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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 170 Viernes, 01 de septiembre de 2000 Pág. 12.507

V. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN NÚMERO CINCO DE SANTIAGO DE COMPOSTELA

EDICTO (42/2000-3).

En virtud de lo acordado por el magistrado-juez del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número cinco de Santiago de Compostela, en providencia de fecha 6 de julio de 2000, dictada en el expediente de dominio nº 42/2000-3 que se sigue en este juzgado a instancia de Ibercelta, S.L. y Luis Lugo Otero, actuando éste en nombre propio y en beneficio de la sociedad de gananciales que forma con su esposa Pilar Vidán Martínez, para constar en el Registro de la Propiedad número dos de Santiago de Compostela la reanudación del tracto sucesivo de la siguiente finca:

«Casa sita en la calle de las Huertas de esta ciudad de Santiago de Compostela, señalada con el número 47, compuesta de bajo, primer piso y buhardilla, que ocupa la superficie de seiscientos pies cuadrados, con inclusión del espesor de sus fachadas delantera y trasera, y la mitad de sus medianeras, equivalente a cuarenta y cuatro metros cuadrados. Por su espalda, tiene un patio que antes fue huerta de cuatro cuartillos, o sea, ochenta y ocho centiáreas. Forma todo una

sola finca que linda: frente-norte, dicha calle de las Huertas; derecha, entrando-oeste, casa nº 49 de Francisco Louzao; izquierda-este, casa nº 45; y espalda-sur, huerta de José Pose. Inscrita en el Registro de la Propiedad número 2 de Santiago de Compostela al tomo 39, libro 18, folio 136, finca 977, inscripción 7ª, a nombre de Concepción Morales Devesa, con fecha 22 de marzo de 1950».

Por la presente se cita a las personas desconocidas e inciertas que pudieran estar interesadas en la herencia de la titular registral y persona de la que procede la finca, Concepción Morales Devesa, y a todas aquellas personas ignoradas a quienes pudiera perjudicar la inscripción solicitada, a fin de que en el término de diez días, a partir de la publicación de este edicto, puedan comparecer en el referido expediente para alegar cuanto a su derecho convenga, en orden a la pretensión formulada.

Conforme a lo dispuesto en el artículo 201, regla 3ª de la Ley hipotecaria y en cumplimiento de lo ordenado en dicha resolución, se hace pública a los oportunos efectos.

Santiago de Compostela, seis de julio de dos mil.

La secretaria

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