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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 168 Miercoles, 30 de agosto de 2000 Pág. 12.405

III. OTRAS DISPOSICIONES

CONSELLERÍA DE EDUCACIÓN Y ORDENACIÓN UNIVERSITARIA

ORDEN de 23 de agosto de 2000 por la que se resuelve la convocatoria de la de 4 de julio de 2000 (Diario Oficial de Galicia número 133, del 10 de julio), de dos becas de colaboración en tareas de sensibilidad general y seguimiento del procedimiento de orientación e información a los estudiantes y del procedimiento de acceso a las universidades.

Mediante la Orden de 4 de julio de 2000 (DOG nº 133, del 10 de julio) se convocaron y se aprobaron las bases que rigen la convocatoria de dos becas de colaboración en tareas de sensibilidad general y seguimiento del procedimiento de orientación e información a los estudiantes y del procedimiento de acceso a las universidades.

En virtud de esto, de acuerdo con lo establecido en las bases de la convocatoria, y atendiendo al informe-propuesta elevado por la comisión evaluadora a través de la Dirección General de Universidades, esta consellería

RESUELVE:

Primero.-Concederles una beca de nueva adjudicación para la colaboración en tareas de sensibilidad general y seguimiento del procedimiento de orientación e información a los estudiantes y del procedimiento de acceso a las universidades, a partir del 1 de septiembre y durante el período que se especifica y en la cuantía que se indica, a:

BecarioPuntuación

Pampín Moares, Mª del Carmen 11.38 puntos

Rodríguez Rial, Marta María 10.25 puntos

Segundo.-En el caso de producirse alguna renuncia se procederá, de ser el caso, y teniendo en cuenta el remanente de crédito, a adjudicar la beca a las personas que figuran relacionadas a continuación como suplentes:

BecarioPuntuación

López París, Marcos 10.23 puntos

Torre Rodríguez, María 10.16 puntos

La asignación se hará por el mismo orden en el que se relacionan los suplentes, y su inicio vendrá determinado por el crédito remanente.

Tercero.-El pago de las becas se hará de acuerdo con lo establecido en las respectivas bases de la convocatoria.

Cuarto.-El incumplimiento por parte de los beneficiarios de cualquiera de las bases establecidas en la orden de la convocatoria supondrá la pérdida del derecho a percibir la beca correspondiente.

Quinto.-Contra esta resolución los interesados podrán interponer recurso potestativo de reposición ante el conselleiro de Educación y Ordenación Universitaria en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de la publicación de la resolución en el DOG, según lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 4/1999 (BOE nº 12, del 14 de enero) de modificación de la Ley 30/1992, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, o bien directamente recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses ante el Tribunal Superior de Justicia de Galicia.

Disposición final

La presente resolución entrará en vigor al día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 23 de agosto de 2000.

Celso Currás Fernández

Conselleiro de Educación y Ordenación Universitaria