al de la publicación de esta notificación, para que pueda examinar el expediente en la delegación provincial de esta consellería, ubicada en la calle Florentino López Cuevillas, nº 4-6 bajo, y para aportar por escrito cuantas alegaciones, documentos, informaciones o propuestas de pruebas que estime convenientes en al defensa de sus derechos.

Conforme a lo establecido en el artículo 13.2º del Reglamento, del procedimiento para el ejercicio de la potestad sancionadora, de 4 de agosto de 1993 (BOE nº 189, del 9 de agosto), de no efectuar alegaciones en el plazo anterior, este acuerdo de iniciación podrá ser considerado propuesta de resolución determinándose, para estes efectos, el importe de la sanción.

El pago voluntario podrá implicar la terminación del procedimiento. Para efectuarlo deberá emplear los impresos normalizados que le serán facilitados en esta delegación provincial, en la dirección anteriormente señalada.

Lo que se le comunica de acuerdo con la normativa antes citada y con lo establecido en el Reglamento del procedimiento para el ejercicio de la potestad sancionadora, aprobado por el R.D. 1398/1993, de 4 de agosto.

Ourense, 6 de septiembre del 2000.

José Manuel Baltar Blanco

Delegado provincal de Ourense

ANEXO

Expediente. ICA-OU-19/2000-V.

Interesado: Pazo San José, S.L.

CIF: B-32.244.527.

Última dirección conocida: calle Progreso, nº 30-2º D.

Hechos denunciados: defectos de etiquetado.

Preceptos infringidos: infracción de la Ley 25/1970, de 2 de diciembre, del vino, viñas y alcoholes; de su reglamento, aprobado por Decreto 835/1972, de 23 de marzo; y normativa complementaria.

Sanción: trescientas setenta mil/370.000/pesetas.