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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 83 Martes, 02 de mayo de 2000 Pág. 6.950

III. OTRAS DISPOSICIONES

CONSELLERÍA DE EDUCACIÓN Y ORDENACIÓN UNIVERSITARIA

ORDEN de 3 de abril de 2000 por la que se concede autorización definitiva al centro privado Santa Teresa de Jesús de Ourense para impartir bachillerato de las modalidades de tecnología y artes.

Examinado el expediente instruido a instancia del titular del centro privado Santa Teresa de Jesús de Ourense, solicitando autorización definitiva para impartir bachillerato de las modalidades de tecnología y artes.

Teniendo en cuenta que el expediente ha sido tramitado por la Delegación Provincial de la Consellería de Educación y Ordenación Universitaria de Ourense, que se remite con los informes correspondientes.

Vistos la Ley 1/1990, de 3 de octubre (BOE del 4), de ordenación general del sistema educativo, Real decreto 1004/1991, de 14 de junio (BOE del 26), por el que se establecen los requisitos mínimos de los centros que imparten enseñanzas de régimen general no universitarias, Decreto 133/1995, de 10 de mayo (DOG del 22), sobre autorización de centros docentes privados para impartir enseñanzas de régimen general no universitarias, y la Orden de 20 de septiembre de 1995 (DOG del 15 de diciembre) que lo desarrolla.

Considerando que concurren en el expediente los requisitos exigidos en las disposiciones vigentes para poder acceder a lo solicitado.

Esta consellería, a propuesta de la Dirección General de Centros e Inspección Educativa,

DISPONE:

Primero.-Autorizar al centro privado Santa Teresa de Jesús de Ourense para impartir bachillerato de las modalidades de tecnología y artes, según se especifica en el anexo de esta orden.

Segundo.-Antes del inicio de las enseñanzas que se autorizan, la Delegación Provincial de la Consellería de Educación y Ordenación Universitaria, previo informe de la Inspección Educativa, aprobará expresamente la relación de personal que imparta docencia en dicho centro.

Tercero.-Queda el centro obligado al cumplimiento de la legislación vigente y a solicitar la oportuna revisión cuando tenga que modificarse cualquiera de los datos que señala la presente orden.

Cuarto.-Contra esta orden, que agota la vía administrativa, los interesados podrán interponer recurso potestativo de reposición ante el conselleiro de Educación y Ordenación Universitaria en el plazo de un mes, a partir del día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia, según lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 4/1999 (BOE del 14 de enero), de modificación de la Ley 30/1992, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, o bien

directamente el recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante el Tribunal Superior de Justicia de Galicia.

Santiago de Compostela, 3 de abril de 2000.

Celso Currás Fernández

Conselleiro de Educación y Ordenación

Universitaria

ANEXO

Provincia: Ourense.

Municipio: Ourense.

Localidad: Ourense.

Dirección: c/ Pena Trevinca, 2.

Código del centro: 32008513.

Denominación específica: Santa Teresa de Jesús.

Titular: Hermanas Carmelitas de la Caridad.

Enseñanzas que se autorizan: bachillerato de las modalidades de tecnología y artes.

Composición resultante:

a) Centro de educación infantil: 5.

b) Centro de educación primaria: 18 unidades.

c) Centro de educación secundaria:

-12 unidades de educación secundaria obligatoria.

-8 unidades de bachillerato de las modalidades de ciencias de la naturaleza y de la salud; humanidades y ciencias sociales; tecnología y artes.