Por acuerdo del Consello de la Xunta de Galicia, en su reunión de siete de octubre de mil novecientos noventa y nueve, se declaró la incidencia supramunicipal del proyecto denominado Actuación industrial Río do Pozo sector II a los efectos previstos en la Ley 10/1995, de 23 de noviembre, de ordenación del territorio de Galicia, designando a esta Consellería de Industria y Comercio como órgano competente para la tramitación del expediente.
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 25.3º de la citada ley, dicho proyecto se sometió, durante el plazo de un mes, a los trámites de audiencia e información pública, mediante resolución de esta dirección general de 20 de octubre de 1999, publicada en el Diario Oficial de Galicia del 19 de noviembre de 1999, sin que se presentasen alegaciones en el plazo previsto para dichos trámites.
El proyecto fue informado por la Dirección General de Urbanismo de la Consellería de Política Territorial, Obras Públicas e Vivenda de fecha 25 de enero de 2000 y la Dirección General de Montes e Medio Ambiente Natural, con fecha 28 de enero de 2000.
Por todo lo anterior, tramitado el expediente de conformidad con la legislación vigente, y toda vez que las instalaciones proyectadas cumplen las condiciones requeridas para su aprobación como proyecto sectorial de incidencia supramunicipal, al amparo de lo señalado en el artículo 25.4º de la reiterada Ley 10/1995, visto el informe favorable de la Dirección General de Urbanismo de la Consellería de Política Territorial, Obras Públicas e Vivenda, de 25 de enero de 2000, y a propuesta de la Consellería de Industria y Comer
cio, el Consello de la Xunta de Galicia, en su reunión del dieciocho de febrero de dos mil, adoptó el siguiente
ACUERDO:
Primero.-Aprobar definitivamente el proyecto sectorial de incidencia supramunicipal Actuación industrial Río do Pozo sector II, en Narón.
Segundo.-En consecuencia, el planeamiento del Ayuntamiento de Narón queda vinculado a las determinaciones contenidas en el citado proyecto sectorial, sin perjuicio de cuantos permisos y autorizaciones resulten preceptivos para la ejecución de las instalaciones.
Tercero.-A los efectos previstos en la disposición adicional segunda de la Ley 7/1998, de 30 de diciembre, de medidas tributarias de régimen presupuestario, función pública y gestión, se declara expresamente la utilidad pública de las obras y la urgente ocupación a efectos de la expropiación forzosa de los bienes y derechos necesarios para la ejecución de las instalaciones.
Esta publicación se realiza a los efectos previstos en el artículo 25 de la mencionada Ley 10/1995 y en el artículo 59.4º de la Ley 30/1992, del 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, de notificación de la presente resolución a los titulares desconocidos de las fincas que se describen.
Contra esta resolución que es definitiva en vía administrativa, se podrá interponer, en su caso, recurso potestativo de reposición ante el conselleiro de Industria y Comercio, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a su publicación, según los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, o bien directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, de conformidad con lo establecido en los artículos 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a su publicación, y sin perjuicio de que los interesados puedan ejercitar cualquier otro que consideren oportuno.
Santiago de Compostela, 23 de febrero de 2000.
José Manuel González González
Director general de Programas Industriales
e Infraestructuras Tecnológicas
ANEXO
Relación de propietarios, bienes y derechos afectados
Finca nº: 200.01.
Titular: Fernández Robles, Hnos.
Superficie (m): 1.054 m.
Finca nº: 206.
Titular: desconocido.
Superficie (m): 43 m.
Finca nº: resto fincas.
Titular: Sepes.