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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 66 Martes, 04 de abril de 2000 Pág. 4.660

VI. ANUNCIOS

DE LA ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA

CONSELLERÍA DE MEDIO AMBIENTE

RESOLUCIÓN de 3 de marzo de 2000, de la Delegación Provincial de Pontevedra, por la que se notifica la incoación del expediente sancionador P-183/1999 (pesca-Pontevedra).

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 59.4º de la Ley de 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, se les notifica a las personas que en el anexo se mencionan la incoación del expediente sancionador, por infracción de la Ley 7/1992, de 24 de julio, de pesca fluvial de Galicia.

Que asimismo, designo instructora del expediente a Pilar Pita Ponte y secretaría a Mercedes Valdés Rodríguez.

Lo que se notifica, a los efectos previstos en el artículo 29 de la citada Ley de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, pudiendo recusarlos en cualquier momento del expediente por alguna de las causas previstas en el artículo 28 de la citada ley.

A los efectos previstos de la Ley de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, los denunciados dispondrán de un plazo de quince días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de esta notificación, para formular las alegaciones, aportar los documentos o aportar las pruebas que convengan a su derecho, advirtiéndoles que de no efectuar alegación ninguna en el plazo fijado, este acuerdo de incoación podrá ser considerado propuesta de resolución, de darse los supuestos previstos en el artículo 13 del Real decreto 1398/1993, de 4 de agosto (BOE del 9).

Pontevedra, 3 de marzo de 2000.

José Luis Díez Yáñez

Delegado provincial de Pontevedra

ANEXO

Expediente: 183/1999.

Denunciado: José Seco López, domicilio c/ Umia, 1-2º, Vigo.

Hechos denunciados: entorpecer la servidumbre de paso por la margen izquierda del río Furnia, con un cierre de postes y malla metálica, impediendo el paso a los pescadores.

El cierre afecta a la margen en unos 10 m aproximadamente.

Hechos denunciados a las 16.45 horas del día 20 de noviembre de 1999, en el río Furnia, a su paso por Malvas en el ayuntamiento de Tui.

Fecha de acuerdo de la incoación: 24-1-2000.

Precepto infringido: 34.27º de la Ley 7/1992, de pesca fluvial de Galicia.

Precepto sancionador: 34 de la Ley 7/1992, de pesca fluvial de Galicia.

Sanción: 50.001 ptas.

Inhabilitación: para obtener la licencia de pesca y para el ejercicio de esta actividad durante un período de 1 año y retirada del cierre de zona de servidumbre del río.