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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 87 Lunes, 08 de mayo de 2000 Pág. 7.308

VI. ANUNCIOS

DE LA ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE PONTEVEDRA

ANUNCIO de la aprobación inicial de la modificación puntual del PGOU en diversos artículos de su normativa.

El Pleno de la Corporación, en sesión celebrada el veintiséis de febrero de dos mil, adoptó el siguiente acuerdo:

Primero.-Prestar aprobación inicial al proyecto de modificación puntual del Plan General de Ordenación Urbana, formulado por esta Administración municipal y redactado por el arquitecto jefe de la Oficina Técnica Municipal de Disciplina Urbanística (SGDU) en fecha 23-2-2000, en lo que concierne a diversos artículos de su normativa referentes a condiciones de habitabilidad, alturas, uso de aparcamiento, régimen de subsuelo, espacios bajo cubierta de edificaciones, vuelos sobre vía pulica, accesibilidad a espacios, elementos comunes y portales y unificación de criterios en la regulación de las ordenanzas de la zona central y residencial intensiva, documento redactado en los términos del informe emitido el pasado 28 de enero por el conselleiro de Política Territorial, Obras Públicas y Vivienda de la Xunta de Galicia.

Segundo.-Disponer la introducción en el texto del proyecto de modificación del planeamiento de ordenación integral, como instrumento de naturaleza normativa que es, de una disposición adicional y otra transitoria, regulando la primera la situación de las edificaciones existentes construidas conforme al plan general, tras esta modificación puntual, y la segunda sobre compatibilidad temporal entre ambas ordenaciones edificatorias para lograr su general conocimiento y evitar alteración de procesos urbanísticos.

Disposiciones adicionales

Primera.-Los edificios e instalaciones erigidos o en construcción, bajo las determinaciones del plan general de 18-12-1989 y sus modificaciones puntuales, conformes con sus determinaciones urbanísticas, se

declaran dentro de ordenación, manteniéndose los construidos conforme a anteriores planeamientos, en régimen de fuera de ordenación o no, de acuerdo con el contenido de ordenación urbanística determinada en el PGOU.

Segunda.-Los edificios e instalaciones construidos bajo las determinaciones del PGOU pero con licencia otorgada por ser solicitada en el plazo señalado en la disposición transitoria siguiente, se consideran dentro de ordenación a cualesquiera efectos urbanísticos.

Disposición transitoria

Las determinaciones de planeamiento contenidas en el presente procedimiento de modificación puntual del Plan General de Ordenación Urbana, una vez aprobado definitivamente por el Pleno de la Corporación Municipal, entrarán en vigor, desplegando su eficacia y ejecutividad, en la forma establecida por la legislación de régimen local y del suelo y ordenación territorial.

No obstante, los proyectos técnicos de edificación o rehabilitación de edificios e instalaciones, presentados en solicitud de licencia ante este ayuntamiento y visados por los colegios profesionales respectivos, con anterioridad o dentro de los tres meses siguientes a su entrada en vigor, serán resueltos conforme a la normativa del PGOU, en la redacción conferida por la orden aprobatoria de 18-12-1989 y sucesivas modificaciones puntuales, en caso de ajustarse a sus determinaciones. Las licencias solicitadas en ese plazo, al amparo del régimen ordenatorio de esta modificación puntual, se concederán de acuerdo con sus estipulaciones.

Transcurridos tres meses desde su entrada en vigor, las licencias se concederán exclusivamente de acuerdo con las determinaciones de esta modificación puntual.

Tercero.-Disponer el sometimiento a información pública de este expediente por el plazo de un mes mediante la publicación del anuncio en el Diario Oficial de Galicia, BOP, tablón de edictos del ayuntamiento y en uno de los periódicos de mayor circulación de la provincia, a efectos de que durante dicho período puedan formularse las alegaciones y sugerencias pertinentes, computándose el momento inicial del plazo de alegaciones a partir de la inserción del anuncio en el Diario Oficial de Galicia.

Durante el plazo de un mes, contado a partir de la publicación de este anuncio en el Diario Oficial de Galicia, cualquier interesado podrá examinar en el Servicio de Urbanismo, Medio Ambiente y Patrimonio Histórico de este ayuntamiento (calle Churruchaos) la documentación inicialmente aprobada y formular las alegaciones que estime pertinentes.

Pontevedra, 31 de marzo de 2000.

Miguel Fernández Lores

Alcalde

Julio Dapena Outomuro

Secretario general