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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 141 Jueves, 20 de julio de 2000 Pág. 11.126

VI. ANUNCIOS

DE LA ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA

CONSELLERÍA DE INDUSTRIA Y COMERCIO

RESOLUCIÓN de 22 de junio de 2000, de la Dirección General de Industria, por la que se autoriza y se aprueba el proyecto de ejecución de la subestación de los parques eólicos de Muras I y II, en el ayuntamiento de Muras (Lugo). (Expediente 4/2000).

Examinado el expediente instruido a instancias de Sistemas Energéticos Muras, S.A. con domicilio a efectos de notificación en avda. do Cruceiro da Coruña, 201-A; 15705 Santiago de Compostela (A Coruña), resultan los siguientes,

Antecedentes de hecho.

Primero.-El día 13 de diciembre de 1999, Sistemas Energéticos Muras, S.A. (Semu) solicita la autorización administrativa de la subestación parques eólicos Muras I y II (modificado proyecto parque eólico Muras) y la aprobación de su proyecto de ejecución.

Acompaña a dicha solicitud el preceptivo proyecto a que hacen referencia los artículos 8 y 12 de Decreto 2617/1966, de 20 de octubre, sobre autorización de instalaciones eléctricas, de aplicación al presente expediente según lo dispuesto en la disposición transitoria primera de la Ley 54/1997, de 28 de noviembre, del sector eléctrico.

Las características técnicas básicas de la instalación son las siguientes:

Subestación transformadora 20/132 kV de dos posiciones para la evacución de la energía producida en los parques eólicos de Muras I y Muras II, compuesta por dos transformadores principales 20/132 kV de 30 mVA de potencia nominal cada uno y un transformador para servicios auxiliares 20/0,42-0,24 kV de 50 kVA de potencia nominal unitaria, con los

correspondientes equipos de control, seccionamiento, maniobra, medida y protección.

Segundo.-El citado proyecto se sometió a información pública, por resolución de la Delegación Provincial de la Consellería de Industria y Comercio de Lugo de 28 de febrero de 2000, publicándose en el DOG del 30 de marzo y en el BOP de Lugo de 31-3-2000.

Durante el período legalmente establecido no se recibieron alegaciones.

Tercero.-La solicitud objeto de este expediente está informada favorablemente por la Delegación Provincial de Lugo.

Fundamentos de derecho.

Primero.-La Dirección General de Industria es la competente para resolver este expediente con fundamento en el Estatuto de autonomía de Galicia, el Real decreto 2563/1982, de 24 de julio, el Decreto 132/1982, de 4 de noviembre, el Decreto 99/1998, de 26 de marzo, por el que se establece la estructura orgánica de la Consellería de Industria y Comercio, modificado por el Decreto 181/1999, de 21 de junio, en relación con el Decreto 2617/1966, de 20 de octubre, y la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del sector eléctrico.

Segundo.-En el expediente instruido al efecto se han cumplido los trámites reglamentarios.

Esta dirección general, de acuerdo con lo que antecede y en el ejercicio de las competencias que le atribuyen los artículos 11 y 14 del Decreto 2617/1966,

RESUELVE:

-Autorizar la subestación de los parques eólicos de Muras I y II.

-Aprobar el proyecto de ejecución de la citada subestación.

Contra la presente resolución, que no es definitiva en vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada ante el conselleiro de Industria y Comercio de la Xunta de Galicia, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación.

Santiago de Compostela, 22 de junio de 2000.

Ramón Ordás Badía

Director general de Industria