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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 56 Martes, 21 de marzo de 2000 Pág. 3.871

VI. ANUNCIOS

DE LA ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA

CONSELLERÍA DE MEDIO AMBIENTE

RESOLUCIÓN de 16 de febrero de 2000, de la Delegación Provincial de Pontevedra, por la que se notifica la propuesta de resolución del expediente sancionador E.N. 66/1999 (espacios naturales-Pontevedra).

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.4º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, se notifica a la persona que en el anexo se menciona la propuesta de resolución dictada por la instructora en el expediente que por infracción a la Ley 4/1989, de conservación de los espacios naturales y de la flora y fauna silvestres, se está tramitando en esta delegación.

A los efectos previstos en el artículo 19 del Real decreto 1398/1993, de 4 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento del procedimiento para el ejercicio de la postestad sancionadora, el denunciado, en plazo de 15 días hábiles contados a partir del siguiente al de la publicación de esta notificación; podrá examinar el expediente en el Servicio de Medio Ambiente Natural, sito en c/ Benito Corbal, 47-5ª planta, y presentar las alegaciones que considere convenientes.

Pontevedra, 16 de febrero de 2000.

José Luis Díez Yañez

Delegado provincial de Pontevedra

ANEXO:

Expediente: E.N. 66/1999.

Denunciado: Bouzada Lastres, Silverio.

Última dirección conocida: Campos de San Martín, 33-A. O Grove.

Hecho denunciado: haber instalado cinco carteles publicitarios en el complejo intermareal Umia-O Grove, A Lanzada, Lagoa Bodeira e Punta Carreirón. Hechos denunciados el día 17 de septiembre de 1999, en O Vao, ayuntamiento de O Grove.

Precepto infringido: artículo 38.5º de la Ley 4/1989, de conservación de los espacios naturales y de la flora y fauna silvestres.

Precepto sancionador: artículo 38.5º de la Ley 4/1989, de conservación de los espacios naturales y de la flora y fauna silvestres.

Sanción: 20.000 ptas.