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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 156 Viernes, 11 de agosto de 2000 Pág. 11.912

VI. ANUNCIOS

DE LA ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE TUI

EDICTO.

Con fecha 29 de abril de 2000 se dictó la siguiente resolución por la alcaldía, de conformidad con las competencias que le atribuye el artículo 1 de la Ley 11/1999, que modifica a la Ley 7/1985:

1º Desestimar las alegaciones presentadas por Jesús Martínez Souto, Gabino Martínez Souto, José Martínez Souto, Carlos Martínez Souto, Jesús Ramilo Ramírez y Ángel Sío Pérez (RE 3.800, RE 3.801 y RE 3.818) en referencia a la pretendida inadmisibilidad de la tramitación de estatutos y bases, por cuanto presume la existencia de defectos en el plan parcial a desarrollar ya que este departamento non considera la existencia de elementos impeditivos para proceder a la aprobación definitiva de estatutos y bases de la UEI del SUP nº 5, ya que éstos se ajustan a la normativa vigente y vienen impulsados por propietarios que incorporan, según títulos, más del 50% de la superficie del ámbito y estimar las formuladas por Jesús Martínez Souto, José Martínez Souto, Gabino Martínez Souto, Jesús Ramilo Ramírez, Carlos Martínez Souto y Ángel Sío Pérez (RE 3.812, 3.813, 3.814, 3.815, 3.816 y 3.817) en base a las motivaciones expuestas en el informe de este departamento de fecha 17 de abril del actual,

traslado del cual debe dársele a los alegantes y afectados para su conocimiento y efectos.

2º Aprobar definitivamente el proyecto de estatutos y bases de la unidad de ejecución I del SUP nº 5, conforme a las modificaciones contenidas en la parte expositiva de este informe, condicionando su publicación a que se aporte texto refundido que contenga las modificaciones que fueron introducidas.

3º Designar como representante en el órgano rector de la junta de compensación al alcalde-presidente en calidad de representante del ayuntamiento, como administración urbanística actuante, o concejal en quien delegue.

4º Dispoñer la publicación en el DOG del precedente acuerdo, así como notificación individualizada a los propietarios afectados, requiriendo al mismo tiempo a aquellos propietarios que no solicitaron su incorporación a la junta para que así lo efectúen, si lo desean, en el plazo de un mes contado a partir de la notificación, a tenor de lo estiupulado en el art. 162.4.5 del RGU.

Así se aprueban definitivamente los estatutos y bases al proyecto Plan Parcial Ribadelouro, SUP nº 5 Unidad de Ejecución nº 1, de iniciativa particular, presentado por Manuel Corrales Viso, en representación de Euro-CKP, S.A., con dirección en Tui, Ribadelouro-Madalena, propietaria de la parcela nº 11 de las existentes dentro del ámbito de ejecución del referido plan parcial, que supone el 54,58% de la superficie total de la Unidad de Ejecución, a efectos de ejecución

del planeamiento que se desarrolla, incluyendo la relación de interesados y afectados:

ParcelaPropietario-domicilioSuperficie% de participación

1Martínez Souto4.060 m12,31%

2Martínez Souto825 m2,50%

3Martínez Souto880 m2,67%

4Martínez Souto990 m2,67%

5Bienvenido Gléz. López

(Ribadelouro-Madalena)

970 m2,94%

6Martínez Souto975 m2,96%

7Martínez Souto895 m2,71%

8Martínez Souto1.008 m3,06%

9Martínez Souto979 m2,97%

10Martínez Souto942 m2,85%

11Euro-CKP, S.A.18.007 m54,58%

12Desconocido309 m0,94%

13Desconocido169 m0,51%

14Desconocido169 m0,51%

15Desconocido113 m0,34%

16Desconocido161 m0,49%

17Irene Estévez López

(Ribadelouro-Madalena)

129 m0,39%

18Desconocido189 m0,57%

19Desconocido113 m0,34%

20Manuel Alonso Lorenzo114 m0,35%

21Manuel Alonso Lorenzo105 m0,32 %

22Desconocido45 m0,14 %

23Desconocido13 m0,04 %

Vías830 m2,51 %

Total32.990 m100%

Lo que se hace público para general conocimiento, de conformidad con lo establecido en el artículo 133.4º de la Ley 1/997, de 24 de marzo, del suelo de Galicia, y que remite expresamente el art. 102 del mismo texto legal, significando que contra dicho acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse los siguientes recursos:

a) Contencioso-administrativo ante la jurisdicción competente en el plazo de dos meses contados desde el día seguinte al de la públicación de este anuncio.

b) Cualquier otro recurso que se considere oportuno y sea procedente interponer.

De conformidad con el artículo 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, LRJAP-PAC, por medio de este anuncio y publicación en el tablón de edictos del ayuntamiento se notifica el acuerdo que en el se contiene a todos los propietarios afectados desconocidos, de ignorada dirección, respecto de los cuales no se pueda practicar la notificación intentada.

Tui, 30 de mayo de 2000.

Antonio F. Fernández Rocha

Alcalde