De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, se notifica a la persona que en el anexo se menciona la propuesta de resolución dictada en el expediente sancionador por infracción de la Ley 8/1995, de 30 de octubre, de patrimonio cultural de Galicia, por no ser posible su notificación.
El interesado dispone de un plazo de 15 días, contados a partir del siguiente al de la publicación de esta notificación, para formular alegaciones y presentar los documentos e informaciones que estime pertinentes ante el instructor del procedimiento, de conformidad con lo establecido en el artículo 19.1º del Real decreto 1398/1993, de 4 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento del procedimiento para el ejercicio de la potestad sancionadora.
Santiago de Compostela, 1 de marzo de 2000.
Roberto Pena Puentes
Instructor jefe del Servicio de Vigilancia e
Inspección del Patrimonio Cultural
ANEXO
Número de expediente: C-10/1999.
Denunciado: Gumersindo Meijón Álvarez.
Dirección: Rúa da Tapia, 41-5. Cambre, A Coruña.
Precepto infringido: 54 de la Ley 8/1995.
Precepto sancionador: 90 g) de la Ley 8/1995.
Sanción: 300.000 pesetas (trescientas mil).