Visto el expediente instruido a efectos de transmisión de vivero Deiro VI, y de la concesión administrativa que lo ampara, resulta:
A) Antecedentes de hecho:
Primero.-Mediante escrito de fecha 4-2-2000, Sofía Gómez García solicitó autorización para la transmisión de concesión del vivero Deiro VI.
Segundo.-Los informes del Servicio de Protección de Recursos sobre las características del vivero y del Servicio Técnico Jurídico sobre la tramitación del expediente son favorables.
B) Fundamentos jurídicos:
Primero.-Este órgano es competente para resolver el expediente de conformidad con la Ley 6/1993, de 11 de mayo, de pesca de Galicia, y con Orden de 14 de junio de 1999 de delegación de competencias en los delegados territoriales de la Consellería de Pesca, Marisqueo y Acuicultura.
Segundo.-El expediente siguió todos los trámites establecidos en el procedimiento administrativo
común, con las especialidades previstas en el Decreto 406/1996, de 7 de noviembre, por lo que se aprueba el Reglamento de viveros de cultivos marinos en las aguas de Galicia, y en la Orden de 15 de junio de 1999 por la que se regula el procedimiento para la transmisión de la titularidad de las concesiones de los viveros de cultivos marinos en las aguas de Galicia.
Vistas las disposiciones citadas, a propuesta de la resolución elaborada por el Servicio de Recursos Marinos, el artículo 89 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, y demás normas de general y pertinente aplicación, tuve a bien dictar la siguiente
RESOLUCIÓN:
Autorizar la transmisión inter vivos, a favor de Alberto-Antonio González Gómez (35.454.108), de la concesión administrativa del vivero que se indica a continuación:
-Identificación:
Tipo: batea.
Nombre: Deiro VI.
Ubicación: 92 Cambados A.
Especies autorizadas: mejillón (M. galloprovincialis).
-Título habilitante:
Orden otorgamiento: 29-2-1964.
Remate vigencia: 30-3-2004.
Actual titular: Sofía Gómez García (35.399.585) e José Mª González Rios (35.388.015).
Nuevo titular: Alberto-Antonio González Gómez (35.454.108).
Bajo las siguientes condiciones:
Primera.-El actual titular deberá presentar en el plazo máximo de un mes, contado desde el día siguiente al de la publicación de la presente orden en el Diario Oficial de Galicia, original y fotocopia cotejada de la siguiente documentación:
a) Documento notarial de transmisión o donación.
b) Solicitud o carta e pago del impuesto de transmisiones patrimoniales o documento de sucesiones.
Segunda.-Transcurrido el plazo indicado en condición primera sin tener aportado la documentación requerida, la autorización quedará sin efecto, previa comunicación por parte de la consellería.
Tercera.-El nuevo titular de la concesión queda subrogado en los derechos y obligaciones del anterior, desde el momento de formalización de compra venta en escritura pública.
Contra esta resolución, que agota la vía administrativa, se podrá interponer recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes ante el conselleiro de Pesca, Marisqueo y Acuicultura, o recurso contencioso-administrativo, ante la jurisdicción contencioso-administrativa, que se interpondrá en el plazo de dos meses contados en ambos casos desde el día siguiente al de la publicación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 116 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, modificada por la Ley 4/1999,
de 13 de enero, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común y el artículo 46.1º de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.
Vigo, 8 de junio del 2000.
P.D. (Orden 14-6-1999, DOG nº 120 del 24)
Rosa Mª Quintana Carballo
Delegada territorial de Pontevedra