Ante este Jurado Provincial de Montes Vecinales en Mano Común se tramita la ampliación del expediente de clasificación número 26/1977, que en conjunto reuniría las características que a continuación se indican:
Denominación: monte de Sirgueiros (parcelas: Agra, Serra, Bustela, Val da Costa y Pena da Roda).
Comunidad propietaria: vecinos de la parroquia de Sirgueiros.
Ayuntamiento: O Incio.
Superficie total: 65 hectáreas.
Límites de la parcela nº 1-Agra-0,8 hectáreas.
Norte, este y oeste: fincas particulares de vecinos de la parroquia de Toldaos.
Sur: camino de servidumbre con dirección Sirgueiros-Reboredo, que linda con fincas particulares de vecinos de la parroquia de Toldaos.
Límites de la parcela nº 2-Serra-48,8 hectáreas.
Norte: fincas particulares de vecinos de la parroquia de Sirgueiros.
Este: fincas particulares de la parroquia de Toldaos.
Sur: camino real que linda con el monte vecinal en mano común de Hospital de O Incio y fincas particulares de la parroquia de A Cruz de O Incio.
Oeste: fincas particulares de vecinos de la parroquia de Sirgueiros.
Límites de la parcela nº 3-Bustela-4,1 hectáreas.
Norte, este y oeste: poligonal de las fincas particulares que rodean a la parcela.
Sur: monte vecinal en mano común de A Cruz de O Incio.
Límites de la parcela nº 4-Val da Costa-8 hectáreas.
Norte, este, sur y oeste: poligonal de las fincas particulares que rodean a la parcela.
Límites de la parcela nº 5-Pena da Roda-3,3 hectáreas.
Norte y oeste: camino de servidumbre que linda con el monte vecinal en mano común de Rendar y fincas particulares de vecinos de la parroquia de Rendar.
Sur y este: fincas particulares de vecinos de las parroquias de Rendar y Sirgueiros.
En virtud de lo acordado por el jurado en la sesión que tuvo lugar el día 14 de diciembre de 1999 y
en cumplimiento de la orden del instructor, conforme a lo dispuesto en la Ley de montes vecinales en mano común de 10 de octubre de 1989 y demás disposiciones de aplicación, por este edicto se hace pública la iniciación para la posible ampliación del expediente indicado con el objeto de que, de acuerdo con lo previsto en el artículo 23 del reglamento aprobado por el Decreto 260/1992, de 4 de septiembre, para la ejecución de la citada ley, cuantas personas, organismos y corporaciones resulten interesadas, puedan comparecer e intervenir en el expediente iniciado y formular ante el jurado, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación del presente edicto en el Diario Oficial de Galicia, cuantas alegaciones estimen oportunas en la defensa de los derechos que crean asistirles en relación con el monte, aportando, si es el caso, la documentación que consideren conveniente al respecto.
Lugo, 30 de junio de 2000.
Luis González Vázquez
Presidente del Jurado Provincial de Montes
Vecinales en Mano Común de Lugo