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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 129 Martes, 04 de julio de 2000 Pág. 10.447

IV. OPOSICIONES Y CONCURSOS

CONSELLERÍA DE LA PRESIDENCIA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

RESOLUCIÓN de 23 de junio de 2000, de la Dirección General de la Función Pública, por la que se da publicidad a la modificación de las listas para la cobertura con carácter temporal de puestos de trabajo reservados a personal laboral, publicada por Resolución de 29 de febrero de 2000, correspondiente a la categoría 3 (auxiliar de clínica y otros) (lista B), del grupo IV.

El conselleiro de la Presidencia y Administración Pública dictó, en fecha 14 de abril de 2000, resolución estimatoria del recurso formulado por Mª Edita Rodríguez Lapido, y en fecha 23 de junio resolución estimatoria del recurso formulado por Mónica Susana Ríos Dávila contra la Resolución del 29 de febrero de 2000, por la que se hacen públicas las listas definitivas para la cobertura con carácter temporal de puestos de trabajo reservados a personal laboral, reguladas en el Decreto 89/1997, de 10 de abril, correspondientes a la categoría 3 (auxiliar de clínica y otros) (lista B) del grupo IV.

Dado que el carácter de la resolución es estimatorio de las peticiones de las interesadas, procede dar la debida publicidad a la modificación provocada por éstas, en las listas publicadas por Resolución de 29 de febrero de 2000, en el sentido de que debe figurar en la lista para la cobertura con carácter temporal de puestos correspondientes a la categoría 3 (auxiliar de clínica y otros) (lista B) del grupo IV, con los siguientes datos:

Mónica Susana Ríos Dávila, DNI 33.288.609, lista B, puntuación: 2,200:

En el puesto número 208 en el ámbito geográfico X1505; en el puesto número 85 en el ámbito geográfico X1506; en el puesto número 31 en el ámbito geográfico X1509, y en el puesto número 72 en el ámbito geográfico X1514.

Mª Edita Rodríguez Lapido, DNI 33.825.628, lista B, puntuación: 1,470:

En el puesto número 42 en el ámbito geográfico X1501; en el puesto número 97 en el ámbito geográfico X1502; en el puesto número 68 en el ámbito geográfico X1503; en el puesto número 33 en el ámbito geográfico X1504; en el puesto número 275 en el ámbito geográfico X1505; en el puesto número 135 en el ámbito geográfico X1506; en el puesto número 33 en el ámbito geográfico X1507; en el puesto número 45 en el ámbito geográfico X1508; en el puesto número 55 en el ámbito geográfico X1509; en el puesto número 57 en el ámbito geográfico X1510; en el puesto número 45 en el ámbito geográfico X1511; en el puesto número 60 en el ámbito geográfico X1512; en el puesto número 82 en el ámbito geográfico X1513; en el puesto número 117 en el ámbito geográfico X1514; en el puesto número 32 en el ámbito geográfico X2701; en el puesto número 60 en el ámbito geográfico X2702; en el puesto número 38 en el ámbito geográfico X2703; en el puesto número 23 en el ámbito geográfico X2704; en el puesto número 169

en el ámbito geográfico X2705; en el puesto número 48 en el ámbito geográfico X2706; en el puesto número 93 en el ámbito geográfico X2707; en el puesto

número 33 en el ámbito geográfico X2708; en el puesto número 53 en el ámbito geográfico X2709; en el puesto número 162 en el ámbito geográfico X2710; en el puesto número 60 en el ámbito geográfico X2711; en el puesto número 50 en el ámbito geográfico X2712; en el puesto número 69 en el ámbito geográfico X3601; en el puesto número 36 en el ámbito geográfico X3602; en el puesto número 55 en el ámbito geográfico X3603; en el puesto número 45 en el ámbito geográfico X3604; en el puesto número 51 en el ámbito geográfico X3605; en el puesto número 148 en el ámbito geográfico X3606; en el puesto número 105 en el ámbito geográfico X3607; en el puesto número 49 en el ámbito geográfico X3608; en el puesto número 205 en el ámbito geográfico X3609, y en el puesto número 94 en el ámbito geográfico X3610.

En consecuencia, se varía correlativamente el orden de prelación de los solicitantes posteriores incluidos en la lista correspondiente.

La presente resolución no afecta a las modificaciones y/o exclusiones producidas como consecuencia de la propia gestión de las listas.

Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, los interesados podrán interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el conselleiro de la Presidencia y Administración Pública en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de la publicación de la presente resolución, o directamente el recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente de su publicación, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de A Coruña, conforme al artículo 14.2º de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Santiago de Compostela, 23 de junio de 2000.

Joaquín López-Rúa Soler

Director general de la Función Pública