De conformidad con lo dispuesto en el artículo 4 del Real decreto 873/1977, de 22 de abril, de desarrollo de la Ley 19/1977, de 1 de abril, y a los efectos previstos en el mencionado real decreto, se hace público que en la Sección de Mediación, Arbitraje y Conciliación de esta delegación provincial, fueron depositados el acta de constitución y los estatutos de la Orzanización de Autónomos y Profesionales de la Provincia de Pontevedra, que abarcan los siguientes ámbitos:
Territorial: provincial.
Profesional: profesionales autónomos, empresas integradas en todos los gremios, oficios, comerciales, profesiones libres, actividades artísticas, agrícolas, ganaderas, pesqueras y todas las que realicen un trabajo por cuenta propia y ejerzan su actividad profesional en la provincia de Pontevedra.
Firman el acta de constitución: José Conde García y otros.
Los estatutos depositados podrán ser examinados por cualquier persona interesada.
Vigo, 18 de mayo de 2000.
Antonio Coello Bufill
Delegado provincial de Pontevedra