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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 76 Martes, 18 de abril de 2000 Pág. 6.438

III. OTRAS DISPOSICIONES

CONSELLERÍA DE JUSTICIA, INTERIOR Y RELACIONES LABORALES

RESOLUCIÓN de 15 de marzo de 2000, de la Delegación Provincial de A Coruña, por la que se dispone la inscripción en el registro y la publicación, en el Diario Oficial de Galicia, del acta de la comisión paritaria del convenio colectivo del sector de hostelería de la provincia de A Coruña para la corrección de errores en las tablas salariales del año 2000.

Visto el texto del acta firmada el día 2 de marzo de 2000 por la comisión paritaria del convenio colectivo del sector de hostelería de la provincia de A Coruña, integrada en representación de la parte económica por la Asociación de Empresarios de Hostelería de Santiago de Compostela y Comarca, Asociación Provincial de Empresarios de Hostelería de La Coruña, Asociación Provincial de Hostelería de Ferrol y Hospeco y de la parte social por CC.OO y UGT con el fin de corregir los errores detectados en la confección de las tablas salariales del año 2000 en la sección cuarta: cafetería de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90.2º y 3º del Real decreto legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los trabajadores, Real decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre registro y depósito de convenios colectivos de trabajo y Real decreto 2412/1982, de 24 de julio, sobre traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a

la Comunidad Autónoma de Galicia, en materia de trabajo, esta delegación provincial

ACUERDA:

Primero.-Ordenar su inscripción en el libro registro de convenios colectivos de trabajo existente en esta delegación provincial, y notificación a las representaciones económica y social de la comisión negociadora.

Segundo.-Ordenar su depósito en el Servicio de Relaciones Laborales, Sección de Mediación, Arbitraje y Conciliación.

Tercero.-Disponer su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

A Coruña, 15 de marzo de 2000.

Mª Reyes Carabel Pedreira

Delegada provincial de A Coruña

En A Coruña, el 2 de marzo de 2000, se renueva en los locales de la Asociación Provincial de Empre

sarios de Hostelería la comisión paritaria del convenio colectivo del sector integrado en la parte patronal por las asociaciones empresariales de A Coruña, Ferrol, Santiago de Compostela (hospedaje y restauración) y Hospeco, representadas todas ellas por el letrado Enrique Cornide Rodríguez y por la parte social integrada por las centrales sindicales UGT, representada por Miguel Cajigal Fariña y por CC.OO, representada por Elvira Martínez Rial que adoptan el siguiente acuerdo:

Único: que una vez conocido el error padecido en la confección de las tablas salariales del año 2000, en concreto en la sección cuarta: cafeterías, se procede a la corrección del mismo firmándose en este acto las nuevas tablas salariales de dicha sección cuarta: cafeterías, del convenio colectivo.

Sin más asuntos que tratar, lo firman.

Sección cuarta

Cafeterías

Categorías profesionales3 tazas

Salario base

2 tazas

Salario base

1 taza

Salario base

Primer encargado132.363126.365121.129
Segundo encargado130.233124.582121.129
Dependiente127.516122.491119.392
Ayudante124.816120.750117.845
Aprendiz de 16 a 18 años35.89085.89085.890
Auxiliar de caja116.297115.324115.324
Cocinero121.911116.357115.324
Ayudante de cocina116.297115.324115.324
Repostero124.816120.750117.845
Cafetero o ayudante116.877115.324111.883
Ayudante repostero116.877115.324111.883
Encargado de almacén116.297115.324115.324
Planchista121.699116.877115.324
Ayudante de planchista116.357115.324111.883
Aprendiz de 16 a 18 años85.89085.89085.890
Telefonista119.203119.203119.203
Mecánico/calefactor o portero116.297115.324115.324
Fregadero/limpiador115.324115.324115.324
Contable127.516
Cajero122.174
Oficial de contabilidad124.425120.750119.392
Auxiliar121.911119.099116.279
Mozo de almacén115.324115.324115.324