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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 57 Miercoles, 22 de marzo de 2000 Pág. 3.940

V. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE PADRÓN

EDICTO (135/1991).

Luis Fernández-Arias González, secretario del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción único de Padrón (A Coruña), hago saber que en esta secretaría de mi cargo, y con el número 135/1991, se tramita procedimiento de juicio de cognición, a instancia de Carmen, Antonio, Federico, Manuel y María Cajaraville Balado contra José Cajaraville Piñeiro, en el que se ha dictado resolución del día de la fecha cuya parte dispositiva se transcribe literalmente:

«Que procede reiterar la aprobación del remate de la subasta practicada con fecha diecisiete de diciembre de mil novecientos noventa y nueve, practicada en los autos del que dimana la presente resolución por la cantidad de un millón ochocientas ochenta y siete mil trescientas treinta y cuatro pesetas, y declarar la adjudicación del bien al que se hace referencia en el hecho primero de este proveído (Rústica, número 149 del Plan general de concentración parcelaria de la parroquia de Carcacía, Rumille, ayuntamiento de Padrón. Terreno dedicado a prado, labradío y monte, al sitio Cacheiro, de cuarenta y siete áreas, diecinueve centiáreas que linda: norte, con José Cajaraville Ares (148); sur, con Elvira Iglesias Buela (150), Rosa Iglesias Buela (151), Ramón Iglesias Buela (152), Peregrina Iglesias Buela (153), Flora Buján Piñeiro (154), María Rodríguez Casal (155) y Manuel Pereira Espiñeira (156); este, camino, cauce de agua en medio y oeste, zona excluida. En esta finca penetra un cauce

de agua. Inscrita en el Registro de la Propiedad de Padrón al tomo 497 del archivo, libro 113 de Padrón, folio 135, finca 10.350) a favor de Carmen Cajaraville Balado, con DNI 33.038.451 y con domicilio en la calle Rosalía de Castro, número 16 de Padrón (A Coruña).

Firme que sea este proveído, expídase al adjudicatario testimonio del mismo con el visto bueno del juez, que servirá de título bastante para la inscripción de la finca a su favor en el Registro de la Propiedad, entendiéndose, conforme establece el artículo 1512, subsistentes las cargas y gravámenes y que el rematante los acepta y queda subrogado en la responsabilidad de los mismos.

Estando en ignorado paradero el demandado José Cajaraville Piñeiro, notifíquesele esta resolución mediante la publicación de edicto en el Diario Oficial de Galicia, haciéndosele saber que se hallan a su disposición en la cuenta de consignaciones de este juzgado la cantidad de seiscientas veintinueve mil ciento once pesetas.

Notifíquese esta resolución a las partes. Hágase saber que la misma no es firme y que contra ella cabe interponer recurso de reposición en el plazo de tres días ante este juzgado».

Y para que sirva de notificación al referido demandado, en paradero desconocido, extiendo y firmo el presente edicto en Padrón a diecinueve de febrero de dos mil.

El secretario

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