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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 112 Viernes, 09 de junio de 2000 Pág. 8.942

VI. ANUNCIOS

DE LA ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA

CONSELLERÍA DE POLÍTICA TERRITORIAL, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA

CÉDULA de 3 de mayo de 2000, del Servicio Provincial de Transportes de Pontevedra, por la que se notifican las denuncias por infracción de la normativa vigente en materia de transportes terrestres devueltas por el servicio de correos por resultar desconocidos sus destinatarios o bien porque intentada la notificación no se pudo practicar (expediente PO-00002-O-2000 y cuatro más).

Por medio de esta cédula se notifica a los/as denunciados/as, cuyos datos y última dirección conocida que señalan en el anexo, las denuncias que se formularon contra ellos. Por este motivo se iniciaron, con los números que se indican, los correspondientes expedientes sancionadores que pueden dar lugar a las sanciones que también se citan.

Se les hace saber el derecho que les asiste de alegar por escrito ante este Servicio Provincial de Transportes lo que consideren conveniente, aportando o proponiendo las pruebas que estimen oportunas dentro de los quince días hábiles siguientes a los de la publicación de esta cédula.

Para que conste y sirva de notificación a los citados denunciados, y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 59.4º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre (BOE del 27 de noviembre) modificada por la Ley 4/1999 de 13 de enero (BOE del 14 de enero), de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, expido, firmo y sello esta cédula en Pontevedra a 3 de mayo de 2000.

Mª Cruz Tomé Navas

Jefa del Servicio Provincial de

Transportes de Pontevedra

ANEXO

-Expediente-Matrícula-Denunciante-Denunciado-Última dirección conocida-Hecho denunciado-Fecha-Hora-Carretera-p.k.-Precepto

infringido

-Precepto

sancionador

-Sanción

propuesta

PO-00002-O-2000

PO-0829-AL

G.C. de Tráfico.

Eduardo Cameselle Ben

Santa Clara, 11, 1º

36205 Vigo (Pontevedra).

Circular efectuando un transporte de paquetería, careciendo de tarjeta de transporte. Servicio público.

7-1-2000; 8.45; N-550; 137.500.

Artículo 90 de la Ley 16/1987 y artículo 41 del R.D. 1211/1990.Artículo 143 de la Ley 16/1987, 201 del R.D. 1211/1990.50.000 ptas.
PO-00046-O-2000

C-5456-BH

G.C. de Tráfico.

Granimarga, S.L.

Plaza de Vigo, 2

15706 Santiago de Compostela (A Coruña).

Circular transportando barrotes de piedra desde Santiago de Compostela hasta O Porriño careciendo de tarjeta de transportes. Servicio privado.

18-1-2000; 17.30.11; N-550; 151.

Artículo 103 de la Ley 16/1987 y artículo 158 del R.D. 1211/1990.Artículo 143 de la Ley 16/1987, 201 del R.D. 1211/1990.50.000 ptas.
PO-00061-O-2000

BI-9362-BC

G.C. de Tráfico.

Elaborados Maruxía, S.L.

Arquitecto Pérez Bellas, 5

36202 Vigo (Pontevedra).

Carecer en vehículo que transporta mercancía perecedera (congelados) del certificado de autorización especial para el transporte de mercancías perecederas, o haber caducado nº bastidor ZCFAG580002924577 válido hasta el 23-5-1999. FRC. Servicio privado.

20-1-2000; 17; N-120; 65.600.

Artículo 7 del Real decreto 2312/1985, de 24 de septiembre, normas de homologación, ensayo e inspección de vehículos destinados al transporte de mercancías perecederas (BOE nº 298, del 13 de diciembre).Artículo 143 de la Ley 16/1987, 201 del R.D. 1211/1990.50.000 ptas.
PO-00107-O-2000

PO-5655-AU

G.C. de Tráfico.

Maple Cocina, S.L.

Budiño, carretera Salceda, 2

36475 Budiño-San Salvador P. O Porriño (Pontevedra).

Transportar piedra, careciendo de tarjeta de transportes. Servicio público.

11-1-2000; 15.45; PP-410; 1.500.

Artículo 90 de la Ley 16/1987 y artículo 41 del R.D. 1211/1990.Artículo 143 de la Ley 16/1987, 201 del R.D. 1211/1990.50.000 ptas.
PO-00145-O-2000

PO-7303-AN

G.C. de Tráfico.

Amalia Lucía Gabarre Giménez

O Vao, s/n

Poio (Pontevedra).

Transportar ropa. Carece de tarjeta de transportes. Servicio privado.

17-1-2000; 11.50; C-531; 6.800.

Artículo 103 de la Ley 16/1987 y artículo 158 del R.D. 1211/1990.Artículo 143 de la Ley 16/1987, 201 del R.D. 1211/1990.50.000 ptas.