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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 64 Viernes, 31 de marzo de 2000 Pág. 4.441

III. OTRAS DISPOSICIONES

CONSELLERÍA DE EDUCACIÓN Y ORDENACIÓN UNIVERSITARIA

ORDEN de 20 de marzo de 2000 por la que se autoriza la oferta de un ciclo formativo al Instituto de Educación Secundaria O Centiño de Foz (Lugo).

La Ley orgánica 1/1981, de 6 de abril, por la que se aprobó el Estatuto de autonomía de Galicia, y el Real decreto 1763/1982, de 24 de julio, sobre el traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma de Galicia en materia de educación, le reconocen a la Consellería de Educación y Ordenación Universitaria las competencias en materia de planificación, regulación y administración de la enseñanza reglada.

En el marco de estas competencias y de la Ley orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de ordenación general del sistema educativo, la Consellería de Educación y Ordenación Universitaria, con el propósito de actualizar la cualificación de los ciudadanos, persigue como uno de los objetivos básicos para la formación profesional y las artes aplicadas y diseño el de dar una respuesta puntual y adecuada a los requirimientos de formación profesional provenientes del mundo productivo.

La necesidad de mantener en todo momento actualizada la oferta educativa de los centros incide en la necesidad de revisar periódicamente la oferta educativa. En este sentido, debe acometerse de forma progresiva la sustitución de las actuales enseñanzas de formación profesional y de artes aplicadas y diseño

por los nuevos ciclos formativos, dentro del calendario previsto, y se procurará la ampliación de oferta en el contexto de los objetivos señalados por el Fondo Social Europeo.

Por otra parte, la progresiva implantación de la enseñanza del nuevo sistema educativo hace que distintos centros puedan requerir la implantación de ciclos formativos de grados medio y superior, como oferta para el alumnado que termina la educación secundaria obligatoria y las diferentes modalidades de bachillerato.

En su virtud, visto el Decreto 213/1998, de 10 de julio (DOG del 23), por el que se establece la estructura orgánica de la Consellería de Educación y Ordenación Universitaria

DISPONGO:

Primero.-Autorizar la oferta del ciclo formativo de grado medio Comercio, para el curso 1999-2000, al Instituto de Educación Secundaria O Centiño de Foz (Lugo).

Segundo.-Se requerirá un mínimo de 15 alumnos para poder impartir dichos ciclos formativos, salvo autorización expresa de la Dirección General de Ordenación Educativa y Formación Profesional, no pudiendo, mientras tanto, formalizar ninguna matrícula. Esta condición del número mínimo de alumnos debe ser puesta en conocimiento de los interesados en el momento de su preinscripción.

Asimismo, la Dirección General de Ordenación Educativa y Formación Profesional determinará en cada caso el número máximo de alumnos por grupo atendiendo a las condiciones pedagógicas y medios didácticos concretos. El número máximo de alumnos de cada grupo será de 30, no contabilizándose a estos efectos el alumnado repetidor.

Disposición final

Primera.-Se autoriza a las direcciones generales de Ordenación Educativa y Formación Profesional y de Centros e Inspección Educativa para dictar las resoluciones que consideren necesarias para el ajustado desarrollo de lo dispuesto en la presente orden.

Santiago de Compostela, 20 de marzo de 2000.

Celso Currás Fernández

Conselleiro de Educación y Ordenación

Universitaria