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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 173 Miercoles, 06 de septiembre de 2000 Pág. 12.625

III. OTRAS DISPOSICIONES

CONSELLERÍA DE EDUCACIÓN Y ORDENACIÓN UNIVERSITARIA

ORDEN de 31 de julio de 2000 por la que se autoriza a los centros privados El Castro y Losada de Vigo (Pontevedra) a impartir las enseñanzas correspondientes a los niveles I, II y III, modalidad presencial, de la educación básica de adultos.

Vistos los expedientes sobre autorización para impartir las enseñanzas correspondientes a los niveles I, II y III, modalidad presencial, de la educación básica de adultos, en turno de tarde-noche, en los centros privados El Castro y Losada de Vigo (Pontevedra); iniciados al amparo del artículo 5 del Decreto 133/1995, de 10 de mayo (DOG del 22), sobre autorización de centros docentes privados para impartir enseñanzas de régimen general no universitarias y del punto primero.1 de la Orden de 20 de septiembre de 1995 (DOG del 15 de diciembre) por la que se desarrolla el mencionado decreto.

La Consellería de Educación y Ordenación Universitaria, en virtud de lo establecido en el artículo 141 del Decreto 88/1999, de 11 de marzo (DOG del 13 de abril), por el que se regula la ordenación general de las enseñanzas de educación de personas adultas y los requisitos mínimos de los centros y a propuesta de la Dirección General de Centros e Inspección Educativa,

DISPONE:

Primero.-Conceder la autorización para impartir las enseñanzas correspondientes a los niveles I, II y III,

modalidad presencial, de la educación básica de adultos, en turno de tarde-noche, a los centros privados El Castro y Losada de Vigo (Pontevedra), cuyos datos se relacionan en el anexo de la presente orden.

Segundo.-Contra la presente disposición, que agota la vía administrativa, los interesados podrán interponer recurso potestativo de reposición ante el conselleiro de Educación y Ordenación Universitaria, en el plazo de un mes, a partir del día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia, según lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 4/1999 (BOE del 14 de enero), de modificación de la Ley 30/1992, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, o bien directamente el recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia.

Santiago de Compostela, 31 de julio de 2000.

Celso Currás Fernández

Conselleiro de Educación y Ordenación

Universitaria

ANEXO

Provincia: Pontevedra.

Municipio: Vigo.

Localidad: Vigo.

Dirección: Gran Vía, 171-173.

Denominación: El Castro.

Código del centro: 36010435.

Titular: Colegio El Castro, S.L.

Composición resultante:

a) Educación infantil: 3 unidades.

b) Educación primaria: 6 unidades.

c) Educación secundaria obrigatoria: 4 unidades.

d) Educación básica de adultos (turno de tarde-noche):

Nivel I: 1 unidad.

Nivel II: 1 unidad.

Nivel III: 2 unidades.

Provincia: Pontevedra.

Municipio: Vigo.

Localidad: Vigo.

Dirección: Baixada ó Capitán, 31.

Denominación: Losada.

Código del centro: 36011117.

Titular: Colegio Losada Sociedad Limitada.

Composición resultante:

a) Educación infantil: 3 unidades.

b) Educación primaria: 6 unidades.

c) Educación secundaria obrigatoria: 4 unidades.

d) Educación especial: 1 de psíquicos.

d) Educación básica de adultos (turno de tarde-noche):

Nivel I: 1 unidad.

Nivel II: 1 unidad.

Nivel III: 2 unidades.