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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 134 Martes, 11 de julio de 2000 Pág. 10.746

VI. ANUNCIOS

DE LA ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE A GUARDA

APROBACIÓN definitiva del proyecto de compensación del Plan parcial de Sa, SUP 7.

El Pleno del Ayuntamiento de A Guarda, en sesión ordinaria celebrada el día veintiséis de mayo del año dos mil, entre otros acuerdos tomó el siguiente:

Aprobar definitivamente el proyecto de compensación del lan parcial de Sa SUP 7, determinándose que la formalización de este proyecto de compensación se efectúe en documento administrativo con las solemnidades y requisitos dispuestos para las actas de los acuerdos de este ayuntamiento con el contenido legalmente exigido, o bien mediante escritura pública si así lo prefiere la junta de compensación y por cuenta de la misma. En cualquier caso el documento en el que se formalice será inscrito en el Registro de la Propiedad, después de su protocolización notarial, siendo ambas obligaciones por cuenta de la junta.

Publicar el presente acto administrativo en el tablón de edictos del ayuntamiento y Diario Oficial de Galicia y notificarlo individualizadamente a los interesados con comunicación de testimonio del mismo, a la Consellería de Política Territorial, Obras Públicas y Vivienda de la Xunta de Galicia.

Lo que se hace pública para general conocimiento.

Contra dicho acuerdo, de carácter definitivo en la vía administrativa podrán entablar los siguientes recursos:

-Potestativamente recurso de reposición ante el mismo órgano que dictó el acto, en el plazo de un mes desde la fecha de publicación de la presente resolución, en el supuesto de interponer recurso de reposición, no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que sea resuelto expresamente o se produzca su desestimación por silencio administrativo. Transcurrido un mes desde la interposición del recurso de reposición sin que se notifique su resolución, se entenderá desestimado por silencio administrativo y quedará expedita la vía contencioso-administrativa.

-El contencioso-administrativo puede presentarse directamente, ante la correspondiente sala del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, o ante el juzgado del contencioso en los supuestos previstos en el artículo 8 de la Ley 29/1998, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente al de la publicación del presente acuerdo.

-Cualquier otro que se estime procedente interponer.

A Guarda, 13 de junio de 2000.

El alcalde

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