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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 74 Viernes, 14 de abril de 2000 Pág. 6.314

III. OTRAS DISPOSICIONES

INSTITUTO GALLEGO DE LAS ARTES ESCÉNICAS Y MUSICALES

RESOLUCIÓN de 3 de abril de 2000 por la que se convocan dos becas de colaboración en el Centro de Documentación de las Artes Escénicas de Galicia del IGAEM para la catalogación, documentación e investigación del patrimonio escénico y musical gallego.

La Ley 4/1989, de 21 de abril, por la que se crea el Instituto Gallego de las Artes Escénicas y Musicales, modificada por la Ley 2/1991, de 14 de enero, indica en su artículo 9 que le corresponderá al IGAEM ejercer las funciones de actualización del inventario y catalogación del patrimonio escénico y musical gallego e informar permanentemente del mismo.

La catalogación de dicho patrimonio escénico -abarca el teatro, la música y la danza- se viene realizando en el Centro de Documentación de las Artes Escénicas de Galicia del IGAEM, estando en la actualidad en fase de recopilación de diverso material de interés.

Para la catalogación del material de un género tan específico como es el de las artes escénicas, se convocan dos bolsas de documentalista y/o musicólogos, destinadas a personas, que disponiendo de la formación precisa, estén interesadas en contar con un período de formación complementaria a sus estudios.

Por eso, esta gerencia,

DISPONE:

Primera.-Objeto.

El Instituto Gallego de las Artes Escénicas y Musicales convoca dos becas para la catalogación del mate

rial y fondos relacionados con las artes escénicas gallegas.

Segunda.-Duración y dotación económica.

El disfrute de la beca será desde la toma de posesión, hasta el 31 de diciembre de 2000, si el rendimiento del becario así lo determina.

En el mes de diciembre de 2000 se iniciarán los trámites de la renovación de las bolsas para el año siguiente, por un período de 11 meses, renovación que se verá supeditada al informe favorable del responsable tutorial y a la existencia del crédito adecuado en los presupuestos del IGAEM. El tiempo máximo de renovación no podrá exceder de dos años. En el caso de no renovar alguna de las becas, se podrá tramitar nueva convocatoria pública para su provisión.

La dotación económica de las bolsas será de 100.000 ptas./mensuales brutas por persona con cargo a la aplicación presupuestaria 10.50.354A.480.0, del vigente presupuesto de gastos, una vez dotada para tales fines. A esta cantidad se le aplicarán las retenciones fiscales que legalmente procedan.

Tercera.-Naturaleza jurídica de la relación.

La condición de becario no generará una relación laboral o administrativa con la Xunta de Galicia, ni su inclusión en la Seguridad Social.

Cuarta.-Requisitos de los participantes.

Podrán optar a las bolsas las personas que reúnan los requisitos siguientes:

-Titulación universitaria de grado superior.

-Acreditar conocimientos en el manejo de bases de datos por ordenador.

-Acreditar conocimientos técnicos en la materia: se considerará la experiencia en catalogación y clasificación de documentos.

-Acreditar conocimientos en lengua gallega.

-Acreditar conocimientos en lenguas extranjeras.

Quinta.-Solicitudes.

Las personas interesadas presentarán en el registro del IGAEM, dentro de los quince días naturales siguientes al de la publicación de esta convocatoria en el Diario Oficial de Galicia, la documentación siguiente:

a) Una instancia de admisión, según el modelo anexo.

b) Currículum vitae con la documentación acreditativa de los méritos alegados. Únicamente serán tenidos en cuenta los méritos convenientemente acreditados mediante original, fotocopia compulsada o cotejada.

c) Acreditación documental de la formación o conocimiento en lengua gallega.

d) Acreditación documental de la formación o conocimiento en lenguas extranjeras.

e) Fotocopia del DNI.

f) Acreditación de la titulación aportada.

Sin perjuicio de lo establecido en el párrafo anterior, las solicitudes podrán presentarse, asimismo, por cualquiera de las formas previstas en el artículo 38.4º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, modificada por la Ley 4/1999.

Sexta.-Tribunal.

Presidente: el presidente del IGAEM, o persona en quien delegue.

Vocais: el secretario del Consejo Rector del IGAEM, o persona en quien delegue.

El jefe del Departamento de Personal y de Gestión Económico-Administrativa del IGAEM.

-Mar Nogueira como responsable del Centro de Documentación del IGAEM.

Secretario/a: la jefa del Servicio Administrativo del IGAEM, con voz y voto.

Séptima.-Criterios para la selección de los becarios.

La selección se llevará a cabo mediante la valoración de los méritos acreditados conforme establezca el tribunal de selección consensuadamente. En todo caso, la baremación se desglosará del siguiente modo:

a) Valoración del expediente académico.

b) Valoración de cursos y experiencia en la materia relacionada con el contenido de la bolsa.

La puntuación máxima de esta fase será de 60 puntos. Los aspirantes que obtengan una puntuación de más de 40 puntos, serán convocados a una entrevista sobre sus méritos curriculares y la experiencia que puedan aportar. Dicha entrevista tendrá una valoración de hasta 40 puntos que será acumulada a la puntuación anterior.

El tribunal podrá decidir, en caso de considerarlo oportuno, la realización de una prueba práctica sobre manejo de base de datos en ordenador, así como de conocimiento de lenguas.

Finalmente el tribunal hará pública la relación de candidatos por orden de puntuación.

Octava.-Régimen de colaboración.

Los aspirantes seleccionados se incorporarán después de la aceptación de la beca, el día que se les indique en la resolución final. El horario de desarrollo de la actividad relacionada con la beca será establecido en el momento de la incorporación.

En caso de que los aspirantes que ocupen los dos primeros lugares no puedan, por cualquier motivo, prestar su colaboración, serán sustituidos por los candidatos siguientes por orden de puntuación.

Los becarios prestarán su colaboración bajo la tutela de la dirección del Centro de Documentación, y bajo la superior supervisión de los órganos de la Gerencia del IGAEM.

Los trabajos realizados quedarán, en todo caso, en propiedad del Centro de Documentación de las Artes Escénicas de Galicia dependiente del IGAEM.

El pago de la beca se realizará con carácter mensual previa certificación del responsable tutorial de cumplir con la actividad de formación encomendada.

Novena.-Cláusula general.

En caso de incumplimiento de las tareas de colaboración o por indisciplina, el IGAEM podrá, previo informe del responsable tutorial y después de la correspondiente audiencia del becario, imponer la sanción de baja temporal en la beca o baja definitiva procediendo a la sustitución del becario objeto de la sanción.

La solicitud de las becas implica el conocimiento y aceptación de las presentes bases y la legislación relativa al IGAEM.

La resolución de adjudicación pone fin a la vía administrativa, de acuerdo con el artículo 109 de la Ley 30/1992, y contra ella cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Galicia en el plazo de dos meses contados a partir de la fecha de la notificación efectiva de la misma a los interesados.

Una vez finalizado el período de selección, las personas no seleccionadas podrán solicitar la devolución de la documentación presentada. Transcurrido el plazo de un año, se procederá a la eliminación de los documentos no recogidos.

Santiago de Compostela, 3 de abril de 2000.

Aníbal Otero Fernández

Gerente del Instituto Gallego de las Artes Escénicas y Musicales

ANEXO

Modelo de instancia

Don/Doña....., con DNI....., de..... años de edad, natural de....., con domicilio habitual en la calle....., localidad....., provincia de....., DP....., teléfono.....

EXPONE:

Que creyendo reunir los requisitos y condiciones que señala la convocatoria para la concesión de la bolsa de catalogación e investigación del patrimonio escénico-musical,

SOLICITA:

Participar en la convocatoria de la cobertura de la beca, manifestando que acepta las condiciones y los compromisos que figuran en la convocatoria, adjuntando a la presente solicitud la documentación indicada en la cláusula quinta de las bases de la citada convocatoria.

....., ....., de..... de 2000.

Firma.

Presidente del Instituto Gallego de las Artes Escénicas y Musicales.

Santiago de Compostela.