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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 84 Miercoles, 03 de mayo de 2000 Pág. 7.047

III. OTRAS DISPOSICIONES

CONSELLERÍA DE LA PRESIDENCIA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

ORDEN de 26 de abril de 2000 por la que se clasifica como de interés social la Fundación Araduca No Camiño.

Visto el expediente de clasificación de la Fundación Araduca No Camiño, con domicilio en Arzúa.

Supuestos de hecho:

1. Antonio González Cid, en su calidad de administrador de la fundación, en escrito de 11 de abril de 2000, formuló solicitud de clasificación a efectos de su inscripción en el Registro de Fundaciones de Interés Gallego.

2. La fundación fue constituida en escritura pública otorgada en Arzúa, el día 10 de abril de 2000, ante la notaria María del Carmen Carreira Simón, con el número trescientos noventa y nueve de su protocolo, por María Socorro Rodríguez Ramos, María Consuelo Agra Barral, María Mercedes Raposo Lamas, Manuel Angel Saavedra Pereira, José Ramón Alamancos Pérez, Manuel Castro García, María del Carmen Pedreira Lodeiros, María Teresa Villar Ribadulla, María Concepción Cascón Raposo, Antonio González Cid, Manuel Moscoso López, Ramón Villar García y Francisco López Modelo, que intervienen en su propio nombre y derecho.

3. Según consta en el artículo 6 de sus estatutos, el objeto de la fundación es cubrir necesidades sociales, especialmente las de ayuda y asistencia al colectivo de las personas viejas y disminuidos físicos, psí

quicos y sensoriales, así como las prestaciones domiciliarias asistenciales y técnicas.

4. El patronato de la fundación estará constituido por Manuel Ángel Saavedra Pereira como presidente, Manuel Moscoso López como vicepresidente, María del Carmen Pedreira Lodeiros como secretaria, Antonio González Cid como administrador y María Socorro Rodríguez Ramos, María Mercedes Raposo Lamas, José Ramón Alamancos Pérez, Manuel Castro García, María Teresa Villar Ribadulla, María Concepción Cascón Raposo, Ramón Villar García y Francisco López Modelo como vocales.

5. La comisión integrada por los secretarios generales de todas las consellerías elevó al conselleiro de la Presidencia y Administración Pública propuesta de clasificación como de interés social de la Fundación Araduca No Camiño, dado su objeto y finalidad, por lo que, viéndose cumplidos los requisitos exigidos en la Ley 7/1983, de 22 de junio, y en la Ley 11/1991, de 8 de noviembre, de reforma de la ley anterior, de régimen de las fundaciones de interés gallego, y según establece el artículo 32.1º y 2º del Decreto 248/1992, de 18 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de organización y funcionamiento del protectorado de las fundaciones de interés gallego, procede su clasificación como de interés social y su adscripción a la Consellería de Sanidad y Servicios Sociales.

Fundamentos de derecho:

1. El artículo 34 de la Constitución española reconoce el derecho de fundación para fines de interés general de acuerdo con la ley, y el artículo 27.26º del Estatuto de autonomía para Galicia le otorga competencia exclusiva sobre el régimen de las fundaciones de interés gallego.

2. De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 32.2º c) del Decreto 248/1992, de 18 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de organización y funcionamiento del protectorado de las fundaciones de interés gallego, corresponde a esta consellería la clasificación de la fundación y la adscripción a la consellería correspondiente, que ejercerá plenamente el protectorado sobre ella.

3. A la vista de lo que antecede, se pueden considerar cumplidas las finalidades tanto legales como reglamentarias establecidas para el caso, de acuerdo con la propuesta realizada por la Comisión de Secretarios Generales en su reunión del día 25 de abril de 2000.

Vista la Constitución española de 1978, el Estatuto de autonomía de Galicia (Ley orgánica 1/1981, de 6 de abril); la Ley 7/1983, de 22 de junio, y en la Ley 11/1991, de 8 de noviembre, de reforma de la anterior, de régimen de las fundaciones de interés gallego, así como las demás normas de desarrollo y de general aplicación.

En su virtud,

DISPONGO:

Clasificar como de interés social la Fundación Araduca No Camiño adscribiéndola a la Consellería de Sanidad y Servicios Sociales, que ejercerá plenamente el protectorado sobre ella.

Santiago de Compostela, 26 de abril de 2000.

Jaime Pita Varela

Conselleiro de la Presidencia y Administración

Pública