Advertidos errores en la resolución de esta universidad de 6 de abril de 2000 (DOG del 28 de abril), por la que se resuelve la no provisión de la plaza 98/070, de catedrático de universidad, área de conocimiento de ciencias de la computación e inteligencia
artificial, del departamento de Computación, este rectorado, al amparo de lo previso en el artículo 105.2º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las dministraciones públicas y del procedimiento administrativo común, procede a su rectificación en los siguientes términos:
-Debe añadirse el siguiente párrafo:
«Contra la presente resolución y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 116 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia en el plazo de dos meses, de conformidad con lo establecido en el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de dicha jurisdicción, o potestativamente recurso de reposición ante el rector en el plazo de un mes, contados ambos a partir del día siguiente al de la notificación o publicación, sin perjuicio de poder interponer cualquier otro recurso que legalmente proceda».
A Coruña, 8 de mayo de 2000.
José Luis Meilán Gil
Rector de la Universidad de A Coruña