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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 132 Viernes, 07 de julio de 2000 Pág. 10.577

III. OTRAS DISPOSICIONES

CONSELLERÍA DE ECONOMÍA Y HACIENDA

DECRETO 182/2000, de 22 de junio, por el que se aprueba la elaboración de una estadística sobre las personas mayores de 65 años de la Comunidad Autónoma de Galicia: perfiles y necesidades.

El artículo 8 de la Ley 9/1988, de 19 de julio, de estadística de Galicia, modificada por la Ley 7/1993, de 24 de mayo, establece que la Xunta de Galicia, con carácter excepcional, podrá disponer por decreto la elaboración de estadísticas no incluidas en el Plan Gallego de Estadística si apreciase su conveniencia y después de transcurrido un año desde la aprobación del Plan Gallego de Estadística.

Para proceder a la planificación de los nuevos servicios sociales y dar respuesta a las nuevas demandas sociales que están produciendo los cambios demográficos con el progresivo envejecimiento de la población, se considera conveniente la elaboración de una estadística sobre los perfiles y las necesidades de servicios sociales de los mayores de 65 años de la Comunidad Autónoma de Galicia.

La información que se obtendrá de esta estadística ayudará a cumplir el objetivo central del Plan Gallego de Estadística 1998-2001, aprobado por la Ley 6/1997, de 31 de julio, de conseguir un conjunto coherente, fiable y actualizado de datos estadísticos que permita el conocimiento de la realidad económica, demográfica y social de Galicia. Asimismo, ayudará a cumplir el objetivo operativo de información en el área de estadísticas sociolaborales, culturales y ambientales del artículo 8 del citado plan, en el punto de indicadores sociales y condiciones de vida.

En virtud de todo lo anterior, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 8 de la Ley 9/1988, de 19 de julio, a iniciativa de la Consellería de Sanidad y Servicios Sociales y a propuesta del conselleiro de Economía y Hacienda, de acuerdo con el Consejo Gallego de Estadística y previa deliberación del Consello de la Xunta de Galicia en su reunión del día veintidós de junio de dos mil,

DISPONGO:

Artículo 1º

Se aprueba la elaboración de una estadística sobre las personas mayores en Galicia: perfiles y necesidades con las características recogidas en el anexo de este decreto.

Artículo 2º

La estadística que aprueba este decreto estará sometida a las reglas generales y específicas establecidas en el Decreto 319/1999, de 3 de diciembre, por el que se aprueba el Programa Estadístico Anual de la Comunidad Autónoma de Galicia para 2000, y se ajustará a la legalidad y a la normativa técnica vigente en materia estadística.

Disposiciones finales

Primera.-Se faculta al conselleiro de Economía y Hacienda para dictar cuantas disposiciones sean necesarias para el desarrollo y ejecución de la presente norma.

Segunda.-La presente disposición entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, veintidós de junio de dos mil.

Manuel Fraga Iribarne

Presidente

José Antonio Orza Fernández

Conselleiro de Economía y Hacienda

ANEXO

Objetivo operativo de información.

Área de estadísticas sociolaborales, culturales y medioambientales-indicadores sociales y condiciones de vida.

Nombre: estadística sobre las personas mayores en Galicia: perfiles y necesidades.

Organismo responsable: Consellería de Sanidad y Servicios Sociales, Consellería de Familia y Promoción del Empleo, Mujer y Juventud y la Universidad de Vigo.

Objetivo: conocimiento de la situación actual de las personas mayores en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Galicia.

Grado de dificultad: complejo

Coste estimado: muy bajo

Disponibilidad: plazo corto.