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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 49 Viernes, 10 de marzo de 2000 Pág. 3.316

III. OTRAS DISPOSICIONES

INSTITUTO LÁCTEO Y GANADERO DE GALICIA

RESOLUCIÓN de 8 de marzo de 2000 por la que se prorrogan los plazos de presentación de las solicitudes de las ayudas a los productores de determinados cultivos herbáceos en la campaña de comercialización 2000/2001 y determinadas primas ganaderas para el año 2000, así como de las indemnizaciones compensatorias en zonas desfavorecidas.

La orden de la Consellería de Agricultura, Ganadería y Política Agroalimentaria, de 30 de diciembre de 1999, regula el procedimiento para la solicitud, tramitación y concesión de las ayudas a los productores de determinados cultivos herbáceos en la campñaa de comerciliación 2000/2001 y de determinadas primas ganaderas para el año 2000, en la Comunidad Autónoma de Galicia, precisando, en su artículo 3º, el plazo de presentación y de admisión de solicitudes.

Asimismo, en la orden de la misma consellería y con la misma fecha, se regulan en la Comunidad Autónoma de Galicia las indemnizaciones compensatorias en zonas desfavorecidas, estableciendo, en su artículo 8, el plazo de presentación de solicitudes.

Conforme a la disposición final primera de dichas órdenes, el director del Instituto Lácteo y Ganadero de Galicia (Ilgga) está facultado para modificar, por medio de resolución publicada en el Diario Oficial

de Galicia, los plazos de presentación de solicitudes o cualquier otra condición o requisito de los establecidos en la orden, cuando tengan su origen en las modificaciones producidas en la normativa estatal o comunitaria reguladoras de esas ayudas.

La orden del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación (MAPA), de 3 de marzo de 2000 (BOE nº 58, del 8) prorroga el plazo de presentación de determinadas solicitudes de ayudas, establecidas en los reales decretos 1893/1999 y 2801/1999, para la campaña 2000/2001 y para el año 2000, respectivamente.

De acuerdo con la norma básica estatal, es necesario modificar el plazo de presentación de las solicitudes previstas en la normativa autonómica reguladora de esas ayudas.

En su virtud, al amparo de la facultad prevista en la disposición final primera de las órdenes de 30 de diciembre de 1999,

RESUELVO:

Primero.-Prorrogar el plazo para la presentación de las solicitudes de pagos compensatorios a los productores de determinados cultivos herbáceos, de ayuda por superficies para ciertas leguminosas grano, para la declaración de superficies forrajeras, de las primas por vacas nodrizas, de los pagos por extensificación y de la prima de ovino y caprino, previsto en el artículo 3.1º de la orden de la Consellería de Agricultura, Ganadería y Política Agroalimentaria de 30 de diciem

bre de 1999 (DOG nº 2, del 4-1-2000), reguladora de esas ayudas, hasta el 24 de marzo de 2000.

Segundo.-Prorrogar el plazo para la presentación de las solicitudes de indemnización compensatoria en zonas desfavorecidas, previsto en el artículo 8 de la orden de la Consellería de Agricultura, Ganadería y Política Agroalimentaria de 30 de diciembre de 1999 (DOG nº 2, del 4-1-2000), reguladora de dichas indemnizacións, hasta el 24 de marzo de 2000.

La presente resolución entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 8 de marzo de 2000.

Antonio Crepo Iglesias

Director del Instituto Lácteo y Ganadero de Galicia