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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 48 Jueves, 09 de marzo de 2000 Pág. 3.203

III. OTRAS DISPOSICIONES

CONSELLERÍA DE JUSTICIA, INTERIOR Y RELACIONES LABORALES

RESOLUCIÓN de 4 de febrero de 2000, de la Delegación Provincial de A Coruña, por la que se dispone la inscripción en el registro y publicación, en el Diario Oficial de Galicia, de la revisión salarial para el año 2000 del convenio colectivo del sector del comercio textil de la provincia de A Coruña.

Visto el expediente de la revisión salarial para el año 2000 del convenio colectivo del sector del comercio textil de la provincia de A Coruña (código 1500345), que tuvo entrada en esta delegación provincial el día 1-2-2000 suscrito por la comisión paritaria del convenio colectivo integrada en representación de la parte económica por la Asociación de Empresarios del Comercio Textil de la provincia de A Coruña y de la parte social por CIG, UGT y CC.OO. el día 25-1-2000, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90.2º y 3º del Real decreto legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los trabajadores, Real decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre registro y depósito de convenios colectivos de trabajo y Real decreto 2412/1982, de 24 de julio, sobre traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma de Galicia, en materia de trabajo, esta delegación provincial,

ACUERDA:

Primero.-Ordenar su inscripción en el libro registro de convenios colectivos de trabajo existente en esta delegación provincial, y notificación a las representaciones económica y social de la comisión negociadora.

Segundo.-Ordenar su depósito en el Servicio de Relaciones Laborales, Sección de Mediación, Arbitraje y Conciliación.

Tercero.-Disponer su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

A Coruña, 4 de febrero de 2000.

Mª Reyes Carabel Pedreira

Delegada provincial de A Coruña

Acta de la comisión paritaria del convenio colectivo de comercio textil de A Coruña (25-1-2000)

Asistentes:

Por la parte empresarial: Antonio Vila, Julio Diéguez, Belén Chaver (Asociación Provincial de Empresarios de Comercio Textil de A coruña), Marina Graña (asesora laboral CEC).

Por la parte social: Luis Soto (CIG), Elvira Martínez (CC.OO.), Nieves Montes (UGT).

En A Coruña, siendo las 9 horas del día 25 de enero de 2000, en los locales de la Confederación de Empresarios de A Coruña, se reúnen los integrantes de la comisión paritaria del convenio colectivo de comercio textil de A Coruña al objeto de llevar a cabo la revisión salarial del citado convenio para el año 2000.

En primer lugar se realiza la revisión salarial que establece el artículo 7º del convenio colectivo, por

el exceso del IPC de 1999. Las tablas salariales resultantes servirán de base para la confección de las tablas del año 2000.

A continuación se realiza la subida salarial para el año 2000, prevista en el mismo artículo 7º del convenio, y que supone un 2,5% de incremento salarial.

Por lo que respecta al plus de antigüedad, el incremento a aplicar es el 2,25%, tal como se establece en el artículo 8º del convenio.

Se acuerda facultar a Marina Graña Bermúdez para que proceda a realizar los trámites oportunos ante la Delegación Provincial de la Consellería de Justicia, Interior y Relaciones Laborales para el registro y publicación de este acta y las tablas salariales adjuntas.

Y no habiendo más asuntos que tratar se levanta la reunión, siendo las 10 horas de la fecha arriba indicada.

Tablas salariales convenio comercio textil A Coruña año 2000

Mes

Año 2000

Año

Año 2000

Antigüedad

cuatrienio

Grupo I
Personal técnico titulado:

Titulado grado superior128.1711.922.5656.319

Titulado grado medio113.9351.709.0255.617

Técnico sanitario99.7121.495.6804.916

Ayudante99.7121.495.6804.916

Grupo II

Personal mercantil no titulado

Director139.5512.093.2656.881

Jefe de división128.1711.922.5656.319

Jefe de personal, jefe compras, jefe ventas y encargado general128.1711.922.5656.319

Jefe de almacén113.9351.709.0255.617

Jefe de grupo111.0301.665.4505.475

Jefe de sección mercantil108.2451.623.6755.336

Intérprete, viajante y corredor plaza99.7121.495.6804.916

Encargado establecimiento, vendedor y comprador105.4211.581.3155.198

Dependiente96.8451.452.6754.774

Dependiente mayor106.1891.592.8355.236

Ayudante82.6451.239.6754.075

Trabajadores menores de 18 años71.7631.076.4452.813

Grupo III

Personl Admvo. técnico no titulado y Perso. Admvo.

Director139.5512.093.2656.881

Jefe de división128.1711.922.5656.319

Jefe administrativo113.9351.709.0255.617

Secretario y contable99.7121.495.6804.916

Jefe de sección administrativa111.0301.665.4505.475

Personal administrativo:

Contable, cajero, Taquim. idioma extranjero102.3711.535.5655.047

Maq. contable, operador y oficial Admvo.99.7121.495.6804.916

Auxiliar Admvo. o perforista96.8451.452.6754.774

Mes

Año 2000

Año

Año 2000

Antigüedad

cuatrienio

Aspirante de 16 a 18 años71.7631.076.4452.807

Auxiliar de caja88.3511.325.2654.355

Grupo IV

Personal de servicios y Activid. auxiliares

Jefe de sección de servicios111.0291.665.4355.475

Dibujante y escaparatista105.4211.581.3155.198

Ayudante montaje, delineante, rotulista y visitador85.4691.282.0354.213

Cortador99.7121.495.6804.916

Ayudante cortador, jefe de taller y personal oficio91.1761.367.6404.496

Capataz Prof. Ofic. 2ª y 3ª, Ayudan. mozo, especialista, Telefon. y Ascensor.88.3511.325.2654.355

Mozo, empaquetadora y repasadora85.4691.282.0354.213

Grupo V

Personal subalterno

Conserje, cobrador, vigilante, portero, sereno y ordenanza85.4691.282.0354.213

Personal de limpieza con 18 años o más83.4701.252.0504.115

Personal de limpieza por hora532