Por medio de esta cédula se les notifica a los denunciados, con los datos y último domicilio conocido que se señalan en el anexo, las resoluciones sancionadoras dictadas por el subdirector general de Inspección de Transportes, recaídas en los expedientes sancionadores que se citan en el anexo.
Se les hace saber el derecho que les asiste de interponer recurso de alzada ante el director general de
Transportes dentro del plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de la publicación de esta cédula.
En caso de conformidad con estas resoluciones deberán hacer efectiva la multa mediante transferencia bancaria a favor del Tesoro de la Hacienda gallega, cuenta restringida de recaudación de multas y sanciones número 13.763.720 del Banco Bilbao-Vizcaya, Argentaria, S.A., sucursal de Santiago de Compostela.
Para que conste, les sirva de notificación a los citados denunciados, y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 59.4º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre (BOE del 27 de noviembre), de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, expido, firmo y sello esta cédula en Santiago de Compostela, 24 de mayo de 2000.
Carlos González Rodríguez
Subdirector general de Inspección de Transportes
ANEXO
infringido sancionador impuesta
-Expediente-Matrícula-Denunciante -Denunciado-Última dirección conocida -Hecho denunciado-Fecha-Hora-Carretera-p.k. -Precepto
-Precepto
-Sanción
VI-4297-I
Policía Municipal Gándara, 19, 36740 Tomiño (Pontevedra)
PO-01525-S-1999
Manuel Gándara Alonso
Circular transportando gaseosas, careciendo de la correspondiente tarjeta de transportes. Servicio privado; 20-4-1999; 9.40 Artículo 103 de la Ley 16/1987 y artículo 158 del R.D. 1211/1990 143 Ley 16/1987, 201 R.D. 1211/1990 50.000 pesetas