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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 144 Miercoles, 26 de julio de 2000 Pág. 11.252

III. OTRAS DISPOSICIONES

CONSELLERÍA DE POLÍTICA TERRITORIAL, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA

RESOLUCIÓN de 6 de julio de 2000 por la que se le da publicidad a la parte dispositiva de la sentencia 828/1994, de 24 de noviembre, de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia.

Visto por la sección segunda de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia el recurso contencioso-administrativo número 02/0004090/1992, interpuesto por José García García y otros, contra la orden del conselleiro de Ordenación del Territorio y Obras Públicas da la Xunta de Galicia, de 27 de diciembre de 1990, y contra la desestimación presunta por silencio administrativo del recurso de reposición formulado contra la mencionada resolución, sobre aprobación definitiva del proyecto de revisión y adaptación del Plan general de ordenación urbana de Lugo; se dictó la sentencia 828/1994, de 24 de noviembre, ahora firme, por la que se estimaba dicho recurso.

Por lo tanto, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 103 y siguientes de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, y con el fin de llevar a puro y debido efecto dicha sentencia, este departamento resuelve dar publicidad a la parte dispositiva de la sentencia 828/1994, de 24 de noviembre, que seguidamente se transcribe:

«Fallamos: que debemos estimar y estimamos el recurso contencioso administrativo interpuesto por José García García y demás citados en el encabezamiento de esta sentencia contra la orden del conselleiro de Ordenación del Territorio y Obras Públicas de la Xunta de Galicia, de 27-12-1990, de aprobación definitiva del proyecto de revisión y adaptación del Plan general de ordenación urbana de Lugo, y contra la desestimación presunta por silencio administrativo del recurso de reposición formulado contra la mencionada resolución y, en consecuencia, debemos anular y anulamos el acuerdo impugnado en el extremo relativo a la clasificación como SUNP de los terrenos de la parte actora colindantes con el tramo de la Ronda del Carmen comprendido entre el cruce de la segunda ronda con la antigua carretera de Ombreiro, actualmente plaza del Ejército Español, y la calle o carretera vieja de Santiago de Compostela, y disponemos que dichos terrenos han de ser clasificados como suelo urbano».

Santiago de Compostela, 6 de julio de 2000.

P.D. (Orden 13-12-1993)

José Antonio Fernández Vázquez

Secretario general de la Consellería de Política

Territorial, Obras Públicas y Vivienda