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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 63 Jueves, 30 de marzo de 2000 Pág. 4.405

V. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO UNO DE GIJÓN

EDICTO de notificación (161/2000).

Yo, Carmen Villar Sevillano, secretaria judicial del Juzgado de lo Social número 1 de Gijón, hago saber que en el procedimiento de demanda 161/2000 de este Juzgado de lo Social, seguido a instancias de Fremap Mutua de Accidentes contra la empresa Nova Boroña, S.A., sobre prestaciones, se ha dictado resolución de fecha siete de febrero de dos mil, cuya

parte dispositiva, copiada en lo necesario, es del tenor siguiente:

«Propuesta de providencia.

S.Sª la secretaria judicial, Carmen Villar Sevillano.

En Gijón, a siete de febrero de dos mil.

Presentada la anterior demanda, se admite a trámite. Se cita a las partes a los actos de juicio y, en su caso, al previo de conciliación, que tendrán lugar en única convocatoria en la sala de audiencias de este juzgado de lo Social, sito en Gijón, c/ Decano Prendes Pando, el día veintisiete de marzo de 2000, a las 10.03 horas de su mañana. Dése traslado de copia de la demanda y demás documentos al/a los demandado/s. Se advierte a las partes que deberán concurrir al juicio con todos los medios de prueba de que intenten valerse, así como con los documentos pertenecientes a las partes que hayan sido propuestos como medio de prueba por la parte contraria y se admita por este juzgado, pudiendo estimarse probadas las alegaciones hechas por la contraria en relación con la prueba admitida si no se presentaran sin causa justificada.

Se advierte que si el demandante, citado en forma, no compareciese ni alegase justa causa que motive la suspensión del juicio, se le tendrá por desistido de su demanda, y que la incomparecencia injustificada del demandado no impedirá la celebración del juicio, que continuará sin necesidad de declarar su rebeldía.

Modo de impugnarla: mediante recurso de reposición a presentar en este juzgado dentro de los tres días hábiles siguientes al de recibirla, cuya sola interposición no suspenderá la ejecutividad de lo que se acuerda (artículo 184-1 de la Ley de procedimiento laboral).

Y para que le sirva de notificación en legal forma a Nova Boroña, S.A., en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOP».

En Gijón a nueve de marzo de dos mil.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia, o se trate de emplazamiento.

La secretaria judicial

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