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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 86 Viernes, 05 de mayo de 2000 Pág. 7.182

III. OTRAS DISPOSICIONES

CONSELLERÍA DE LA PRESIDENCIA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

ORDEN de 26 de abril de 2000 por la que se clasifica como de interés cultural la Fundación Balneario de Cortegada.

Visto el expediente de clasificación de la Fundación Balneario de Cortegada, con domicilio en Cortegada.

Supuestos de hecho.

1. Avelino de Francisco Martínez, en su calidad de presidente de la fundación, en escrito de 21 de febrero de 2000, formuló solicitud de clasificación a efectos de su inscripción en el Registro de Fundaciones de Interés Gallego.

2. La fundación fue constituida en escritura pública otorgada en A Cañiza, el día 15 de enero de 2000, ante el notario Álvaro Lorenzo-Fariña Domínguez, con el número ciento dos de su protocolo, por Avelino de Francisco Martínez, José Ramón Álvarez Soñora, Jesús Ángel Seoane Montero, Enrique Carpintero Araújo; intervienen en su propio nombre y derecho.

3. Según consta en el artículo 6 de sus estatutos, el objeto de la fundación es la promoción de las aguas mineromedicinales de Cortegada de Baños, así como el aprovechamiento de los acuíferos mineromedicinales del entorno, el desarrollo de todo tipo de actividades relacionadas con la aguas mineromedicinales y el termalismo, en general, en sus aspectos medicinales, sanitarios y lúdicos. Y, en la medida de lo posible, cooperar al desarrollo de la zona de Cortegada de Baños y su entorno, promoviendo para ello las actividades encaminadas a tal fin.

4. El patronato de la fundación estará constituido por Avelino Luis de Francisco Martínez como presidente, José Ramón Álvarez Soñora como vicepresidente, Jesús Ángel Seoane Montero como tesorero, José Manuel Gil Fernández como secretario y Benjamín Francisco Martínez y Sixto Osorio Montero como vocales.

5. La comisión integrada por los secretarios generales de todas las consellerías elevó al conselleiro de la Presidencia y Administración Pública propuesta de clasificación como de interés cultural de la Fundación Balneario de Cortegada, dado su objeto y finalidad, por lo que, viéndose cumplidos los requisitos exigidos en la Ley 7/1983, de 22 de junio, y en la Ley 11/1991, de 8 de noviembre, de reforma de la ley anterior, de régimen de las fundaciones de interés gallego, y según establece el artículo 32.1º y 2º del Decreto 248/1992, de 18 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de organización y funcionamiento del protectorado de las fundaciones de interés gallego, procede su clasificación como de interés cultural y su adscripción a la Consellería de Cultura, Comunicación Social y Turismo.

Fundamentos de derecho.

1. El artículo 34 de la Constitución española reconoce el derecho de fundación para fines de interés

general de acuerdo con la ley, y el artículo 27.26º del Estatuto de autonomía para Galicia le otorga competencia exclusiva sobre el régimen de las fundaciones de interés gallego.

2. De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 32.2º c) del Decreto 248/1992, de 18 de junio, por el que se aprueba el reglamento de organización y funcionamiento del protectorado de las fundaciones de interés gallego, corresponde a esta consellería la clasificación de la fundación y la adscripción a la consellería correspondiente, que ejercerá plenamente el protectorado sobre ella.

3. A la vista de lo que antecede, se pueden considerar cumplidas las finalidades tanto legales como reglamentarias establecidas para el caso, de acuerdo con la propuesta realizada por la Comisión de Secretarios Generales en su reunión del día 25 de abril de 2000.

Vista la Constitución española de 1978, el Estatuto de autonomía de Galicia (Ley orgánica 1/1981, de 6 de abril); la Ley 7/1983, de 22 de junio, y la Ley 11/1991, de 8 de noviembre, de reforma de la anterior, de régimen de las fundaciones de interés gallego, así como las demás normas de desarrollo y de general aplicación.

En su virtud,

DISPONGO:

Clasificar como de interés cultural la Fundación Balneario de Cortegada adscribiéndola a la Consellería de Cultura, Comunicación Social y Turismo, que ejercerá plenamente el protectorado sobre ella.

Santiago de Compostela, 26 de abril de 2000.

Jaime Pita Varela

Conselleiro de la Presidencia y Administración

Pública