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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 119 Martes, 20 de junio de 2000 Pág. 9.592

IV. OPOSICIONES Y CONCURSOS

CONSELLERÍA DE EDUCACIÓN Y ORDENACIÓN UNIVERSITARIA

ORDEN de 16 de junio de 2000 por la que se convoca concurso de méritos específico entre funcionarios de carrera de los cuerpos docentes que imparten enseñanzas en niveles no univesitarios, para cubrir puestos de profesores en plazas sometidas a convenio o a programas específicos de la Consellería de Educación y ordenación Universitaria.

El Decreto 244/1999, de 29 de julio, por el que se regula la cobertura de diversas plazas por funcionarios públicos docentes que imparten enseñanzas de niveles no universitarias, dispone, en su artículo 3º, punto 2, que en los convenios que a Administración educativa establezca con otras administraciones públicas, universidades, instituciones, entidades o empresas sin ánimo de lucro, para la realización de actividades educativas, deberán ser provistas a través de un concurso específico de méritos para su provisión mediante nombramiento temporal, con la reserva del puesto de trabajo de origen y por el tiempo que se establezca en la correspondiente convocatoria, que en ningún caso podrá exceder en más de seis años.

Siendo preciso la provisión de distintas plazas como consecuencia de los diversos convenios entre la Administración educativa y las distintas instituciones o entidades a las que se refiere el artículo 3 del Decreto 244/1999, de 29 de julio, y teniendo en cuenta la habilitación que figura en la disposición última primera de dicho decreto que autoriza al conselleiro de Educación e Ordenación Universitaria para dictar las

disposiciones que sean precisas para la aplicación de lo dispuesto en el referido decreto.

Es por lo que la Consellería de Educación y Ordenación Universitaria,

DISPONE:

Primero.-Convocar concurso público de méritos específico entre funcionarios de carrera de los cuerpos docentes que impartan enseñanzas de niveles no universitarias, para adjudicar en comisión de servicios las plazas que figuran en el anexo I de esta orden.

Segundo.-Podrán participar en esta convocatoria los funcionarios de carrera de los cuerpos docentes que impartan enseñanzas de niveles no universitarias con destino actual en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Galicia, que cuenten, por lo menos, con tres años de servicio como docentes en centro públicos, contabilizados hasta el 31 de agosto de 2000 y justifiquen documentalmente reunir los requisitos señalados para cada puesto. Asimismo podrán, en su caso, participar los funcionarios pertenecientes al cuerpo de inspectores al servicio de la Administración educativa.

Tercero.-El plazo para la presentación de instancias para tomar parte en esta convocatoria, dirigidas al conselleiro de Educación y Ordenación Universitaria, será de veinte días desde la publicación de la presente orden y podrán presentarse en el registro general de la Consellería de Educación e Ordenación Universitaria, en las delegaciones provinciales, o bien en

la forma prevista en el artículo 38.4º de la Ley de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común. En el supuesto de optar por la presentación de la solicitud y demás documentación ante la oficina de correos, se hará en sobre abierto para que la instancia sea sellada y fechada por el funcionario de correos antes de ser certificada.

Una vez acabado el plazo de presentación de instancias y demás documentación, no se admitirá ninguna modificación en las peticiones formuladas. No obstante lo anterior, se admitirá renuncia a la participación en el concurso de méritos específico dentro del plazo establecido para las reclamaciones señaladas en el punto sexto, entendiendo que tal renuncia afecta a todas las peticiones formuladas.

Cuarto.-Aunque se concurse a más de una plaza, los concursantes presentarán una única instancia, acompañada de una fotocopia de esta y una hoja de alegaciones y autobaremación, ajustada al modelo que se pondrá a disposición de los interesados en las delegaciones provinciales de la Consellería de Educación y Ordenación Universitaria y simultáneamente presentarán, para la demostración de los méritos, los documentos que se indican en el baremo que aparece como anexo II.

Los concursantes presentarán además:

-Proyecto de trabajo sobre las líneas básicas de actuación para el desarrollo de las funciones inherentes al puesto que se solicita, teniendo en cuenta las características del mismo con una extensión máxima de 20 folios.

Todas las fotocopias que se remitan deberán ir acompañadas de las diligencias de compulsa, expedidas por los directores de los centros o de las delegaciones provinciales de la Consellería de Educación y Ordenación Universiaria. No se admitirá fotocopia que carezca de la diligencia de compulsa.

Quinto.-La selección de los aspirantes será realizada por una comisión que presidirá el secretario general o persona en la que delegue, y de la que formarán parte:

-2 vocales con la categoría de subdirectores generales o jefes de servicio de la Consellería de Educación y Ordenación Universitaria.

-2 inspectores de educación.

-Un funcionario de la Consellería de Educación e Ordenación Universitaria, que actuará como secretario, con voz y sin voto.

-Los sindicatos integrantes de la mesa sectorial de Personal Docente no Universitario podrán nombrar un representante para asistir a las sesiones de la comisión.

-La comisión podrá solicitar la incorporación a sus trabajos de asesores especialistas, limitándose dichos asesores a prestar su colaboración.

Sexto.-Para la valoración de los aparatados 1, 2, 3.1, 3.2 y 4.1 del baremo establecido en el anexo II la comisión de selección delega esta función en una subcomisión formada por funcionarios de la Dirección General de Personal de la Consellería de Educación y Ordenación Universitaria. Una vez hecha la misma, los resultados serán publicados en los tablones de anuncios de la consellería y de las delegaciones provinciales, señalando la relación de excluidos y la causa de su exclusión y estableciendo un plazo de 10 días naturales desde su exposición para presentar las reclamaciones que procedan.

Todos los aspirantes que obtengan una puntuación mínima de 4 puntos en el proyecto podrán ser convocados por la comisión de selección a la celebración de una entrevista para mejor apreciar las circunstancias que concurran en ellos, y que versará sobre el proyecto presentado.

Séptimo.-Los miembros de la comisión y subcomisión estarán sujetos a las causas de abstención y recusación establecidas en los artículos 28 y 29 de la Ley de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, y tendrán derecho a percibir asistencias y dietas por concurrir las sesiones, conforme al Decreto 299/1990, de 24 de mayo, estando cualificadas en la categoría primera.

Octavo.-Aquellos aspirantes que no consigan una puntuación mínima de 4 puntos en el proyecto y de 4 puntos en la entrevista no podrán ser propuestos por la comisión, siendo seleccionados aquellos aspirantes que, obteniendo las puntuaciones mínimas señaladas, consigan las mayores puntuaciones en el total de los apartados contemplados en el baremo establecido en el anexo II, para la plaza que solicitan.

Noveno.-En el caso de producirse empates en el total de las puntuaciones otorgadas, estos se resolverán atendendo sucesivamente y por este orden a la mayor puntuación en los apartados 6, 1, 3.3, 4.2, 3.1, 3.2, 4.1 y 2.

Décimo.-Una vez realizado todo el proceso anterior, la comisión de selección propondrá al conselleiro de Educación y Ordenación Universitaria la adjudicación de los puestos, que será objeto de publicación en el Diario Oficial de Galicia, y por la que se entenderán notificados, a todos los efectos, los concursantes a los que les afecte. Contra esta resolución se podrá interponer potestativamente recurso de reposición ante este mismo órgano, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación. De no considerar oportuna la interposición del citado recurso, se podrá formular directamente recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, conforme se establece en los capítulos II y III de la

Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Undécimo.-El plazo máximo para notificar la resolución de este procedimiento será de 6 meses a contar desde el día de su publicación en el Diario Oficial de Galicia, teniendo efectos desestimatorios a falta de resolución expresa en ese período.

Duodécimo.-Los seleccionados deberán incorporarse a las prazas obtenidas con fecha del 1 de septiembre del ano 2000, cesando en su destino de procedencia al 31 de agosto del mismo año.

De acuerdo con los dispuesto en el apartado 2º del artículo 3 del Decreto 244/1999, de 29 de julio, las plazas adjudicadas lo serán en comisión de servicios, por un período de dos años y un máximo de seis y con reserva del puesto de trabajo de origen.

Décimo tercero.-Esta disposición entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 16 de junio de 2000.

Celso Currás Fernández

Conselleiro de Educación y Ordenación

Universitaria

ANEXO I

Nº de puesto 1Convenio: Consellería de Sanidad y Servicios Sociales.

DestinoHospital Psiquiátrico de Conxo. Santiago de Compostela.

Plazas1 para maestros.

FuncionesOrganizar y coordinar las actividades educativas del centro. Conducir el itinerario educativo de modo individualizado, si procede, de cada alumno. Impartición de clases de forma directa y coordinación con los equipos de las unidades asistenciales. Apoyo técnico y profesional a los alumnos en prácticas de la Facultad de Ciencias de la Educación (Convenio Sergas-Universidad de Santiago de Compostela). Dirigir y apoyar a los voluntarios sociales que participen en los programas educativos del centro.

Requisitos:Experiencia en educación de adultos.

Conocimiento en técnicas de dinámica de grupos.

ObservacionesHorario preferentemente de tarde.

Nº de puesto 2Convenio: Asociación para formación y empleo de jóvenes disminuidos.

DestinoSantiago de Compostela.

Plazas1 plaza para maestros.

FuncionesIntegración social de jóvenes disminuidos. A través del trabajo como terapia fundamental, mejorar la situación persoal y la calidad de vida de estos jóvenes discapacitados. Actividades adaptadas a su situación. Realizar, y en su caso coordinar, todas las actividades escolares y extraescolares del centro. Trabajo en programas de desarrollo integral.

Requisitos:Experiencia en educación especial. Especialista en pedagogía terapéutica y en orientación educativa. Conocimientos de trabajos de manualidades: encuadernación, cerámica, etc.

ObservacionesHorario adaptado a las necesidades del centro.

Nº de puesto 3Convenio: Cáritas Diocesana de Lugo para el desarrollo del programa de educación compensatoria «Preescolar na Casa».

DestinoZonas de trabajo de Preescolar na Casa, que se especifican a continuación:-Provincia de A Coruña: Municipios de: 1. Cariño, Cedeira, Ortigueira Mañón, As Somozas, Moeche, San Sadurniño, As Pontes de García Rodríguez. 2. A Capela, Vilarmaior, Monfero, Irixoa, Paderne, Coirós, Aranga, Oza dos Ríos, Cesuras, Abegondo. 3. Ordes, Mesía, Curtis, Vilasantar, Frades. 4. Laracha, Cerceda, Tordoia, Trazo, Oroso. 5. Ponteceso, Laxe, Camariñas, Vimianzo, Zas, Val do Dubra, Ames. 6. Muxía, Cee, Dumbría, Mazaricos, Carnota, Corcubión, Fisterra.-Provincia de Lugo: Municipios de: 1. A Fonsagrada, Ribeira de Piquín, Pol, Baleira, Castroverde. 2. Triacastela, Samos, Sarria, Paradela, Bóveda. 3. Taboada, Chantada, O Saviñao, Carballedo. 4. Folgoso do Courel, Quiroga, Ribas de Sil, A Pobra do Brollón, Monforte, Pantón, Sober.-Provincia de Ourense: Municipios de: 1. San Cristovo de Cea, Piñor, O Irixo, Beariz, Avión, Boborás, O Carballiño, Maside, Punxín, Cenlle, San Amaro,

Leiro, Carballeda de Avia, Beade, Ribadavia. 2. Cortegada, Gomesende, Pontedeva, Quintela de Leirado, Padrenda, Verea, Ramirás, Celanova. 3. Baltar, Os Blancos, Cualedro, Trasmiras, Xinzo de Limia, Rairiz de Veiga, Sandiás, Sarreaus, Xunqueira de Ambía, Vilar de Barrio. 4. A Pobra de Trives, San Xoán de Río, Chandrexa de Queixa, Montederramo, Castro Caldelas, A Teixeira, Parada de Sil, Nogueira de Ramuín. 5. Castrelo do Val, Laza, Monterrei, Oímbra, Riós, Verea, Vilardevós.-Provincia de Pontevedra: Municipios de: 1. A Estrada, Forcarei, Cerdedo, Valga, Pontecesures. 2. Caldas, Cuntis, Moraña, Portas, Campo Lameiro, Barro, Catoira. 3. Ponte Caldelas, A Lama, Cotobade, Fornelos, Pazos de Borbén. 5. A Guarda, O Rosal, Oia, Tomiño, Tui, O Porriño, Mos, Salceda de Caselas.

PlazasA Coruña: 6, Lugo: 6 (1 equipo T.V., 1 coordinador), Ourense: 4, Pontevedra: 5; todas para maestros.

FuncionesEstudio de la zona (recogida de datos, convocatorias y visitas a familias). Planificación y realización de reuniones quincenales con las familias, tratando de resaltar el valor de lo cotidiano, la utilidad de los materiales del entorno, impulsando la reflexión de los adultos y el intercambio entre ellos. Contacto con las personas e instituciones de la zona que puedan tener relación con el trabajo (pediatras, asistentes sociales, maestros, etc.). Colaborar con los diferentes medios del programa (revista, radio y televisión). Participar en las reuniones de zona y generales. Comprometerse con la formación. Organización de actividades diferentes a las reuniones de orientación (excursiones, charlas, exposiciones, etc.).

ObservacionesCarnet de conducir y disponibilidad de vehículo. De acuerdo con las necesidades del programa, las zonas de trabajo pueden sufrir modificaciones a lo largo del curso.

Nº de puesto 4Convenio: Consellería de Sanidad y Servicios Sociales.

DestinoHospital Clínico de Santiago. Hospital Islas Cíes de Vigo. Complejo Hospitalario de Ourense.

Plazas1, 2 e 2, respectivamente, para maestros.

FuncionesProseguir su formación durante la permanencia en el hospital, sin que la actividad docente cause perjuicios a su bienestar y no obstaculice los tratamientos correspondientes. Mantener hábitos de estudio. Coordinación con los centros educativos a los que asisten normalmente. Estimular la actividad creativa para evitar el aburrimiento. Dar un carácter positivo y contenido formativo al tiempo libre y de ocio en el hospital.

Requisitos:Competencia como asesor y trabajo en equipo con el personal del centro hospitalario. Cursos relacionados con la salud.

ObservacionesHorario adaptado a las necesidades del centro.

Nº de puesto 5Convenio: Fundación Monte do Gozo. «Proxecto Home Galicia».

DestinoSantiago de Compostela y Lugo.

Plazas1 en cada localidad para maestros.

FuncionesColaboración a nivel educativo para la rehabilitación e integración sociolaboral de las personas atendidas por la fundación. Actividades orientadas a facilitar su integración social y laboral y la adquisición de hábitos y actitudes positivas que favorezcan el desarrollo y maduración personal, contribuyendo al éxito de su proceso terapéutico.

Requisitos:Experiencia en educación de adultos.

ObservacionesHorario adaptado a las necesidades de la fundación.

Nº de puesto 6Convenio: Diputación Provincial de Lugo.

DestinoLugo.

Plazas1 para maestros.

FuncionesDesarrollo de actividades formativas destinadas a los alumnos de infantil y primaria de centros públicos de la provincia aprovechando las instituciones museísticas como recurso didáctico y formativo de profesores y alumnos. Organización de visitas dirigidas a las instituciones culturales y educativas dependientes de la diputación. Coordinación entre la Diputación y la Consellería de Educación y Ordenación Universitaria, fundamentalmente con la delegación provincial y las direcciones generales de Ordenación Educativa e Formación Profesional y Centros e Inspección Educativa.

Requisitos:Experiencia en producción de materiales didácticos. Conocimientos básicos de creación y expresión. Creatividad. Experiencia en funcionamiento de museos e instituciones culturales de ámbito local.

Nº de puesto 7Convenio: Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.

DestinoLugo. Coordinador del programa de Escuelas Viajeras.

Plazas1 para maestros.

FuncionesCoordinar e informar sobre todos los aspectos del programa, tanto en lo que se refiere a los alumnos que se reciban en Galicia como los desplazamientos de alumnos gallegos a otras comunidades. Elaborar el proyecto anual del trabajo, proyecto educativo, curricular y organizativo. Elaborar los cuadernos de trabajo de los alumnos participantes. Recibir e instalar a los alumnos. Organización de transporte, visitas, alojamiento, mantenimiento, etc. Coordinar a los profesores tutores acompañantes. Memoria de valoración de resultados. Elaboración de la memoria económica. Aquellas otras funciones o actividades que tengan relación con profesores de esos alumnos.

Requisitos:Experiencia en programas de compensación de desigualdades.

ObservacionesHorario adaptado en cada momento a las necesidades que demande la realización del programa, especialmente en los meses de estancia real de los alumnos.

Nº de puesto 8Convenio: Diputación Provincial de Pontevedra.

DestinoCiudad Infantil «Príncipe Felipe».

Plazas1 director gerente. Inspector de educación, inspector al servicio de la administración educativa o profesor de enseñanza secundaria.

FuncionesDirigir y coordinar todas las actividades de los centros de menores de la Ciudad Infantil, para la consecución del proyecto educativo y de acuerdo con las disposiciones vigentes, sin perjuicio de la competencia de las demás autoridades. Ejercer la custodia de los menores acogidos en la institución. Coordinar o modificar la programación general anual de acuerdo con las directrices establecidas por el presidente de la diputación. Aprobar los proyectos educativos, las programaciones de las actividades anuales y las instrucciones y órdenes de servicio de los diferentes centros de la Ciudad Infantil. Gestionar los medios materiales y humanos de la institución. Promover e impulsar las relaciones de la Ciudad Infantil con las instituciones. Impulsar y facilitar la coordinación con la Consellería de Familia y Promoción del Empleo, Mujer y Juventud. Representar oficialmente a la diputación.

Requisitos:Experiencia en función directiva con un mínimo de 5 años en alguno de los centros contemplados en el R.D. 1004/1991. Cursos relacionados con la función directiva.

Nº de puesto 9Convenio: Consellería de Familia y Promoción del Empleo, Mujer y Juventud.

DestinoServicio de Igualdad. Santiago de Compostela.

Plazas1 para maestros.

FuncionesElaboración de material didáctico destinado al alumnado. Revisión y adecuación del material formativo al principio de no discriminación por razón de género. Diseño de cursos formativos en políticas de igualdad y coeducación destinadas a la comunidad escolar y otros colectivos. Organización de actividades formativas en materia de igualdad para el profesorado de los distintos niveles educativos. Elaboración de materiales de coeducación dirigidos a la prevención de la violencia contra las mujeres y difusión de estos materiales entre la comunidad escolar.

Requisitos:Experiencia docente en coeducación de personas adultas. Conocimiento exhaustivo del sistema educativo. Conocimiento de las políticas desarrolladas en la actualidad para fomentar la igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres. Conocimiento y experiencia en programas de prevención de violencia de género, aplicada al ámbito educativo. Experiencia en organización, coordinación y gestión de formación dirigida al profesorado en temas de educación para la igualdad. Experiencia en organización, coordinación y gestión de la formación dirigida a padres y madres para fomentar la educación para la igualdad desde el ámbito familiar. Revisión y elaboración de proyectos, programas y materiales didácticos desde la perspectiva integradora de género. Experiencia docente de educación para la igualdad en cursos y actividades formativas dirigidas a profesionales docentes.

ObservacionesHorario adaptado a las necesidades del puesto.

Nº de puesto 10Convenio: Asociación dsiminuídos psíquicos de Santiago de Compostela (ASPAS).

DestinoSantiago de Compostela.

Plazas1 para maestros.

FuncionesIntegración social de los jóvenes diminuidos. A través del trabajo como terapia fundamental, mejorar la situación personal y la calidad de vida de estos jóvenes discapacitados. Actividades apropiadas a su situación. Realizar y en su caso coordinar todas las actividades escolares y extraescolares del centro. Trabajo en programas de desarrollo integral.

Requisitos:Experiencia en educación especial. Especialista en pedagogía terapéutica o en orientación educativa. Conocimiento de trabajo en manualidades, encuadernación, cerámica, etc.

ObservacionesHorario adaptado a las necesidades del centro.

Nº de puesto 11Convenio: Coordinador escolarización población marginada.

DestinoA Coruña y Lugo.

Plazas1 en cada localidad para maestros.

FuncionesPotenciar la integración escolar de los alumnos de poblaciones marginadas. Coordinación con los diferentes centros. Gestiones entre las familias para conseguir su escolarización. Control del absentismo escolar. Potenciación del interculturalismo.

Requisitos:Experiencia en programas de integración de minorías. Facilidad de comunicación con poblaciones marginadas. Experiencia en educación compensatoria.

Nº de puesto 12Convenio: Caixa Galicia.

Destino«Caixa Galicia» de Monforte de Lemos.

Plazas1 para maestros.

FuncionsDocentes propias del puesto.

Requisitos:Especialidad en educación infantil.

ANEXO II

Conceptos

Puntuación

Total puntos

máximo

Documentos justificativos

1. Antigüedad:
Por cada año de servicios efectivos prestados en la situación de servicio activo como funcionario de carrera de un cuerpo docente0,50 puntos5 puntos

2. Méritos académicos:2 puntosCopia compulsada de las titulaciones alegadas.
2.1. Por el título de doctor1 punto
2.2. Titulaciones de segundo ciclo: por cada licenciatura, ingeniería, arquitectura o títulos declarados legalmente equivalentes0,5 puntos
2.3.- Titulaciones de primero ciclo: por la segunda diplomatura o los 3 primeros cursos de una licenciatura0,25 puntos

3. Formación y perfeccionamiento:6 puntosCopia compulsada de la documentación alegada
3.1. Por cursos superados que tengan por objeto el perfeccionamento sobre los aspectos científicos y didácticos, organizados por las administraciones educativas que se encuentren en pleno ejercicio de sus competencias en materia educativa, por instituciones sin ánimo de lucro que fuesen homologadas por las administraciones precitadas, así como los organizados por las universidades (0,10 puntos por cada 10 horas de cursos superados acreditados)Hasta 2 puntos
3.2. Por otras actividades de formación y perfeccionamento en materia educativa, incluida la impartición de cursosHasta 1 punto
3.3. Por actividades de formación específica directamente relacionadas con el puesto al que se pretende accederHasta 3 puntos

4. Publicaciones, proyectos, innovaciones técnicas:3 puntosDocumentación original
4.1. Por publicaciones de carácter didáctico o científico, proyectos e innovaciones técnicas, de carácter generalHasta 1 punto
4.2. Por publicaciones de carácter didáctico o científico, proyectos e innovaciones técnicas, relacionadas con la plaza que se solicitaHasta 2 puntos
(Deberán contener ISBN, excepto las excepciones contempladas en la legislación vigente).

5. Por cada año de servicio en puestos de las mismas caraterísticas que el que se solicita0,20 puntos2 puntosCertificación de servicios o nombramiento.

6. Proyecto de trabajo y entrevista:

El proyecto de trabajo deberá contener los objetivos, planificación general, actividades, justificación y definición a la que corresponde la plaza que se solicita

(puntuación mínima exigida por este apartado: 4 puntos en el proyecto y 4 puntos en la entrevista).

Hasta 6 puntos por el proyecto

Hasta 6 puntos por la entrevista

Hasta 12 puntosOriginal, con una extensión máxima de 20 folios

Concepto

Puntuaciones

parciales

Total

1. Antigüedad.

(Máximo 3 puntos).

Por cada año de funcionario de carrera en el cuerpo docente

0,50

2. Méritos académicos.

(Máximo 2 puntos).

2.1 Por el título de doctor1
2.2. Titulaciones segundo ciclo0,5
2.3. Titulaciones primer ciclo0,25

3. Formación y perfeccionamiento.

(Máximo 6 puntos).

3.1. Por cursos superados que tengan por objeto el perfeccionamiento sobre los aspectos científicos y didácticos, organizados por las administraciones educativas (0,10 puntos por c/10 horas)Hasta 2 puntos
3.2. Por otras actividades de formaciónHasta 1 punto
3.3. Por actividades de formación específica directamente relacionadas con el puesto de asesor al que se pretende accederHasta 3 puntos

4. Publicaciones, proyectos,. innovaciones técnicas.

(Máximo 3 puntos).

4.1. Por publicaciones de carácter didáctico, de carácter generalHasta 1 punto
4.2. Por publicaciones de carácter didáctico, relacionadas con la plaza que solicitaHasta 2 puntos