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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 88 Martes, 09 de mayo de 2000 Pág. 7.361

VI. ANUNCIOS

DE LA ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA

CONSELLERÍA DE INDUSTRIA Y COMERCIO

RESOLUCIÓN de 13 de abril de 2000, de la Delegación Provincial de A Coruña, de autorización administrativa, declaración, en concreto, de utilidad pública y aprobación del proyecto de ejecución de la instalación eléctrica que se cita. (Expediente 25/1999).

Vista la solicitud para la autorización administrativa, reconocimiento de utilidad pública, con la relación concreta e individualizada de los bienes y derechos afectados por la expropiación, así como para la aprobación del proyecto de ejecución que se cita:

Solicitante: Unión Eléctrica-Fenosa, S.A.

Domicilio social: Avda. de Arteixo, 171, 15007 A Coruña.

Denominación: L.M.T., C.T., R.B.T. Vilar (Valdoviño).

Línea eléctrica aérea a 15/20 kV de 958 m de longitud en conductor LA-56 que parte de la L.M.T. de Castro y final en el C.T. tipo aéreo de 100 kVA en Vilar y acoplamiento a la R.B.T. con una longitud de 1.055 m en conductor R.Z. en el término municipal de Valdoviño.

La petición se sometió a información pública, con la relación de propietarios, bienes y derechos afectados, en el DOG del 25-3-1999, en el BOP del 12-3-1999, en el periódico La Voz de Galicia del día 4-3-1999, y en los tablones de anuncios de la Casa del Ayuntamiento de Valdoviño, al mismo tiempo, se notificó individualmente a cada uno de los interesados que figuran en dicha relación.

Esta delegación provincial comprobó que la línea, a su paso por las fincas relacionadas en la información pública, no incurre en ninguna de las prohibiciones contempladas en el artículo 57.A de la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del sector eléctrico (BOE del 28-11-1997), y en el artículo 25 del Decreto 2619/1996, de 20 de octubre (BOE del 24-10-1966).

Asimismo, se comprobó que las alegaciones efectuadas por los interesados en cuanto a la modificación del trazado de la línea eléctrica no pueden ser tenidas en cuenta por no darse las condiciones previstas en el artículo 57.B de dicha ley y en el artículo 26 del mencionado decreto.

Vista la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del sector eléctrico, los decretos 2617/1966 y 2619/1966, de 20 de octubre, sobre autorización y expropiación forzosa de las instalaciones eléctricas, y cumplidos los trámites reglamentarios establecidos, esta delegación provincial ha resuelto:

Autorizar y aprobar el proyecto de las citadas instalaciones y declarar, en concreto, su utilidad pública de los mismos que lleva implícita la necesidad de ocupación de los bienes o de adquisición de los derechos afectados e implica la urgente ocupación a los efectos del artículo 52 de la Ley de expropiación forzosa.

Contra la presente resolución se podrá interponer recurso de alzada ante el conselleiro de Industria y Comercio en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de su notificación de esta resolución; también podrá interponer cualquier otro recurso que estime pertinente a su derecho.

A Coruña, 13 de abril de 2000.

Jesús Espada Martínez

Delegado provincial de A Coruña