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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 171 Lunes, 04 de septiembre de 2000 Pág. 12.533

III. OTRAS DISPOSICIONES

CONSELLERÍA DE EDUCACIÓN Y ORDENACIÓN UNIVERSITARIA

ORDEN de 26 de julio de 2000 por la que se autoriza definitivamente a los centros privados Sagrado Corazón de Jesús de Castiñeiras-Ribeira (A Coruña) y Nuestra Señora de Lourdes de A Estrada (Pontevedra), para impartir educación secundaria obligatoria.

Examinados los expedientes instruidos a instancia de los titulares de los centros privados Sagrado Corazón de Jesús de Castiñeiras-Ribeira y Nuestra Señora de Lourdes de A Estrada, solicitando autorización definitiva para impartir educación secundaria obligatoria,

Teniendo en cuenta que los expedientes ha sido tramitados por las delegaciones provinciales de la Consellería de Educación y Ordenación Universitaria de A Coruña y Pontevedra, que se remiten con los informes correspondientes,

Vistos la Ley 1/1990, de 3 de octubre (BOE del 4), de ordenación general del sistema educativo, Real decreto 1004/1991, de 14 de junio (BOE del 26 de junio), por el que se establecen los requisitos mínimos de los centros que imparten enseñanzas de régimen general no universitarias, Decreto 133/1995, de 10 de mayo (DOG del 22), sobre autorización de centros docentes privados para impartir enseñanzas de régimen general no universitarias y la Orden de 20 de

septiembre de 1995 (DOG del 15 de diciembre) que lo desarrolla,

Considerando que concurren en los expedientes los requisitos exigidos en las disposiciones vigentes para poder acceder a lo solicitado.

Esta consellería, a propuesta de la Dirección General de Centros e Inspección Educativa,

DISPONE:

Primero.-Autorizar a los centros privados Sagrado Corazón de Jesús de Castiñeiras-Ribeira y Nuestra Señora de Lourdes de A Estrada, para impartir educación secundaria obligatoria y, como consecuencia de ello, establecer la configuración definitiva de los centros existentes en el mismo edificio o recinto escolar, según se especifica en el anexo.

Segundo.-Para las enseñanzas de educación secundaria obligatoria que se autorizan, la delegación provincial de la Consellería de Educación y Ordenación Universitaria, previo informe de la Inspección Educativa, aprobará expresamente la relación de personal que imparte docencia en dichos centros.

Tercero.-Los centros de educación secundaria obligatoria que por la presente orden se autorizan deberán cumplir la norma básica de edificación NBE-CPI/1996, de condiciones de protección contra incendios en los edificios, aprobada por Real decreto 2177/1996, de 4 de outubre (BOE del 29). Todo esto sin prejuicio de que tengan que cumplirse otros requisitos exigidos por la normativa municipal o autonómica.

Cuarto.-Quedan los centros obligados al cumplimiento de la legislación vigente y a solicitar la oportuna revisión cuando tenga que modificarse cualquiera de los datos que señala la presente orden.

Quinto.-Contra esta orden, que agota a vía administrativa, los interesados podrán interponer recurso potestativo de reposición ante el conselleiro de Educación y Ordenación Universitaria, en el plazo de un mes, a partir del día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia, según lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 4/1999 (BOE del 14 de enero), de modificación de la Ley 30/1992, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, o bien directamente el recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses ante el Tribunal Superior de Justicia de Galicia.

Santiago de Compostela, 26 de julio de 2000.

Celso Currás Fernández

Conselleiro de Educación y Ordenación Universitaria

ANEXO

Provincia: A Coruña.

Municipio: Ribeira.

Localidad: Castiñeiras.

Domicilio: Rúa Fontenova, nº 4.

Código del centro: 15014349.

Denominación específica: Sagrado Corazón de Jesús.

Titular: Caridad del Sagrado Corazón de Jesús.

Composición resultante:

a) Centro de educación infantil: 3 unidades.

b) Centro de educación primaria: 6 unidades.

c) Centro de educación secundaria: 4 unidades de educación secundaria obligatoria.

Provincia: Pontevedra.

Municipio: A Estrada.

Domicilio:-Educación infantil e primaria: El Crucero, nº 32.-Educación secundaria: Santa Baia-Matalobos, 42.

Código del centro: 36002323.

Denominación específica: Nuestra Señora de Lourdes.

Titular: J. Enrique Otero Fernández.

Composición resultante:

a) Centro de educación infantil: 3 unidades.

b) Centro de educación primaria: 6 unidades.

c) Centro de educación secundaria: 4 unidades de educación secundaria obligatoria.