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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 140 Miercoles, 19 de julio de 2000 Pág. 11.070

III. OTRAS DISPOSICIONES

CONSELLERÍA DE EDUCACIÓN Y ORDENACIÓN UNIVERSITARIA

ORDEN de 22 de junio de 2000 por la que se autoriza la apertura y funcionamiento del centro privado Harmonía de Lugo para impartir las enseñanzas de música correspondientes a los grados elemental y medio.

Según lo dispuesto en el artículo 31 del Estatuto de autonomía de Galicia, es competencia de la Comunidad Autónoma gallega la reglamentación y administración de la enseñanza en toda su extensión, niveles y grados, modalidades y especialidades y el artículo 1 del Decreto 213/1998, de 10 de julio (DOG del 23), establece que la Consellería de Educación y Ordenación Universitaria es el órgano de la Administración de la Comunidad Autónoma de Galicia al que le corresponden dichas competencias.

Examinado el expediente promovido por José Carlos González Vila, en representación de la sociedad González Pérez, C.B., solicitando autorización de apertura de un centro para impartir las enseñanzas musicales de grados elemental y medio que establece la Ley orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de ordenación xeral del sistema educativo.

Vistos los informes de la Delegación Provincial da Consellería de Educación e Ordenación Universitaria de Lugo sobre el cumplimiento efectivo de los requisitos mínimos que establece el Real decreto 389/1992, de 15 de abril, para los centros que impartan las enseñanzas artísticas regladas previstas en el capítulo primeiro, título II de la Ley orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de ordenación general del sistema educativo, y que la estructura y planificación académica del centro se ajusta a lo dispuesto en el Decreto 253/1993, de 29 de julio (DOG del 25 de octubre), por el que se establece el currículum del grado elemental y del grado medio de las enseñanzas de música y el acceso a dichos grados.

Esta consellería, por propuesta de la Dirección Xeral de Centros e Inspección Educativa,

DISPONE:

Primero.-Se autoriza al centro privado Harmonía de Lugo para impartir las enseñanzas correspondientes

a los grados elemental y medio establecidas en la Ley 1/1990, de 3 de octubre, de ordenación general del sistema educativo, según los datos que figuran en el anexo de esta orden.

Segundo.-En cumplimiento de lo que establece la disposición adicional tercera del Decreto 253/1995, de 29 de septiembre, el centro autorizado de música Harmonía queda adscrito, a efectos administrativos, al Conservatorio profesional de música de Lugo.

Tercero.-La presente autorización para impartir las enseñanzas musicales de grados elemental y medio surtirá efectos a partir del curso académico 2000-2001.

Cuarto.-El mencionado centro queda obligado al cumplimiento de la legislación vigente y solicitar la oportuna revisión cuando tenga que modificarse cualquiera de los datos señalados en la presente orden.

Quinto.- Contra la presente orden, que agota la vía administrativa, los interesados podrán interponer recurso potestativo de reposición ante el conselleiro de Educación y Ordenación Universitaria, en el plazo de un mes, a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de Galicia, según lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 4/1999 (BOE del 14 de enero), de modificación de la Ley 30/1992, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, o bien directamente el recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante el Tribunal Superior de Justicia de Galicia.

Disposición transitoria

El centro podrá impartir, además, con validez académica oficial, las enseñanzas de las materias correspondientes al plan de estudios reglamentado por el Decreto 2618/1966, de 10 de septiembre (BOE del 24 de octubre), que no fueran suprimidas por el Real Decreto 986/1991, de 14 de junio (BOE del 25 de junio), modificado por los RR.DD. 535/1993, de 12 de abril (BOE del 4 de mayo), 1487/1994, de 1 de julio (BOE del 28 de julio), 1468/1997, de 19 de septiembre (BOE del 20 de septiembre), 173/1998, de 16 de febrero (BOE del 17 de febrero) y el Real Decreto 1112/1999, de 25 de junio (BOE del 8 de julio).

Disposiciones finales

Primera.- Se faculta a la Dirección Xeral de Centros e Inspección Educativa para dictar las medidas necesarias para el desarrollo de la presente orden.

Segunda.- La presente orden entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 22 de junio de 2000

Celso Currás Fernández

Conselleiro de Educación y Ordenación

Universitaria

ANEXO

Provincia: Lugo.

Ayuntamiento: Lugo.

Localidad: Lugo.

Dirección: plaza de la Milagrosa, 10.

Código: 27020574.

Titular: González Pérez, C.B.

Denominación: Centro Autorizado de Música Harmonía.

Puestos escolares: grado elemental: 100; grado medio: 180.