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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 161 Lunes, 21 de agosto de 2000 Pág. 12.073

III. OTRAS DISPOSICIONES

CONSELLERÍA DE LA PRESIDENCIA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

ORDEN de 28 de julio de 2000 por la que se aprueban las bases que regirán la convocatoria de bolsas para la realización de estudios de tercer ciclo en las universidades del sistema universitario de Galicia y se procede a su convocatoria (programa de promoción general de la investigación y programas tecnológicos).

El Real decreto 778/1998, de 30 de abril, por el que se regula el tercer ciclo de estudios universitarios, la obtención y expedición del título de doctor y otros estudios de postgrado estructura los estudios de tercer ciclo en dos períodos: el primero de ellos constituye el periodo de docencia y el segundo el período de investigación tutelado, y ambos tiene como finalidad la especialización del estudiante en un campo científico, técnico o artístico determinado, así como su formación en técnicas de investigación y, en definitiva, para el progreso social y económico de una comunidad, puesto que se trata de un periodo en el que tiene lugar la articulación entre docencia e investigación y en el que se forman tanto los investigadores como futuros docentes universitarios.

En consecuencia, la Consellería de la Presidencia y Administración Pública a través de la Secretaría General de Investigación y Desarrollo y la Consellería de Educación y Ordenación Universitaria, a través de la Dirección General de Universidades, manifiestan su interés en poner en marcha un programa que contribuya a la financiación de los estudios de tercer ciclo en las universidades del sistema universitario de Galicia por parte de aquellos alumnos que, en función de su capacidad, puedan convertirse en futuros investigadores y profesores universitarios. Es programa se encuadra dentro del Programa de Promoción General de la Investigación y de los Programas Tecnológicos del Plan Gallego de Investigación y Desarrollo (1999-2001) aprobado por el Consello de la Xunta de Galicia, en su reunión del 18 de diciembre de 1998 (Resolución de 9 de febrero de 1999, DOG del 24 de febrero),

Por lo que antecede,

DISPONE:

Artículo 1º

Se convocan becas para la realización de estudios de tercer ciclo (programa de promoción general de la investigación y programas tecnológicos -nuevas adjudicaciones y prórrogas), en las universidades del sistema universitario de Galicia de acuerdo con las bases que se incluyen en el anexo I, II y III a la presente orden.

Estas becas tienen como finalidad contribuir a la financiación de los estudios de tercer ciclo de aquellos alumnos que en función de su capacidad puedan convertirse en el germen de una nueva generación de investigadores.

Artículo 2º

Para la concesión de las becas se destinará un total de 188.000.000 de ptas. con cargo a las aplicaciones presupuestarias 04.07.432A.480.0 y 07.05.322C.483.0 de los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Galicia de los años 2000 y 2001 de acuerdo con la siguiente distribución:

20002001

04.07.432A.480.029.160.00087.480.000

07.05.322C.483.017.640.00052.920.000

Sin embargo, las cantidades antes citadas se podrán incrementar en función de las peticiones presentadas y de acuerdo con las disponibilidades de créditos.

Artículo 3º

La convocatoria, sus bases y todos cuantos actos administrativos se deriven de ella, podrán ser impugnados por los interesados en los casos y en la forma establecidos en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Artículo 4º

A los efectos establecidos en el artículo 42 de la Ley 30/1992, el plazo máximo para resolver las solicitudes correspondientes a las acciones especificadas en esta orden, será de seis meses contados a partir de la fecha de publicación de esta convocatoria. En caso de no recaer resolución dentro de dicho plazo, se entenderán desestimadas las solicitudes presentadas.

Santiago de Compostela, 28 de julio de 2000.

Jaime Pita VarelaCelso Currás Fernández

Conselleiro de la Presidencia yConselleiro de Educación

Administración Públicay Ordenación Universitaria

ANEXO I

Becas de nueva adjudicación para realizar estudios de doctorado -Programa de Promoción General de la Investigación-

Bases de la convocatoria

1. Requisitos de los solicitantes.

a) Poseer la nacionalidad española o ser nacional de un país miembro de la Unión Europea.

b) Tener aprobadas todas las disciplinas requeridad para la obtención del título de licenciado, de ingeniero o de arquitecto por una escuela técnica superior, incluido el proyecto, si lo hubiese.

c) Estar admitido o tener solicitada la admisión, en el curso 2000/2001, en programas de tercer ciclo impartidos en las universidades de A Coruña, Santiago de Compostela o Vigo. Asimismo, los becarios deberán comprometerse a integrarse en un grupo de investigación de un centro público de investigación de la Comunidad Autónoma para realizar actividades complementarias de formación.

2. Cuantía.

El importe total de dichas becas será de 720.000 pesetas brutas.

3. Período de aprovechamiento.

La duración de estas becas es de 12 meses comprendidos entre octubre de 2000 y setiembre de 2001. Las becas concedidas se podrán prorrogar por una sola vez y para un solo programa de doctorado, y de acuerdo con la normativa que se elabore al efecto.

4. Formalización de las solicitudes.

Las solicitudes, en el modelo oficial PXI-20 (que se publica como anexo IV a la presente orden y a disposición de los interesados en las dependencias de la Secretaría General de Investigación y Desarrollo, en la Dirección General de Universidades y en los vicerrectorados de investigación de las universidades de Galicia y en Internet en las direcciones http://www.xunta.es/conselle/preside/sxid/index.htm., http://www.cesga.es/sxid o http://www.xunta.es/conselle/ceoug/dxu/index.htm) se presentarán en el reigstro general de la Consellería de Educación y Ordenación Universitaria, en el de la Secretaría General de Investigación y Desarrollo o por cualquiera de las formas previstas en el artículo 38.4º de la Ley 30/1992.

Las solicitudes deberán ir, inexcusablemente, junto con la siguiente documentación:

-Fotocopia del DNI o de otro documento acreditativo de la nacionalidad del solicitante.

-Certificación académica detallada de los estudios de licenciatura, en la que figuren las calificaciones obtenidas, sus fechas de obtención y el número exacto de convocatorias invertidas en cada materia (original o fotocopia compulsada).

En el caso de estudios convalidados, deberá presentarse asimismo certificación académica, de idénticas características, para los estudios de origen.

Los que acceden al 2º ciclo de una licenciatura a través de correspondiente curso de adaptación, por estar en posesión de un título de diplomado o por tener realizado el 1º ciclo de alguna titulación que permita el acceso, a efectos de determinar la media del expediente académico, deberán adjuntar además de la certificación correspondiente al curso de adaptación 4º y 5º, la referente a la diplomatura o a los estudios de 1º ciclo realizados.

Los títulos obtenidos en el extranjero o en centros no estatales deberán estar convalidados o reconocidos en la fecha de finalización del plazo de presentación de las solicitudes y deberán adjuntar, en su caso, la escala de puntuaciones de la correspondiente universidad.

-Fotocopia compulsada del correspondiente título o, en su defecto, documento acreditativo del pago de las tasas correspondientes para su expedición.

-Certificado del secretario del correspodiente departamento, según el modelo que se incluye en el impreso de solicitud, en que conste la admisión del solicitante en el programa de doctorado o, en el caso de que aún no se hiciera pública la relación de admitidos, copia de la solicitud de admisión del solicitante en el programa de tercer ciclo en la que figure el registro de entrada en el correspondiente organismo.

-Documento firmado por el director de un grupo de investigación de la Comunidad Autónoma en el que conste que en el caso de obtención de la beca, el soli

citante se integrará en dicho grupo para realizar actividades de formación tal como se establece en el punto 10 de las presentes bases.

El plazo para la presentación de solicitudes finaliza:

-El día 20 de setiembre de 2000 para aquellos solicitantes que ya tengan finalizados los estudios de licenciatura o que los finalicen en la convocatoria de junio del presente curso.

-El 4 de octubre de 2000 para aquellos solicitantes que acaben los estudios de licenciatura en la convocatoria de setiembre del presente curso académico.

5. Tramitación.

Por parte de los servicios de la Secretaría General de Investigación y Desarrollo y de la Dirección General de Universidades se comprobará que todas las solicitudes reúnen los requisitos establecidos en la presente orden y se expondrá la lista de solicitudes admitidas y excluidas, señalando, en su caso, las causas de exclusión, en los tablones de la Consellería de Educación y Ordenación Universitaria y en los de sus delegaciones provinciales, en el de la Secretaría General de Investigación y Desarrollo, y en el centro de información administrativa de la Consellería de Presidencia y Administración Pública y en los de sus delegaciones provinciales, en los de los vicerrectorados de Investigación de las universidades de Galicia, en los de los vicerrectorados de los campus de Ferrol, Ourense, Lugo y Pontevedra y en Internet en las direcciones http://www.xunta.es/conselle/preside/sxid/index.htm., http://www.cesga.es/sxid o http://www.xunta.es/conselle/ceoug/dxu/index.htm. Esta lista estará

expuesta desde el 20 al 30 de octubre de 2000, pudiendo los interesados, durante ese mismo plazo, formular reclamación para emendar errores y faltas de documentos, ante la Secretaría General de Investigación y Desarrollo o la Dirección General de Universidades, aportando, en su caso, la documentación necesaria. Transcurrido este plazo sin que se emienden las causas de exclusión se considerará que el interesados desiste de su petición previa resolución, en los términos establecidos en el artículo 71 de la Ley 30/1992.

6. Selección de los candidatos.

6.1. Comisión de selección.

La selección de becarios será efectuada por una Comisión constituída por dos representates de la Secretaría General de Investigación y Desarrollo (uno de ellos actuará como presidente y otro como secretario con voz y con voto), dos representantes de la Dirección General de Universidades y un representante de cada una de las tres universidades del sistema universitario de Galicia.

6.2. Criterios generales de selección.

La selección de becarios se hará en atención a su expediente académico de licenciatura y se podrá valorar la tesis de licenciatura. La media del expediente académico será objeto de homologación teniendo en cuenta los valores de medias de titulaciones proporcionadas por las universidades del sistema universitario de Galicia. La comisión podrá establecer una puntuación mínima por debajo de la cual no se concederán becas.

No obstante, y con carácter excepcional, la comisión podrá adoptar el criterio de conceder una bolsas en aquellas titulaciones que por aplicación del procedimiento anterior queden sin becarios siempre que concurran las siguientes circunstancias:

-Que el número de alumnos que finalizaron dicha titulación sea tan reducido que determine que el dato de media de titulación no sea representativo.

-Que el solicitante de la beca de mayor puntuación de esta titulación tenga una media de licenciatura que a juicio de la comisión justifique la concesión de la beca.

7. Resolución del concurso.

La Comisión elevará la propuesta de la resolución a la Secretaría General de Investigación y Desarrollo y a la Dirección General de Universidades para que resuelvan conjuntamente. Esta resolución se publicará en el Diario Oficial de Galicia, y en ella se especificará la partida presupuestaria a la que se imputan las bolsas y en consecuencia el centro directivo que se encargará de los correspondientes pagos (Secretaría General de Investigación y Desarrollo o Dirección General de Universidades).

8. Condiciones de disfrute.

Estas becas son incompatibles con la realización de un trabajo remunerado o con el disfrute de otro tipo de becas o ayudas, salvo con el disfrute de aquellas becas destinadas a cubrir alguna de las acciones formativas que el solicitante va a realizar segundo su proyecto (asistencia a reuniones, congresos, seminarios, cursos de espcialización o estancias en otros centros para aprender o intercambiar técnicas de investigación).

Las becas se conceden para el curso completo, por lo que en el caso de renuncia o revocación el becario deberá reintegrar las cantidades ya abonadas, salvo en casos excepcionales autorizados conjuntamente por la Secretaría General de Investigación y Desarrollo y por la Dirección General de Universidades, previa justificación de los cursos superados y de las actividades de formación realizadas por el becario durante el período anterior a la renuncia.

9. Aceptación de la bolsa y pago.

La aceptación de la beca se hará mediante documento firmado por el becario en el que se compromete a cumplir todas las condiciones recogidas en las presentes bases. Los pagos se realizarán despues de que las universidades acrediten que los becarios seleccionados están matriculados en los correspondientes programas de tercer ciclo.

Las bolsas se abonarán trimestralmente; el pago del último trimestre se realizará después de que el tutor del becario emita informe favorable en relación con el cumplimiento por parte del becario de sus obligaciones recogidas en el punto 10 de las presentes bases.

10. Obligaciones de los becarios. Seguimiento de la ayuda.

Los becarios están obligados a asistir a las clases, seguir con aprovechamiento los cursos correspondiente a su programa de doctorado y a realizar las actividades complementarias de formación de termine el tutor y deberán integrarse en un grupo de investigación rea

lizando dentro del mismo actividades de formación, con una dedicación mínima de 10 horas semanales y máxima de 15 horas semanales.

El incumplimiento por parte del becario de alguna de las condicones recogidas en las presentes bases supondrá la perdida de la beca concedida y, de ser el caso, el reintegro de las cantiades ya cobradas.

Los becarios están obligados a comunicar a la Secretaría General de Investigación o a la Dirección General de universidades, según el caso, la renuncia a la beca tan pronto como se produzca la causa que determine dicha renuncia.

Al finalizar el período de disfrute de la beca, y antes del 20 de octubre del año 2000 el becario deberá presentar certificación del director del grupo de investigación en el que se integró, en la que se haga constar las actividades de formación realizadas durante el disfrute de la beca.

El incumplimiento por parte del becario de alguna de las condiciones recogidas en las presentes becas supondrá la perdida de la beca concedida y, de ser el caso, el reintegro de las cantidades cobradas conforme a lo establecido en el artículo 78 del Decreto legislativo 1/1999, de 7 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de régimen financiero y presupuestario de Galicia en la redacción dada por la Ley 8/1999, de 30 de diciembre, de medidas fiscales y presupuestarias y de función pública y actuación administrativa.

ANEXO II

Bolsas de nueva adjudicación para realizar estudios de doctorado. Programas tecnológicos.

De acuerdo con lo dispuesto en las disposiciones que a continuación se relacionan, y a fin de contribuir a la formación de investigadores en los diferentes programas tecnológicos del Plan Gallego de IDT, se convocan las becas que en cada caso se indican:

-Programa: biotecnologías (anexo IV de la orden de la Consellería de la Presidencia y Administración Pública de 8 de febrero de 2000, DOG del 22 de febrero).

Nº de becas convocadas: 2.

Requisitos específicos:

1) Estar admitido o tener solicitada la admisión en el curso 2000/2001 en las universidades de A Coruña, Santiago de Compostela o Vigo en alguno de los programas de doctorado que a continuación se relacionan:

Universidad de A Coruña:

-Biología ambiental.

Universidad de Santiago de Compostela:

-Bioquímica y biología molecular.-Investigación y desarrollo de medicamentos.-Ciencias forenses y patología.-Endrocrinología.-Investigación agraria y forestal.-Avances en cirugía, anestesia y oftalmología.-Química orgánica.-Morfología médica.-Bases científicas y clínicas de la investigación en medicina.

-Psicología clínica y psicobiología.-Microbiología y parasitología.-Biología marina y acuicultura (Interuniversitario).

Universidad de Vigo:

-Aplicaciones en microbiología y parasitología.-Metodología y aplicación en ciencias de la vida.-Biología de los organismos y ecosistemas.-Ciencias del medio natural y de los alimentos: aspectos analíticos y biotecnológicos.-Ingeniería química.

2) Compromiso de integrase en un grupo de investigación de un centro público de investigación de la Comunidad Autónoma que trabaje en temas relacionados con el programa de Biotecnologías. Se adjuntará, a estos efectos, escrito del director del corrrespondiente grupo.

-Programa: tecnologías de la información y las comunicaciones (anexo III de la orden de la Consellería de la Presidencia y Administración Pública de 8 de febrero de 2000, DOG del 24 de febrero).

Nº de becas convocadas: 6.

Requisitos específicos:

1) Estar admitido o haber solicitado la admisión en el curso 2000/2001 en las universidades de A Coruña, Santiago de Compostela o Vigo en alguno de los programas de doctorado que a continuación se relacionan:

Universidad de A Coruña:

-Medicina clínica, avances e investigación.-Telemática: redes y servicios para los nuevos mercados digitales.-Tecnologías y sistemas de la información.-Computación.

Universidad de Santiago de Compostela:

-Electrónica e informática.-Física aplicada.-Comunicación y periodismo.-Lingüística.

Universidad de Vigo:

-Tecnologías de las comunicaciones.-Comunicación, publicidad y relaciones públicas.

2) Compromiso de integrase en un grupo de investigación de un centro público de investigación de la Comunidad Autónoma que trabaje en temas relacionados con el programa de Tecnologías de la Información y de las Comunicaciones. Se adjuntará, a estos efectos, escrito del director del correspondiente grupo.

-Programa: Investigación Marina (anexo IV de la orden conjunta de la Consellería de Presidencia y Administración Pública y de la Consellería de Pesca, Marisqueo y Acuicultura de 6 de marzo de 2000, DOG del 13 de marzo).

Nº de becas convocadas: 4 becas.

Requisitos específicos:

1) Estar admitido o haber solicitado la admisión en el curso 2000/2001 en las universidades de A Coruña, Santiago de Compostela o Vigo en alguno de los programas de doctorado que a continuación se relacionan:

Universidad de A Coruña:

-Biología marina y acuicultura.

Universidad de Santiago de Compostela:

-Biología marina y acuicultura (Interuniversitario).

Universidad de Vigo:

-Biología marina y acuicultura.-Metodologías y aplicación en ciencidas de la vida.-Biología de los organismos y ecosistemas.-Oceanografía y geología de costas.

2) Compromiso de integrase en un grupo de investigación de un centro público de investigación de la Comunidad Autónoma que trabajen en temas relacionados con el programa de Investigación Marina. Por lo menos una de las becas corresponderá a un solicitante que se integre en un grupo del Centro de Investigaciones Marinas de Corón. Se adjuntará, a estos efectos, escrito del director del correspondiente grupo.

-Programa: conservación del patrimonio cultural y desarrollo turístico (orden conjunta de la Consellería de la Presidencia y Administración Pública y de la Consellería de Cultura, Comunicación Social y Turismo de 9 de marzo de 2000, DOG del 28 de marzo).

Nº de becas convocadas: 2.

Requisitos específicos:

1) Estar admitido o haber solicitado la admisión en el curso 2000/2001 en las universidades de A Coruña, Santiago de Compostela o Vigo en alguno de los programas de doctorado que a continuación se relacionan:

Universidad de A Coruña:

-Patrimonio histórico y cultural de Galicia.-Patología y restauración arquitectónica.

Universidad de Santiago de Compostela:

-Geografía: análisis territorial y organización del espacio en Galicia.-Arqueología, historia de la antigüedad y ciencias y técnicas historiográficas.-Estudios sobre historia del arte y de la música.-Medio ambiente y recursos naturales.

Universidad de Vigo:

-Economía aplicada.-Gestión y dirección de empresas.

2) Compromiso de integrase en un grupo de investigación de un centro público de investigación de la Comunidad Autónoma que trabaje en temas relacionados con el programa de Conservación del Patrimonio Cultural y Desarrollo Turístico. Se adjuntará, a estos efectos, escrito del director del correspondiente grupo.

-Programa: investigación agraria (anexo IV de la Orden conjunta de la Consellería de la Presidencia y Administración Pública y de la Consellería de Agricultura, Ganadería y Política Agroalimentaria de 14 de abril de 2000, DOG del 25 de abril).

Nº de becas convocadas: 4.

Requisitos específicos:

1) Estar admitido o haber solicitado la admisión en el curso 2000/2001 en las universidades de A Coruña,

Santiago de Compostela o Vigo en alguno de los programas de doctorado que a continuación se relacionan:

Universidad de Santiago de Compostela:

-Ciencia e ingeniería de los alimentos.-Nutrición y bromatología y tecnología de los alimentos.-Investigación agraria y forestal.-Ingeniería agroforestal.-Introducción a la investigación en medicina, cirugía y sanidad animal.

Universidad de Vigo:

-Calidad ambiental: recursos vegetales y edáficos.-Ciencias del medio natural y de los alimentos: aspectos analíticos y biotecnológicos.-Ingeniería de los recursos naturales y medio ambiente.

2) Compromiso de integrase en un grupo de investigación de un centro público de investigación de la Comunidad Autónoma que trabaje en temas relacionados con el programa de Agricultura, Ganadería y Política Agroalimentarial. Por lo menos una de las becas corresponderá a un solicitante que se integre en un grupo de investigación de un centro perteneciente a la Consellería de Agricultura, Ganadería y Política Agroalimentaria. Se adjuntará, a estos efectos, escrito del director del correspondiente grupo.

-Programa: investigación en medio ambiente (disposición adicional quinta de la orden conjunta de la Consellería de la Presidencia y Administración Pública y de la Consellería de Medio Ambiente de 26 de abril de 2000, DOG del 8 de mayo).

Nº de becas convocadas: 4.

Requisitos específicos:

1) Estar admitido o haber solicitado la admisión en el curso 2000/2001 en las universidades de A Coruña, Santiago de Compostela o Vigo en alguno de los programas de doctorado que a continuación se relacionan:

Universidad de A Coruña:

-Ciencias de la tierra y del medio ambiente.-Química ambiental.-Ciencia y tecnología ambiental.

Universidad de Santiago de Compostela:

-Física aplicada.-Física de partículas y dinámica no lineal.-Ingeniería química y ambiental.-Medio ambiente y recursos naturales.-Ingeniería agroforestal.-Investigación agraria y forestal.-Química.-Métodos numéricos en ecuaciones en derivadas parciales. Aplicaciones en la ingeniería.-Geografía: análisis territorial y organización del espacio en Galicia.-Programa interuniversitario en educación ambiental.-Química orgánica.

Universidad de Vigo:

-Aplicación y microbiología y parasitología.-Biología marina y acuicultura.-Calidad ambiental: recursos vegetales y edáficos.-Biología de los organismos y ecosistemas.-Química fundamental.-Oceanografía y geología de costas.-Ingeniería de los recursos naturales y medio ambiente.-Economía aplicada

2) Compromiso de integrarse en un grupo de investigación de un centro público de investigación de la Comunidad Autónoma que traballe en temas relacionados con el Programa de Medio Ambiente. Por lo menos una de las becas corresponderá a un solicitante que se integre en un grupo de investigación del Centro de Investigaciones Forestales de Lourizán. Se adjuntará, a estos efectos, escrito del director del correspondiente grupo.

-Programa: apoyo a la I+D industrial. Tecnología industrial; (anexo III de la orden conjunta de la Consellería de la Presidencia y Administración Pública, y de la Consellería de Insdustria y Comercio de 12 de junio, DOG del 23 de junio).

Nº de becas convocadas: 4.

Requisitos específicos:

1) Estar admitido o haber solicitado la admisión en el curso 2000/2001 en las universidades de A Coruña, Santiago de Compostela o Vigo en alguno de los programas de doctorado que a continuación se relacionan:

Universidad de A Coruña:

-Ingeniería de unidades e instalaciones navales y oceánicas.-Ingeniería de propulsión y navegación marítima.-Ingeniería civil.-Ingeniería naval y oceánica.-Ingeniería industrial.

Universidad de Santiago de Compostela:

-Ciencia y tecnología de materiales.-Química.-Ingeniería química y ambiental.

Universidad de Vigo:

-Química fundamental.-Ingeniería de diseño y fabricación.-Ingeniería química.-Física aplicada.-Ingeniería electrónica, electricidad y automática.

2) Compromiso de integrarse en un grupo de investigación de un centro público de investigación de la Comunidad Autónoma que trabaje en temas relacionados con el programa de Apoio á I+D Indusstrial. Se adjuntará, a estos efectos, escrito del director del correspondiente grupo.

-Programa: investigación geológica y minera (anexo III de la orden conjunta de la Consellería de la Presidencia y Administsración Pública, y de la Consellería de Industria y Comercio de 7 de junio de 2000, DOG del 22 de junio).

Nº de bolsas: 4.

Requisitos específicos:

1) Estar admitido o haber solicitado la admisión en el curso 2000/2001 en las universidades de A Coruña, Santiago de Compostela o Vigo en alguno de los programas de doctorado que a continuacón se relacionan:

Universidad de A Coruña:

-Ciencias de la tierra y del medio ambiente.

Universidad de Vigo:

-Oceanografía y geología de costas.-Ingeniería de los recursos naturales y medio ambiente.

2) Compromiso de integrarse en un grupo de investigación de un centro público de investigación de la Comunidad Autónoma que trabje en temas relacionados con el programa de investigación geológica y minera. Se adjuntará, a estos efectos, escrito del director del correspondiente grupo.

-Programa: estudios socioeconómicos y jurídicos (anexo III de la orden de la Consellería de la Presidencia y Administración Pública de 8 de febrero, DOG del 21 de febrero).

Nº de becas convocadas: 2.

Requisitos específicos:

1) Estar admitido o haber solicitado la admisión en el curso 2000/2001 en las universidades de A Coruña, Santiago de Compostela o Vigo en alguno de los programas de doctorado que a continuación se relacionan:

Universidad de A Coruña:

-Métodos y técnicas de investigación en la gestión de organizaciones.-Economía cuantitativa: instrumentos y análisis económica.-Tendendias sociales y procesos de integración.-Integración europea ante los retos de la Nueva Economía.-Libertades públicas y derechos fundamentales.

Universidad de Santiago de Compostela:

-El derecho público y las instituciones públicos ante la Unión Europea y el Mercosur.-La contratación en el comienzo del siglo XXI.-Derecho y cambios normativos.-Procesos políticos contemporáneos.-Economía aplicada.-Economía.-Psicoloxía social y básica.

Universidad de Vigo:

-Estadística e investigaciones de operaciones.-Técnicas matemáticas avanzadas y aplicaciones.-Problemática actual de las relaciones y instituciones de derecho privado.-El derecho público en el umbral del sigo XXI.-Economía aplicada.-Retos e innovaciones en el ámbito financiero contable.-Gestión y direccion de empresas.

2) Compromiso de integrarse en un grupo de investigación de un centro público de investigación de la Comunidad Autónoma que trabaje en temas relacionados con el programa de estudios socioeconómicos y jurídicos. Se adjuntará, a estos efectos, escrito del director del correspondiente grupo.

Otras condiciones de la convocatoria:

Análogas a las indicadas en los puntos 1.a), 1.b), 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9 y 10 del anexo I.

ANEXO III

Prórrogas de becas para realizar estudios de doctorado-Programa de Promoción General de la Investigación

1. Solicitantes.

Podrán solicitar la prórroga aquellos alumnos que disfrutaron durante el curso 1999/2000 de una beca de tercer ciclo, modalidad nueva adjudicación, concedida por resolución conjunta de la Secretaría General de investigación y Desarrollo y de la Dirección General de Universidades de 18 de noviembre de 1999 (DOG del 29 de noviembre), siempre que puedan justificar un adecuado aprovechamiento académico en este período, y estén matriculados durante el curso 2000/2001 en el segundo año del programa de estudios de tercer ciclo impartido en las universidades de Galicia.

2. Formalización de las solicitudes.

Las solicitudes, en el modelo oficial nº PXI-21 (que se publica como anexo V a la presente orden y a disposición de los interesados en las dependencias de la Secretaría General de Investigación y Desarrollo, en la Dirección General de Universidades y en los vicerrectorados de investigación de las universidades de Galicia y en Internet en las direcciones http://www.xunta.es/conselle/preside/sxid/index.htm., http://www.cesga.es/sxid o http://www.xunta.es/conselle/ceoug/dxu/index.htm), se presentarán en el registro general de la Consellería de Educación y Ordenación Universitaria, de la Secretaría General de Investigación y Desarrollo o por cualquiera de las formas previstas en el artículo 38.4º de la Ley 30/1992.

Las solicitudes deberán ir, inexcusablemente, acompañadas de la siguiente documentación:

1. Informe realizado por el tutor sobre el cumplimiento académico del solicitante en el curso 1999/2000.

2. Certificación académica de tener superado los créditos del primer año de los estudios de tercer ciclo.

El plazo de presentación de solicitudes remata el día 20 de septiembre de 2000.

3. Período de disfrute.

La duración de estas bolsas es de 12 meses comprendidos entre octubre de 2000 y septiembre de 2001.

4. Tramitación.

Por parte de los servicios de la Secretaría General de Investigación y Desarrollo y de la Dirección General de Universidades se comprobará que todas las solicitudes reúnen los requisitos establecidos en las presentes bases. En el caso de que la documentación adjuntada estuviera incompleta se requerirá al solicitante para que el plazo de diez días complete la documentación o corrija las deficiencias observadas, con advertencia de que, de no hacerlo, se considerará desistido de su petición previa resolución, en los términos establecidos en el artículo 71 de la Ley 30/1992.

5. Otras condiciones de la convocatoria.

Análogas a las indicadas en los puntos 2, 6.1, 7, 8, 9 y 10 del apartado A.