Por la presente cédula, y debido a que los deudores comprendidos en la relación que a continuación se
inserta, no han podido ser hallados en los domicilios que figuran en los registros de este centro, o que se han alegado distintas causas para no recibir notificaciones por las personas que la legislación autoriza para hacerse cargo de ellas, se comunica que:
Deberán ingresar el importe de la deuda en la cuenta bancaria 0046-0247-60-0000055557 en los plazos que se señalan en el artículo 20 del Real decreto 1684/1990, de 20 de diciembre por el que se aprueba el Reglamento general de recaudación (RGR).
Si se realiza el ingreso una vez transcurridos los plazos establecidos en dicho artículo 20 del RGR, se exigirán los correspondientes intereses de demora, (artículo 21 de la Ley de régimen financiero y presupuestario de Galicia).
Transcurridos 6 meses desde la finalización sin que se produjese el cobro, se iniciará el período ejecutivo.
Contra esta liquidación podrán interponerse en el plazo de 15 días, a partir del siguiente al de esta notificación, recurso de reposición ante el órgano emisor o reclamación económico-administrativa ante el Tribunal Económico Administrativo de la Comunidad Autónoma.
Para que conste, y sirva de notificación al interesado y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 59.4º de la Ley 30/1992, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, expido, firmo y sello esta cédula.
O Barco de Valdeorras, 7 de febrero de 2000.
Ramón Ares Rico
Director gerente del Hospital Comarcal Valdeorras
Sujeto pasivo DNI/NIF Concepto Período Deuda ptas.
25-2-1999
10-5-1999
30-7-1999
13-5-1999Adolfo Villa García 10.565.296 Prest. Sanit. 20-2-1999/
250.500
Mario Rodríguez Luaces 34.258.413 Prest. Sanit. 10-5-1999/
24.840
Lucila Barja Fernández 2.586.213 Prest. Sanit. 29-7-1999/
24.840
José Juan Sanromán Roade 35.981.555 Prest. Sanit. 13-5-1999/
24.840