Galego | Castellano

DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 81 Jueves, 27 de abril de 2000 Pág. 6.810

V. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO DOS DE SANTIAGO DE COMPOSTELA

CÉDULA de notificación de sentencia (388/1999).

Yo, Camilo J. García-Puertas Magariños, secretario del Juzgado de lo Social número dos de Santiago de

Compostela, doy fe que en los presentes autos de juicio verbal número 388/1999, seguidos en el Juzgado de lo Social número dos de Santiago de Compostela, a instancia de Irene Abelleira Freira, contra Servi-Sport Santiago, S.L., José Fraile Renieblas, comisario de la quiebra, José L. Folqueral Martínez, depositario de la quiebra y el Fondo de Garantía Salarial, en reclamación de cantidad, se ha dictado, en fecha 22 de octubre de 1999, sentencia cuyo fallo es del tenor literal siguiente:

«Que estimando como estimo, parcialmente, la demanda promovida por Irene Abelleira Freiria, frente a la empresa Servi-Sport Santiago, S.L., el comisario y el depositario de la quiebra legal de ésta y el FOGASA, en reclamación de cantidad, debo condenar y condeno a la empresa demandada a que abone a la actora, por los conceptos relacionados en el hecho probado segundo esta sentencia, la cantidad total de quinientas noventa y siete mil ochocientas sesenta y cinco pesetas (597.865 pesetas), más un 10% en concepto de interés anual por mora, en proporción al período transcurrido desde el 21 de mayo de 1999 hasta la fecha, condenando a los restantes codemendados a estar y pasar por el contenido de esta resolución sin perjuicio de la minoración de la presunta responsabilidad del FOGASA con arreglo a lo expuesto en su fundamentación juridica».

Y para que sirva de notificación de setencia a Servi-Sport Santiago, S.L. con domicilio en rúa Restollal, nº 39, 1ºC, de Compostela, hoy en paradero desconocido, y haciéndoles saber que, contra la misma, podrán interponer recurso de suplicación para ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, el cual deberá ser anunciado, por escrito o comparecencia, en el término de cinco días, a contar desde el siguiente al de la notificación de la sentencia, y con expresa advertencia de que de ser el recurrente la empresa demandada deberá exhibir ante este juzgado el resguardo acreditativo de haber depositado en la cuenta de recursos del Juzgado de lo Social número dos de identificación: 5.608, abierta en el Banco Bilbao-Vizcaya, oficina 5947, sita en la c/ Senra nº 3 de esta ciudad, la cantidad objeto de condena (clave de ingreso 60), pudiendo sustituirse la consignación en metálico por el aseguramiento mediante aval bancario, en el que deberá hacerse constar la

responsabilidad solidaria del avalista y acredirar también haber depositado en la indicada cuenta (clave de ingreso 65) la cantidad de veinticinco mil pesetas (25.000 pesetas), preceptiva legalmente para recurrir, sin cuyos requisitos no se tendrá por anunciado dicho recurso.

Y asimismo, para que conste a efectos de su publicación en el Diario Oficial de Galicia, expido y firmo la presente cédula de notificación de sentencia en Santiago de Compostela a 30 de marzo de 2000.

El secretario judicial

Rubricado