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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 185 Viernes, 22 de septiembre de 2000 Pág. 13.279

VI. ANUNCIOS

DE LA ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA

CONSELLERÍA DE INDUSTRIA Y COMERCIO

RESOLUCIÓN de 4 de septiembre de 2000, de la Delegación Provincial de Lugo, por la que se somete a información pública para estudio ambiental, autorización administrativa, declaración de utilidad pública, aprobación del proyecto de ejecución y proyecto sectorial de las instalaciones que comprende el proyecto del parque eólico de Álabe-Terral. (Expediente 059-EOL).

En cumplimiento de lo dispuesto en el Decreto 442/1990, de 13 de septiembre, de evaluación de impacto ambiental para Galicia; en el Decreto 327/1991, de 4 de octubre, de evaluación de efectos ambientales para Galicia; en los decretos 2617/1966, sobre autorización de instalaciones eléctricas, 2619/1966 sobre expropiación forzosa y sanciones en materia de instalaciones eléctricas; en los artículos 53 y 54 de la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del sector eléctrico; en el artículo 25 de la Ley 10/1995, de ordenación del territorio de Galicia, y en el Decreto 205/1995, por el que se regula el aprovechamiento de la energía eólica en la Comunidad Autónoma de Galicia, se somete a información pública, a solicitud de la empresa Acciona Eólica de Galicia, S.A., las instalaciones que a continuación se describen:

Objeto de información pública:

-Estudio ambiental.

-Autorización administrativa, declaración de utilidad pública y aprobación del proyecto de ejecución y del proyecto sectorial de las instalaciones que comprende el proyecto del parque eólico de Álabe-Terral.

La declaración de utilidad pública llevará implícita, de acuerdo con el artículo 54 de la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del sector eléctrico, la necesidad de urgente ocupación a los efectos de expropiación forzosa, de los bienes y derechos afectados necesarios para el establecimiento de estas instalaciones.

Peticionario: Acciona Eólica de Galicia, S.A., plaza de O Ferrol, nº 6, 27001 Lugo.

Situación: ayuntamiento de Abadín (Lugo) y Mondoñedo (Lugo).

Emplazamiento (coordenadas poligonales en unidades UTM):

XY

IT1624.2034.811.671

IT2625.0774.811.395

IT3625.0604.810.802

IT4625.9994.810.071

IT5624.8574.809.147

IT6623.0674.810.160

IT7622.1694.811.124

IT8622.1794.811.220

IT9622.3154.811.374

IT10623.5784.810.802

Características técnicas del parque eólico:

-Nº de aerogeneradores: 37.

-Potencia nominal unitaria: 750 kW.

-Potencia total instalada: 27,75 MW.

-Tipo de aerogenerador: NEG-MICON NM750/44 y NM750/48.

-Producción neta anual estimada: 73.350 MWh/año.

-Presupuesto total: 3.698.120.218 pesetas.

Características técnicas de la infraestructura eléctrica de generación, transformación e interconexión:

-37 aerogeneradores tipo NEG-MICON NM750/44 y NM750/48 de 750 kW de potencia nominal unitaria.

-37 centros de transformación de 2.000 kVA de potencia unitaria en relación de transformación 0,69/20 kV, instalados unitariamente en interior de torre de aerogenerador con su correspondiente aparamenta de seccionamiento, maniobra y protección.

-Líneas de media tensión subterráneas para evacuación de energía a 20 kV, de interconexión entre centros de transformación y centro de recogida de media tensión.

-5 centros de recogida de media tensión para optimización de transporte de energía dotados cada uno de transformador para servicios auxiliares y de su correspondiente aparamenta de seccionamiento, maniobra y protección.

-Líneas de media tensión subterráneas para evacuación de energía a 20 kV, de interconexión entre centros de recogida de media tensión y subestación transformadora 20/132 kV.

-Subestación transformadora 20/132 kV para evacuación de energía producida en el parque eólico Álabe-Terral, compuesta por un transformador principal 20/132 kV de 30 MVA ONAF de potencia nominal y un transformador para servicios auxiliares 20/0,4 kV de 100 kVA de potencia nominal con los correspondientes equipos de control, seccionamiento, maniobra, medida y protección.

Afección a fincas particulares:

S.E.: superficie de expropiación de pleno dominio de los terrenos afectados.

S.P.: servidumbre de paso que implica la construcción de caminos y canalizaciones subterráneas con las siguientes limitaciones de dominio permanentes:

-Derecho de libre paso o acceso de personal y equipamientos para la construcción, montaje, supervisión y vigilancia, conservación o reparación de las instalaciones.

-Servidumbre de paso subterráneo comprendiendo la ocupación del subsuelo por las líneas eléctricas subterráneas alojadas en zanjas.

-Prohibición de efectuar remoción del terreno o cualquier tipo de obras o actos que puedan dañar o perjudicar los caminos e instalaciones.

S.V.: servidumbre de vuelo de las palas de los aerogeneradores.

P.E.: superficie de protección eólica afectada por la siguiente limitación de dominio:

-Prohibición de situar obstáculos de altura superior a 10 m (construcciones, árboles, postes u otros).

O.T.: ocupación temporal de los terrenos durante un plazo de 18 meses.

Lo que se hace público para conocimiento general y de los propietarios de las fincas y demás titulares afectados que no llegaron a un acuerdo con la entidad solicitante, y que figuran en la relación que se inserta como anexo de este anuncio, así como a las personas que siendo titulares de derechos reales o intereses económicos sobre los bienes afectados fuesen omitidos, para que puedan examinar el proyecto y presentar las objeciones o alegaciones que consideren oportunas al mismo, en esta delegación provincial, sita en edificio administrativo, Ronda de la Muralla 70 (Lugo 27071), en el plazo de 30 días, contados a partir de la última publicación de este anuncio.

Asimismo, el estudio ambiental correspondiente a las instalaciones del parque eólico de Álabe-Terral se podrá examinar en las dependencias de la Dirección General de Industria, Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, Delegación Provincial de la Consellería de Medioambiente de Lugo y ayuntamientos de Abadín y Mondoñedo, pudiendo presentarse cuantas alegaciones se consideren pertinentes ante la Delegación Provincial de la Consellería de Industria y Comercio de Lugo, dentro del mismo plazo señalado en el párrafo anterior. Finalizado dicho plazo, el expediente, junto con las alegaciones recibidas, se remitirá a la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental.

Es de significar que esta publicación se realiza igualmente a los efectos determinados por el artículo 59.4º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, cuando los interesados sean desconocidos, se ignore el lugar o el medio de notificación, o bien, intentada la notificación no se pudiese realizar.

Lugo, 4 de septiembre de 2000.

Jesús Bendaña Suárez

Delegado provincial de Lugo

ANEXO

Parque eólico Álabe-Terral

* Término municipal de Abadín:

-Finca:

Número: 2.

Uso: monte bajo.

Paraje: Romariz.-Propietario:

Nombre: M.V.M.C. de Romariz, Pte.: Daniel López Cuba.

Dirección: Osares, Romariz-Abadín.

-Afección (m):

S.E.: 13.290.

S.P.: 81.723.

S.V.: 24.703.

P.E.: 128.763.

O.T.: 49.286.

* Término municipal de Mondoñedo:

-Finca:

Número: 3.

Uso: monte bajo.

Paraje: Estelo.-Propietario:

Nombre: M.V.M.C. de Estelo, Pte.: Aquilino Botana González.

Dirección: Estelo, 24, Mondoñedo.-Afección (m):

S.E.: 3.906.

S.P.: 18.781.

S.V.: 5.911.

P.E.: 34.294.

O.T.: 22.153.