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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 154 Miercoles, 09 de agosto de 2000 Pág. 11.829

VI. ANUNCIOS

DE LA ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA

CONSELLERÍA DE INDUSTRIA Y COMERCIO

RESOLUCIÓN de 12 de julio de 2000, de la Dirección General de Industria, por la que se autorizan y se aprueban las addendas I, II y III al proyecto de ejecución del ramal a Sogama, en los términos municipales de Abegondo, Mesía, Ordes y Cerceda.

Examinado el expediente instruido a instancias de la empresa Sogama, S.A., con domicilio para efectos de notificaciones en Morzós 10 Baixo, As Encrobas-San Román, 15187 Cerceda (A Coruña), resultan los siguientes.

Antecedentes de hecho.

Primero.-Con fecha 4 de enero de 2000, la Dirección Xeral de Industria concede a Sogama, S.A. la autorización administrativa y la aprobación del proyecto de ejecución del Ramal a Sogama, en los términos municipales de Abegondo, Mesía, Ordes y Cerceda.

Segundo.-Con fechas 25 de octubre de 1999, 19 de enero de 2000 y 26 de junio de 2000, la referida empresa solicitó, al amparo de lo establecido en el artículo 78 de la Ley 34/1998, de 7 de octubre, del sector de hidrocarburos, y en el artículo 9 del Reglamento general del servicio público de gases combustibles aprobado por Decreto 2913/1973, de 26 de octubre, la autorización administrativa y la aprobación de las addendas I, II y III al proyecto de instalaciones denominado Ramal a Sogama, acompañando a dichas solicitudes los preceptivos proyectos de instalaciones, que fueron redactados conforme a lo exigido por el Reglamento de redes y acometidas de combustibles gaseosos, aprobado por orden del Ministerio de Industria de 18 de noviembre de 1974, modificado por órdenes del Ministerio de Industria y Energía de 26 de octubre de 1983, de 6 de julio de 1984 y 9 de marzo de 1994.

Las características de las addendas a realizar afectan a los términos municipales de Abegondo, Mesía, Ordes y Cerceda, y en resumen serán las siguientes:

Addenda I.

Incluye dos variantes al trazado original, motivadas por conversaciones mantenidas con los diversos organismos:

-Variante entre V-M-012 y V-M-014-A.

El trazado presentado en el proyecto de autorización de instalaciones se ha variado ligeramente alejándose a unos 100 m de la arista de la carretera de acceso a O Seixo desde la N-550.

Dicha variación afecta a los términos municipales de Ordes y Mesía.

El cruce del ramal con la carretera nacional N-550 se ha modificado, optando por un lugar de cruce más despejado de construcciones, a unos 30 m del cruce original.

La longitud total en dicho intervalo de ramal aumenta en 12 m.

-Variante entre V-M-016 y V-M-025.

Pertenece al término municipal de Ordes y se aumenta la longitud del trazado en 4 m.

Addenda II.

La variante se inicia en el vértice V-M-004 y finaliza en el V-M-009, término municipal de Abegondo, aumentando la longitud de trazado en 356 m.

La traza discurre dentro de la finca «El Abelar», muy próxima a los linderos de la finca y no afectando a las plantaciones de arbolado.

Se mantienen todas las demás características del proyecto, tales como anchura, profundidad de la zanja, sección, espesor y naturaleza de la tubería.

Addenda III.

La modificación, en el término municipal de Cerceda, afecta a dos tramos:

-En el primero entre los vértices V-M-26 y V-M-31, la tubería pasa de subterránea a aérea, discurriendo sobre apoyos de 0,35 a 0,45 m de altura y con las liras y apoyos deslizantes necesarios para absorber las dilataciones. Los primeros 190 m la tubería es de 16'' y los 337 m restantes es de 6'', ya que se ha previsto el posible abastecimiento a la central térmica de Meirama. Esta variante recorre terrenos de la central térmica.

-En el segundo tramo, entre los vértices V-M-30 y la entrada en Sogama, de una longitud de 2.099 m la tubería subterránea va paralela al ferrocarril a Sogama y Limeisa y discurre por terrenos de estas empresas, manteniendo las características que figuran en el proyecto.

Las modificaciones del trazado de la addenda I provocan un aumento de longitud de 16 m, que incrementa el presupuesto original en 447.002 ptas.

Las modificaciones del trazado de la addenda II provocan un aumento de longitud de 356 m, que incrementa el presupuesto original en 9.946.245 ptas.

Las modificaciones del trazado de la addenda III no varían el presupuesto.

Tercero.-Asimismo, se ha solicitado informe de los organismos y entidades competentes sobre determinados bienes públicos y servicios que resultan afectados por la mencionada conducción de gas natural.

Cuarto.-Las solicitudes objeto de este expediente están informadas favorablemente por la Delegación Provincial de A Coruña.

Fundamentos de derecho.

Primero.-La Dirección General de Industria es la competente para resolver este expediente con fundamento en el Estatuto de autonomía de Galicia, el Real decreto 2563/1982, de 24 de julio, el Decreto 132/1982, de 4 de noviembre y el Decreto 99/1998, de 26 de marzo, modificado por el Decreto 181/1999, de 17 de junio, por el que se establece la estructura orgánica de la Consellería de Industria y Comercio, en relación con la Ley 34/1998, de 7 de octubre, del sector de hidrocarburos, con los decretos 2913/1973, de 26 de octubre y 1775/1967, de 22 de julio.

Segundo.-El proyecto cumple con las exigencias reglamentarias fijadas en el citado Decreto 2913/1973, de 26 de octubre, así como las normas o reglamentos que las desarrollan, y el Reglamento de redes y conexiones de combustibles gaseosos aprobado por la orden del Ministerio de Industria de 18 de noviembre de 1974.

Tercero.-Sogama, S.A. procederá igualmente a realizar los cruces y afecciones a organismos públicos de acuerdo con los condicionados e informes realizados o, en su caso, pendientes de realizar.

Por todo lo anterior, debe accederse a lo solicitado por la empresa Sogama, S.A. y, por consiguiente, proceder a autorizar y aprobar las addendas I, II y II al proyecto de ejecución de referencia en los tramos reflejados en el apartado segundo de los antecedentes, correspondientes a los términos municipales de Abegondo, Mesía, Ordes y Cerceda.

Vistos los preceptos legales citados y los demás de pertinente y general aplicación, esta dirección general

RESUELVE:

-Otorgar a Sogama, S.A. la autorización administrativa y la aprobación del proyecto de ejecución de las instalaciones que se contemplan en las addendas I, II y III al ramal a Sogama, en los términos municipales de Abegondo, Mesía, Ordes y Cerceda (A Coruña).

Esta autorización administrativa se otorga conforme a las mismas condiciones estipuladas en la resolución dictada por esta dirección genereal con fecha 4 de enero de 2000, por la que se autorizó y aprobó a Sogama, el proyecto ramal a Sogama.

Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerese, en su caso, recurso de alzada ante el conselleiro de Industria y Comercio, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente a la publicación.

Santiago de Compostela, 12 de julio de 2000.

Ramón Ordás Badía

Director general de Industria