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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 140 Miercoles, 19 de julio de 2000 Pág. 11.091

VI. ANUNCIOS

DE LA ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA

CONSELLERÍA DE SANIDAD Y SERVICIOS SOCIALES

CÉDULA de 26 de junio de 2000, de la Delegación Provincial de Lugo, por la que se comunica la resolución del expediente sancionador S-1/2000 incoado a Amadeo Rodríguez Castro.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.4º y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, por la presente cédula se notifica a Amadeo Rodríguez Castro la resolución del delegado provincial de Sanidad y Servicios Sociales de Lugo, de 6 de abril de 2000, después de haberse intentado la notificación de la misma en el último domicilio conocido sin resultado positivo.

El correspondiente expediente figura a disposición del interesado para conocimiento íntegro y constancia del mencionado acto en las dependencias de la Delegación Provincial de Sanidad y Servicios Sociales de Lugo, edificio administrativo de la Xunta de Galicia en Lugo, Ronda de la Muralla nº 70-bajo 2º.

La sanción impuesta, el plazo de ingreso y el procedimiento de pago figuran en el anexo siguiente.

Lugo, 26 de junio de 2000.

Luis Abades Álvarez

Delegado provincial de Lugo

ANEXO

Expediente: S-1/2000.

1. Denunciado: Amadeo Rodríguez Castro. DNI: 35.224.429.

2. Último domicilio conocido: Penatoares nº 4-3º D, 36209 Lalín-Pontevedra.

3. Hechos imputados: como consecuencia de la labor inspectora y de control de las condiciones sanitarias

de producción y comercialización de productos pesqueros y de la acuicultura que tienen atribuida los funcionarios de la Jefatura Provincial de la Policía Autonómica de Lugo, con fecha de 26 de noviembre de 1999 se procedió a la identificación de Amadeo Rodríguez Castro, con DNI nº 35.224.429, que realizaba venta de pescado fresco careciendo del carnet de manipulador de alimentos. Estos hechos quedan reflejados en el acta de inspección Rº. Sª. 2328 del día 26 de noviembre de 1999, de la Jefatura Provincial de la Policía Autonómica en Lugo.

Resultado de la citada inspección, la Delegación Provincial de la Consellería de Sanidad y Servicios Sociales en Lugo incoó expediente administrativo sancionador nº S-1/2000 mediante Resolución de 7 de enero de 2000, por supuestas infracciones de las normas sanitarias aplicables a la producción y comercialización de productos pesqueros y de la acuicultura.

4. Preceptos infringidos: artículo 35.a) 3º de la Ley 14/1986, de 25 de abril, general de sanidad; artículo 2.1º.1. del Real decreto 1945/1983, de 22 de junio, por el que se regulan las infracciones y sanciones en materia de defensa del consumidor y de la producción agroalimentaria; artículo 1.1º.d) del Decreto 157/1985, de 11 de julio de la Xunta de Galicia, por el que se regulan las infracciones y sanciones en materia sanitaria; artículo 4.1º del Decreto 239/1986, de 24 de julio, de la Xunta de Galicia, por el que se aprueba el Reglamento de manipuladores de alimentos.

5. Calificación de la infracción: de acuerdo con el artículo 35 a) 3º de la Lei 14/1986, de 25 de abril, general de sanidad, debe calificarse como leve.

6. Sanción impuesta: treinta mil pesetas (30.000 ptas.).

7. Plazo de ingreso: de conformidad con lo dispuesto en el artículo 20 del Real decreto 1684/1990, Reglamento general de recaudación, de 20 de diciembre, dicho plazo es el siguiente:

a) Las sanciones notificadas entre los días 1 e 15 de cada mes, se deberán pagar desde la fecha de notificación hasta el día 5 del mes siguiente, o el inmediato día hábil posterior.

b) Las sanciones notificadas entre los días 16 e último de cada mes, se deberan pagar desde la fecha de notificación hasta el día 20 del mes siguiente, o el inmediato día hábil posterior.

Si, no obstante, dejase transcurrir los plazos indicados, le será exigido el ingreso por vía ejecutiva.

8. Procedimiento de pago: de acuerdo con la Orden de 22 de mayo de 1987, de la Consellería de Economía y Hacienda, el pago se efectuará mediante transferencia bancaria a la Xunta de Galica, cuenta restringida de la Consellería de Sanidad y Servicios Sociales, recaudación de multas y sanciones, con número de cuenta 0182-5947-11-0010140179 de la sucursal del BBV, Banco Bilbao Vizcaya, con domicilio en Santiago de Compostela.

9. Recurso procedente: en cumplimiento de los artículos 114 a 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviem

bre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, modificada por la Lei 4/1999, de 13 de enero, el interesado dispone del plazo de un mes, desde la publicación de esta resolución, para interponer recurso de alzada ante el cnselleiro de Sanidad y Servicios Sociales, edificio administrativo San Caetano, en Santiago de Compostela.

Lugo, 26 de junio de 2000.

Luis Abades Álvarez

Delegado provincial de Lugo