Galego | Castellano

DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 108 Lunes, 05 de junio de 2000 Pág. 8.624

V. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO NÚMERO UNO DE A CORUÑA

EDICTO (385/1999-3).

Ángel Javier Martín Sánchez, secretario judicial del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número uno de A Coruña, hago saber que, en virtud de lo acordado por proveído de esta fecha, recaída en los autos de procedimiento abreviado número 385/1999-3, se notifica a Yolanda Álvarez Expósito el auto de fecha 27-4-2000 dictado en los mismos, cuyo contenido es como sigue:

«Auto. En A Coruña, 27 de abril de 2000.

Antecedentes de hecho.

1. Se promovieron las presentes actuaciones -por demás constitutivas de autos número 385/1999-3, del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número uno de esta capital-, por Yolanda Álvarez Expósito en calidad de parte recurrente contra aquella precedente Resolución de fecha 2 de octubre de 1998, dictada por el Ministerio de Interior, que ahora consta desde luego referenciada en autos.

2. En cualquier caso, dicha referida parte recurrente omitió, al promover las presentes actuaciones, aportar la solicitud de designación de abogado y procurador de turno de oficio por el correspondiente trámite de justicia gratuita, de forma que se dictó aquel precedente proveído que ahora consta en las mismas, otorgándosele aquel ulterior y correspondiente plazo subsanatorio legalmente establecido y bajo expresa advertencia -en caso de persistir aquella referida omi

sión una vez excedido el mismo-, de archivo por caducidad de esta vía jurisdiccional contencioso-administrativa otrora al efecto promovida.

3. Consta pues ahora en autos oportuna diligencia expedida por el titular de la secretaría de este juzgado, por la que se acredita el transcurso de aquel referido plazo anteriormente aludido sin que desde luego se haya subsanado por aquella parte promovente aquella omisión antes referenciada.

Fundamentos jurídicos.

1. El artículo 52.2º de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, establece que «si la demanda no se hubiese presentado dentro del plazo, el Juzgado ..., de oficio, declarará por auto la caducidad del recurso. No obstante, se admitirá el escrito de demanda y producirá sus efectos legales si se presentare dentro del día en que se notifique el auto».

2. Por otra parte, el artículo 78.2º de aquella referida Ley 29/1998, de 13 de julio -en lo que atañe precisamente a la tramitación de aquella específica vía procedimental característica del procedimiento abreviado, ahora al efecto aplicable-, prescribe que «el recurso se iniciará por demanda, a la que se acompañará el documento o documentos en que el actor funde su derecho y aquéllos previstos en el artículo 45.2º» de igual referida norma legal contencioso-administrativa.

3. En cualquier caso, el artículo 78.23º de dicha Ley 29/1998, de 13 de julio, establece que «el procedimiento abreviado, en lo no dispuesto en este capítulo -donde se regula su específico trámite procedimental-, se regirá por las normas generales de la presente ley», de forma que habida cuenta aquella referida omisión procesal antes aludida y de que la misma tampoco ha sido subsanada hasta la fecha, pese a aquel expreso y subsanatorio plazo otrora al efecto otorgado en lo que atañe a la justificación de la presentación de aquella solicitud de justicia gratuita, de conformidad con el tenor de la Ley número 1/1996, de 10 de enero, de asistencia jurídica gratuita.

Vistos los artículos citados y demás de pertinente y general aplicación.

Se acuerda declarar la caducidad de aquel referido recurso jurisdiccional contencioso-administrativo otrora promovido por aquella parte recurrente antes aludida.

Notifíquese la presente resolución a las correspondientes partes personadas y signifíqueseles el derecho que les asiste de interponer eventual recurso de apelación en el plazo de quince (15) días, contados a partir del día siguiente a su correspondiente notificación, ante este mismo órgano jurisdiccional unipersonal contencioso-administrativo aquí radicado y para ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJ de Galicia igualmente residenciado en esta capital.

Lo manda y firma el magistrado juez titular del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número uno de A Coruña, José Manuel Ramírez Sineiro».

Y para que sirva de notificación a la recurrente Yolanda Álvarez Expósito, en paradero desconocido, expido la presente para su inserción en el Diario Oficial de Galicia.

A Coruña, 4 de mayo de 2000.

El secretario

Rubricado