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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 64 Viernes, 31 de marzo de 2000 Pág. 4.440

III. OTRAS DISPOSICIONES

CONSELLERÍA DE EDUCACIÓN Y ORDENACIÓN UNIVERSITARIA

ORDEN de 6 de marzo de 2000 por la que se autoriza al centro privado Abrente de Sanxenxo (Pontevedra), para impartir el ciclo formativo de grado superior de administración de sistemas informáticos.

Examinado el expediente presentado por el centro privado Abrente de Sanxenxo (Pontevedra), solicitando autorización para poder impartir el ciclo formativo de grado superior de administración de sistemas informáticos,

Teniendo en cuenta que el expediente ha sido tramitado por la Delegación Provincial de la Consellería de Educación y Ordenación Universitaria de Pontevedra, que se remite con los informes correspondientes,

Vistos la Ley 1/1990, de 3 de octubre (BOE del 4), de ordenación general del sistema educativo, Real decreto 1004/1991, de 14 de junio (BOE del 26), por el que se establecen los requisitos mínimos de los centros que imparten enseñanzas de régimen general no universitarias; Real decreto 777/1998 (BOE del 8 de mayo) por el que se desarrollan determinados aspectos de la ordenación de la formación profesional en el ámbito del sistema educativo; Decreto 296/1999 (DOG del 18 de noviembre) por el que se desarrollan determinados aspectos de los currículos de los ciclos formativos de formación profesional específica en la Comunidad Autónoma de Galicia; Orden de 21 de diciembre de 1999 (DOG del 31 de enero de 2000) por la que se regulan determinados aspectos relativos a autorización de centros privados exclusivos de formación profesional específica, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Galicia; Decreto 133/1995, de 10 de mayo (DOG del 22), sobre autorización de centros docentes privados

para impartir enseñanzas de régimen general no universitarias y la Orden de 20 de septiembre de 1995 (DOG del 15 de diciembre) que desarrolla dicho decreto,

Considerando que concurren en el expediente los requisitos exigidos en las disposiciones vigentes para poder acceder a lo solicitado,

Esta consellería, a propuesta de la Dirección General de Centros e Inspección Educativa,

DISPONE:

Primero.-Autorizar al centro privado Abrente de Sanxenxo (Pontevedra), para impartir el ciclo formativo de grado superior de administración de sistemas informáticos en sesión de tarde-noche, según se especifica en el anexo de la presente orden.

Segundo.-Antes del inicio de las enseñanzas que se autorizan, la Delegación Provincial de la Consellería de Educación y Ordenación Universitaria, previo informe de la Inspección educativa, aprobará expresamente la relación de personal que impartirá docencia en dicho centro.

Tercero.-Queda el centro obligado al cumplimiento de la legislación vigente e a solicita-la oportuna revisión cando teña que modificarse cualquiera de los datos que señala la presente orden,

Cuarto.-Contra esta orden, que agota la vía administrativa, los interesados podrán interponer recurso potestativo de reposición ante el conselleiro de Educación y Ordenación Universitaria, en el plazo de un mes, a partir del día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia, según lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 4/1999 (BOE del 14 de enero), de modificación de la Ley 30/1992, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, o bien directamente el recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses perante el Tribunal Superior de Justicia de Galicia.

Santiago de Compostela, 6 de marzo de 2000.

Celso Currás Fernández

Conselleiro de Educación y Ordenación

Universitaria

ANEXO

Provincia: Pontevedra.

Municipio: Sanxenxo.

Localidad: Portonovo.

Domicilio: carretera de Pombal-Adigna s/n.

Código del centro: 36016024.

Denominación: Abrente.

Titular: Adigna Sociedad Cooperativa Limitada.

Ensinanzas que se autorizan:

Sesión: tarde-noche.

Familia profesional: informática.

1 ciclo formativo de grado superior de administración de sistemas informáticos (2 unidades, 30 puestos/unidad).

Composición resultante:-Sesión: diurno.

a) Centro de educación infantil: 3 unidades do segundo ciclo.

b) Centro de educación primaria: 6 unidades.

c) Centro de educación secundaria: 4 unidades de educación secundaria obrigatoria.

d) Centro de educación especial: 1 unidad.-Sesión: tarde-noche.

e) Centro de formación profesional específica: 1 ciclo formativo de grado superior de administración de sistemas informáticos (2 unidades, 30 puestos/unidad).