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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 85 Jueves, 04 de mayo de 2000 Pág. 7.161

V. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO DOS DE SANTIAGO DE COMPOSTELA

CÉDULA de notificación de sentencia. (50/2000).

Yo, Camilo J. García-Puertas Magariños, secretario del Juzgado de lo Social número dos de Santiago de Compostela, doy fe que en los presentes autos de juicio verbal número 50/2000, seguidos en este Juzgado de lo Social número dos de Santiago de Compostela, a instancias de José Aboy Barreiro, contra Repriss A Coruña, S.L. en reclamación de despido, se dictó, con fecha veinticinco de febrero de dos mil, sentencia, cuyo fallo es del tenor literal siguiente:

«Que estimando como estimo la demanda interpuesta por José Aboy Barreiro, contra la empresa Repriss A Coruña, S.L., debo declarar y declaro nulo el despido de que fue objeto el actor el día 4 de enero de 2000, condenando a dicha mercantil a estar y pasar por dicha declaración y a la inmediata readmisión del demandante en su anterior puesto de trabajo, con abono al mismo de la suma de ciento setenta y una mil ciento ochenta y cuatro pesetas (171.184 ptas.) en concepto de salario de tramitación, más un haber diario de tres mil doscientas noventa y dos pesetas (3.292 ptas.) hasta la fecha de notificación a la empresa de esta resolución».

Y para que sirva de notificación de sentencia a Repriss A Coruña, S.L., con domicilio en Touro, 3, bajo derecha, de Santiago de Compostela, hoy en paradero desconocido, y haciéndoles saber que contra la misma podrán interponer recurso de suplicación para ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, el cual deberá ser anunciado, por escrito o comparecencia, en el término de cinco días, a contar desde el siguiente al de la notificación de la sentencia y con expresa advertencia de que de ser el recurrente la empresa demandada deberá exhibir ante este juzgado el resguardo acreditativo de haber depositado en la cuenta de recursos de este Juzgado de lo Social número dos, nº de identificación: 5.608, abierta en el Banco Bilbao-Vizcaya, oficina 5947, sita en la c/ Senra nº 3 de esta ciudad, la cantidad objeto de condena (clave de ingreso 60), pudiendo sustituirse la consignación en metálico por el aseguramiento mediante aval bancario, en el que deberá hacerse

constar la responsabilidad solidaria del avalista; y acreditar también haber depositado en la indicada cuenta (clave de ingreso 65) la cantidad de veinticinco mil pesetas (25.000 ptas.), preceptiva legalmente para recurrir, sin cuyos requisitos no se tendrá por anunciado dicho recurso».

Y asimismo, para que conste a efectos de su publicación en el Diario Oficial de Galicia, expido y firmo la presente cédula de notificación de sentencia, en Santiago de Compostela, a siete de abril de dos mil.

El secretario judicial

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