En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 4 del Real decreto 873/1977, de 22 de abril, de desarro
llo de la Ley 19/1977, de 1 de abril, y a los efectos previstos en él, se hace público que en el correspondiente servicio de esta dirección general han sido depositados el acta de constitución y los estatutos de la Asociación de Criadores de Ganado Vacún de Raza Limusín de Galicia (Agal), que tiene los siguientes ámbitos:
Territorial: Comunidad Autónoma de Galicia.
Profesional: podrán pertenecer a la referida asociación los criadores de la raza limusín que tengan la explotación ganadera de esta raza en la Comunidad Autónoma de Galicia.
Firman el acta de constitución: Vicente Prieto Ledo y dos personas más.
Santiago de Compostela, 16 de marzo de 2000.
José María Fernández Olea
Director general de Relaciones Laborales