De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.4º de la Ley de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, de 26 de noviembre (BOE del 27 de noviembre), se le notifica a la sociedad mencionada a continuación (que no pudo ser notificada en el último domicilio conocido que asimismo se indica) la resolución del expediente sancionador simplificado 27028/2000 por infracción en materia de defensa del consumidor.
Contra dicha resolución cabe interponer recurso de alzada ante el presidente del Instituto Gallego de Con
sumo (plaza de Europa, 10 A-2º-2ª-Edificio Área Central-As Fontiñas-15703 Santiago de Compostela) en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a la notificación. Si no fuese recurrida en dicho plazo, la sanción devendrá firme y ejecutiva, y podrá hacerse efectiva, en período voluntaario en cualquier oficina financiera, en la cuenta 3110001136 de Caixa Galicia (2091), Oficina de Relación con Organismos (0388) Santiago de Compostela; en otro caso se procederá sin más trámite a su exacción por vía ejecutiva, en los siguientes plazos:
a) Las deudas notificadas entre los días uno y quince de cada mes, desde la fecha de notificación hasta el día cinco del mes siguiente o el inmediatamente hábil y posterior.
b) Las deudas notificadas entre los días dieciséis y último de cada mes, desde la fecha de notificación hasta el día veinte del mes siguieente o el inmediatamente hábil y posterior.
Expediente: 27028/2000.
Inculpado: Compañía Hostelera del Eo, S.L.-Restaurante San Luis.
Domicilio: c/ Rodríguez Murais, nº 4 bajo de Ribadeo (Lugo).
Sanción: cuarenta mil (40.000 ptas.).
Motivo: irrgularidades campaña teléfonos públicos.
Fecha resolución: 18-4-2000.
Lugo, 1 de agosto de 2000.
Blanca Vaquero Martín
Jefa del Servicio Provincial de Consumo